ACTA

 

Expediente número:

Órgano Colegiado:

PLN/2025/012

El Pleno

 

DATOS DE CELEBRACIÓN DE LA SESIÓN

Tipo de convocatoria

Extraordinaria

Fecha

30 de diciembre de 2025

Duración

Desde las 9:45 hasta las 10:05 horas

Lugar

Salón de Plenos. Ayuntamiento de Oña

Asisten

Dª. Belén Paramio Vila (Alcaldesa-Presidenta)

D. Alfredo Ojeda García (1º. Teniente de Alcalde

Dª. Noelia Alonso Abad (2º. Teniente de Alcalde)

D. Víctor Manuel Ramón Blanco

D. Manuel Oña de la Fuente

Dª. Rosa María de Prado Zabala

No asisten

D. Jose Ruiz Fernández         

Observaciones

Ninguna

     En la Villa de Oña, capitalidad del Municipio del mismo nombre, siendo la hora y fecha indicadas en el encabezamiento, en primera convocatoria, reunidos en el Salón de Actos de la Casa Consistorial, comparecen los/las Concejales arriba señalados/as al objeto de celebrar la sesión del pleno para la que habían sido previamente convocados/as, según lo preceptuado en los artículos 48 del R. D. 1781/86, de 18 de abril, y 82 del ROF., aprobado por R. D. 2568/86, de 28 de noviembre.

    Ostenta la Presidencia, Dª. Belén Paramio Vila de acuerdo a lo establecido en el artículo 21.1 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y como Secretario, el que desempeña la Secretaría-Intervención de misma con carácter definitivo, D. Emilio Moro Martín, de acuerdo a la Resolución de 27/2/02 de la Dirección General de la Función Pública Local (BOE. de 8/3/02).

     Declarado abierto el acto y previa comprobación por parte de Secretaría de la existencia de quórum, según lo establecido en el artículo 90 del ROF., se pasaron a tratar los asuntos incluidos en el orden del día.

 

A)    PREVIA

 

1º.- EXPEDIENTE PLN/2025/011. LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA EL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DE 2025.

  Preguntados por la Presidencia sobre la necesidad de efectuar lectura al acta de la sesión celebrada el veintiséis de noviembre de dos mil veinticinco, manifiestan los/las Concejales unánimemente que puede prescindirse de dicha lectura al haber sido entregada una copia de la misma junto con la convocatoria de la presente. Seguidamente, se procede, con carácter ordinario, a la votación sobre dicha acta, resultando aprobada por unanimidad de los asistentes de los que estuvieron presentes en la citada sesión.

B)     DAR CUENTA

  No procede en la presente sesión.

 

C)    PARTE RESOLUTORIA

2º.- EXPEDIENTE 905/24. CERTIFICACIÓN OBRA MEJORA DE INFRAESTRUCTURAS PAVIMENTACIÓN CALLE CAMPO Y ERAS Y RESTAURACIÓN DE ACERA.

   De orden de Presidencia, por Secretaría, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 del ROF. da lectura de la propuesta de la Alcaldía de 23/12/25. La misma se trascribe en literal en su parte dispositiva:

   “Antecedentes:

   * El Artículo 87 en relación con lo preceptuado en el artículo 82.3, ambos del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las EE. LL. aprobado por R. D. 2568/86, de 28 de noviembre, faculta para la presentación de propuestas incluidas en el orden del día.  

 * Tramitado el expediente 905/24 incoado para la ejecución del proyecto “Mejora de Infraestructuras Municipales. Pavimentación calles Campo y Eras y Restauración de acera zona de contenedores en calle Agua de Oña (Burgos)” según el documento redactado por el Arquitecto D. Pablo Benito Carrillo, con fecha 19/12/25 se ha presentado la certificación única, por importe de 45.987,94 euros no coincidente con el importe del contrato. Así mismo se ha presentado la factura A486 por la empresa adjudicataria, EXCAVACIONES MIKEL S. L., por igual importe. Se trata de una actuación que cuenta con una subvención de la Junta de Castilla y León, Fondo de Cooperación Local 2024, ayudas directas, según Orden de la Consejería de Presidencia de 13/12/24. También consta el informe de la Dirección técnica en el que se justifica la liquidación de la obra y su no coincidencia con el importe de adjudicación.

