Funcionamiento de las Sesiones Plenarias

En su intento por acercar a todos los ciudadanos la gestión municipal, vamos a exponer en las siguientes líneas el funcionamiento de unos de sus órganos de gobierno, el Pleno.

1. Competencias

Son competencias del Pleno entre otros muchos: elegir y destituir al Alcalde de su cargo; controlar y fiscalizar los órganos de gobierno; aprobación y modificación de los presupuestos; aprobar la plantilla de personal y la relación de puestos de trabajo; aprobación del reglamento orgánico y de las ordenanzas municipales.

2. Composición

Está formado por todos los concejales elegidos por los vecinos por medio de sufragio universal, directo, libre, secreto e igual.

3. Celebración de plenos

Sus sesiones pueden ser ordinarias (con una periodicidad