  A la vista de la misma, se propone: 

PRIMERO: Aprobar la certificación primera y única por importe de 45.987,94 euros expedida por la Dirección Técnica del proyecto referido, así como la factura número A486 emitida por la empresa adjudicataria.

SEGUNDO: Tras la aprobación plenaria, proceder a su pago así como a la justificación de la inversión realizada ante la Junta de Castilla y León.”

  Leída la propuesta y no produciéndose intervenciones, la Presidenta somete a votación el contenido de la misma, resultando aprobada íntegramente por unanimidad de los asistentes, seis de los siete de derecho.

 

3º.- EXPEDIENTE 860/22. SUBVENCIÓN EREN. DESISTIMIENTO.

   De orden de Presidencia, por Secretaría, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 del ROF. da lectura de la propuesta de la Alcaldía de 23/12/25. La misma se trascribe en literal en su parte dispositiva:

   “Antecedentes:

   * El Artículo 87 en relación con lo preceptuado en el artículo 82.3, ambos del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las EE. LL. aprobado por R. D. 2568/86, de 28 de noviembre, faculta a la Alcaldía para la presentación al pleno de la presente propuesta.

  * Como ya se propuso en la sesión plenaria de 26/3/25 a través del EREN (Ente Regional de la Energía de Castilla y León) conforme a la Orden de 24 de septiembre de 2021, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se convocan subvenciones dentro de diversos programas ligados al autoconsumo y al almacenamiento con fuentes de energía renovables, se concedió a este Ayuntamiento una ayuda por importe de 42.300,00 euros sobre un presupuesto de 73.762,84 euros según el documento técnico redactado por el Ingeniero D. José Ramón Sarralde Fernández.

  En dicha sesión y dado que la actuación requerirá una aportación de fondos municipales por un importe mínimo de 31.462,84 euros, además de los gastos de dirección de obra, se planteó renunciar a la ayuda referida.

  Por el pleno, no obstante, se acordó que, antes de proceder a la renuncia se intentase la concesión de alguna otra subvención que permitiese reducir la aportación de fondos municipales. No obstante, a pesar de haberse valorado diferentes opciones, finalmente no se ha conseguido dicha pretensión.

   En base a dichos antecedentes, se propone la adopción del siguiente acuerdo:

PRIMERO: Considerando que en la actualidad no será posible contar con la aportación municipal que exigía la actuación y no existiendo consignación presupuestaria en los presupuestos aprobados, proceder a la renuncia de la ayuda concedida a través del EREN (Ente Regional de la Energía de Castilla y León) conforme a la Orden de 24 de septiembre de 2021, de la Consejería de Economía y Hacienda, por importe total de 42.300,00 euros (35.000,00 y 7.300,00 almacenamiento), y, consecuentemente proceder al desistimiento del expediente 16442-SUBRD477-2022.

SEGUNDO: Tramitar dicha renuncia ante la Junta de Castilla y León.” 

   Leída la propuesta y no produciéndose intervenciones, la Presidenta somete a votación el contenido de la misma, resultando aprobada íntegramente por unanimidad de los asistentes, seis de los siete de derecho.

 

4º.- EXPEDIENTE 473/25. SOLICITUD DIPUTACIÓN PROVINCIAL BONIFICACIÓN ICIO. RATIFICACIÓN.

  De orden de Presidencia, y previa ratificación adoptada por unanimidad de los asistentes (seis de los siete de derecho) por Secretaría, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 del ROF. da lectura de la propuesta de la Alcaldía de 23/12/25. La misma se trascribe en literal en su parte dispositiva:

  Antecedentes:

   * El Artículo 87 en relación con lo preceptuado en el artículo 82.3, ambos del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las EE. LL. aprobado por R. D. 2568/86, de 28 de noviembre, faculta a la Alcaldía para la presentación al pleno de la presente propuesta.

   * El presente acuerdo que se propone adoptar viene a dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 38 del ROF, precisando dictamen de la Comisión Especial de Cuentas, por lo que deberá ratificarse previamente por el Pleno. 

  * Conforme a lo establecido R. D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, las ordenanzas municipales podrán contemplar bonificaciones dentro de las fijadas por la legislación estatal.

    * Con fecha 24/11/25 se ha presentado una solicitud por la Diputación Provincial de Burgos, sobre el proyecto “Ejecución 3ª Fase Restauración del Antiguo Monasterio de San Salvador para Usos Culturales y Turísticos en Oña (Burgos)”. En concreto se solicita una nueva bonificación sobre el ICIO que contempla la ordenanza municipal para actuaciones sobre Bienes de Interés Cultural, en concreto respecto a las obras de accesibilidad. De esta forma se presenta una relación detallada de partidas que, según el documento presentado, se encuadran dentro de los supuestos de bonificación, respecto a la accesibilidad, recogidos en la ordenanza municipal con un 90 %.

  * En el expediente consta el informe del Arquitecto Municipal, D. Pablo Benito Carrillo, en el que se considera correcta la solicitud realizada con los importes planteados.

   En base a dichos antecedentes, se propone la adopción del siguiente acuerdo:

PRIMERO: Considerando lo establecido en el artículo 5 de la ordenanza municipal del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, según modificación publicada en el BOP nº 117 de 24/6/2025, y vista la documentación aportada por la entidad provincial, estimar dicha solicitud de bonificación 50 % sobre un PEM de 1.663.046,77 euros y 90% sobre un PEM de 1.013.373,90 euros, quedando la liquidación provisional del ICIO en 27.985,82 euros.

SEGUNDO: Trasladar la citada liquidación conforme a lo establecido en el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

TERCERO: Notificar al interesado según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. 

  Leída la propuesta y no produciéndose intervenciones, la Presidenta somete a votación el contenido de la misma, resultando aprobada íntegramente por unanimidad de los asistentes, seis de los siete de derecho.

 

5º.- EXPEDIENTE 181/25. CERTIFICACIÓN OBRA SONDEO CAPTACIÓN DE AGUA EN CORNUDILLA.

   De orden de Presidencia, por Secretaría, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 del ROF. da lectura de la propuesta de la Alcaldía de 23/12/25. La misma se trascribe en literal en su parte dispositiva:

   “Antecedentes:

   * El Artículo 87 en relación con lo preceptuado en el artículo 82.3, ambos del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las EE. LL. aprobado por R. D. 2568/86, de 28 de noviembre, faculta para la presentación de propuestas incluidas en el orden del día.  

 * Tramitado el expediente 181/25 incoado para la ejecución del proyecto “Sondeo para captación de aguas subterráneas en la localidad de Cornudilla-Oña (Burgos)” según el documento redactado por el Ingeniero D. Miguel Ángel Manso Moneo, con fecha 3/12/25 se ha presentado la certificación única señalándose que el proyecto se ha ejecutado sin ningún tipo de modificación y/o ampliación. El importe de adjudicación ascendió a 32.049,79 euros. Así mismo se ha presentado la factura 25/131 por la empresa adjudicataria, JOSÉ MANUEL BALBOA S. L., por igual importe, 32.049,79 euros. Se trata de una actuación que cuenta con una subvención de la Diputación Provincial de Burgos, Plan Provincial de Cooperación 2024-35, referencia 462/0.

  A la vista de la misma, se propone: 

PRIMERO: Aprobar la factura emitida por JOSÉ MANUEL BALBOA S. L. por importe de 32.049,79 euros de conformidad con la certificación técnica, final, de fecha 3/12/25 firmada por el Ingeniero D. Miguel Ángel Manso Moneo. 

SEGUNDO: Tras la aprobación plenaria, proceder a su pago así como a la justificación de la inversión realizada ante la Diputación Provincial de Burgos.”

  Leída la propuesta y no produciéndose intervenciones, la Presidenta somete a votación el contenido de la misma, resultando aprobada íntegramente por unanimidad de los asistentes, seis de los siete de derecho.

 

6º.- EXPEDIENTE 79/24. CERTIFICACIÓN PRIMERA Y FACTURAS OBRA “REHABILITACIÓN ANTIGUO CUARTEL DESTINADO A VIVIENDAS SOCIALES (2024-C044)”. RATIFICACIÓN.

  De orden de Presidencia, y previa ratificación adoptada por unanimidad de los asistentes (seis de los siete de derecho) por Secretaría, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 del ROF. da lectura de la propuesta de la Alcaldía de 23/12/25. La misma se trascribe en literal en su parte dispositiva:

 “ Antecedentes:

* El Artículo 87 en relación con lo preceptuado en el artículo 82.3, ambos del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las EE. LL. aprobado por R. D. 2568/86, de 28 de noviembre, faculta a la Alcaldía para la presentación al Pleno de propuestas que, precisando dictamen de la Comisión Informativa, no dispongan del mismo. Ello exigirá que deba ratificarse previamente por el propio órgano colegiado.

* Con fecha 22/5/25 se dicta resolución del Instituto para la Transición Justa, O.A., por la que se resuelve la convocatoria regulada por la Orden TED/1381/2023, de 21 de diciembre, de Ayudas dirigidas a proyectos de infraestructuras ambientales, sociales y digitales en municipios de zonas afectadas por la transición energética en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Financiado por la Unión de Europea-NextGenerationEU).

* En dicha resolución se incluye a este Ayuntamiento como beneficiario de una ayuda, por importe de 1.051.459,66 euros, (referencia 2024-C044) para el proyecto “Rehabilitación antiguo Cuartel destinado a viviendas sociales en Oña (Burgos)”. El límite para la realización del proyecto es el 30/6/2026.

* En el expediente se cuenta con el correspondiente proyecto de ejecución redactado por el Arquitecto D. Pablo Benito Carrillo dictaminado por el Comité Técnico-CTOña- el 14/2/24 e incluido en la solicitud de ayuda aprobada por acuerdo plenario de 15/3/24.

* Con fecha 10/9/25, y previa la convocatoria de un procedimiento de contratación público, abierto simplificado (Plataforma de Contratación del Sector Público de 24/7/25), por el pleno del Ayuntamiento se adjudica el contrato a la empresa Cnes. Ojembarrena S. L. por importe de 855.318,75 euros (IVA y demás gastos generales incluidos según pliegos).

* El 23/12/25 se presenta la primera certificación firmada por la empresa y la dirección técnica por importe de 161.474,38 euros a la que se deberá acompañar la factura emitida por la empresa por igual importe.

* En relación con las obligaciones vinculadas a la ejecución del contrato y planteadas dentro del PRTR (pliego de condiciones económico-administrativas -cláusula 10ª), consta la información técnica sobre el grado de ejecución y resultados alcanzados. Según se desprende de la documentación presentada, el grado de ejecución alcanza el 16,61 %.

* Figura en el expediente también la factura 58/25 emitida por la Dirección Técnica por importe de 6.322,81 euros.

   En base a dichos antecedentes, se propone al Pleno:

PRIMERO: Aprobar la primera certificación firmada por la empresa y la dirección técnica por importe de 161.474,38 euros.

SEGUNDO: Aprobar la factura 58/25 emitida por la Dirección Técnica por importe de 6.322,81 euros. (Contrato expediente 544/25).

TERCERO: Tras la aprobación plenaria proceder a su justificación a través de la plataforma (CoFFEE-MRR).”

  Leída la propuesta y tras darse cuenta de la factura emitida por la empresa (Cnes. Ojembarrena S. L.) presentada por igual importe que la certificación (factura 2025/376) y no produciéndose intervenciones, la Presidenta somete a votación el contenido de la propuesta, junto la referida factura, resultando aprobada íntegramente por unanimidad de los asistentes, seis de los siete de derecho.

 

7º.- EXPEDIENTE 124/24. CERTIFICACIÓN Y FACTURAS OBRAS “REHABILITACIÓN Y ACONDICIONAMIENTO PARCIAL COLEGIO PÚBLICO DESTINADO AL EMPRENDIMIENTO Y A LA INNOVACIÓN DIGITAL (2024-C023)”. RATIFICACIÓN.

  De orden de Presidencia, y previa ratificación adoptada por unanimidad de los asistentes (seis de los siete de derecho) por Secretaría, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 del ROF. da lectura de la propuesta de la Alcaldía de 23/12/25. La misma se trascribe en literal en su parte dispositiva:

   “Antecedentes:

* El Artículo 87 en relación con lo preceptuado en el artículo 82.3, ambos del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las EE. LL. aprobado por R. D. 2568/86, de 28 de noviembre, faculta a la Alcaldía para la presentación al Pleno de propuestas que, precisando dictamen de la Comisión Informativa, no dispongan del mismo. Ello exigirá que deba ratificarse previamente por el propio órgano colegiado.

* Con fecha 22/5/25 se dicta resolución del Instituto para la Transición Justa, O.A., por la que se resuelve la convocatoria regulada por la Orden TED/1381/2023, de 21 de diciembre, de Ayudas dirigidas a proyectos de infraestructuras ambientales, sociales y digitales en municipios de zonas afectadas por la transición energética en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Financiado por la Unión de Europea-NextGenerationEU).

* En dicha resolución se incluye a este Ayuntamiento como beneficiario de una ayuda, por importe de 603.156,12 euros, (referencia 2024-C023) para el proyecto “Rehabilitación y acondicionamiento parcial del colegio público destinado al emprendimiento y a la innovación digital en Oña (Burgos)”. El límite para la realización del proyecto es el 30/6/2026.

* En el expediente se cuenta con el correspondiente proyecto de ejecución redactado por el Arquitecto D. Pablo Benito Carrillo dictaminado por el Comité Técnico-CTOña- el 14/2/24 e incluido en la solicitud de ayuda aprobada por acuerdo plenario de 15/3/24.

* Con fecha 10/9/25, y previa la convocatoria de un procedimiento de contratación público, abierto simplificado (Plataforma de Contratación del Sector Público de 24/7/25), por el pleno del Ayuntamiento se adjudica el contrato a la empresa Cnes. Ojembarrena S. L. por importe de 510.370,56 euros (IVA y demás gastos generales incluidos según pliegos).

* El 23/12/25 se presenta la primera certificación firmada por la empresa y la dirección técnica por importe de 48.701,66 euros a la que se deberá acompañar la factura emitida por la empresa por igual importe.

* En relación con las obligaciones vinculadas a la ejecución del contrato y planteadas dentro del PRTR (pliego de condiciones económico-administrativas -cláusula 10ª), consta la información técnica sobre el grado de ejecución y resultados alcanzados. Según se desprende de la documentación presentada, el grado de ejecución alcanza el 8,78 %. 

* Figura en el expediente también la factura 57/25 emitida por la Dirección Técnica por importe de 2.049,48 euros.

   En base a dichos antecedentes, se propone al Pleno:

PRIMERO: Aprobar la primera certificación firmada por la empresa y la dirección técnica por importe de 48.701,66 euros.

SEGUNDO: Aprobar la factura 57/25 emitida por la Dirección Técnica por importe de 2.049,48 euros. (Contrato expediente 540/25).

TERCERO: Tras la aprobación plenaria proceder a su justificación a través de la plataforma (CoFFEE-MRR).”

  Leída la propuesta y tras darse cuenta de la factura emitida por la empresa (Cnes. Ojembarrena S. L.) presentada por igual importe que la certificación (factura 2025/375) y no produciéndose intervenciones, la Presidenta somete a votación el contenido de la propuesta, junto la referida factura, resultando aprobada íntegramente por unanimidad de los asistentes, seis de los siete de derecho.

     Y no habiendo más asuntos de qué tratar, la Presidenta dio por finalizado el acto, levantándose la sesión a la hora indicada en el encabezamiento, de lo que yo, como Secretario, doy y reflejo en la presente acta.

     Documento firmado digitalmente en sus márgenes por el Secretario, D. Emilio Moro Martín, con el Visto Bueno de la Alcaldesa-Presidenta Dª. Belén Paramio Vila.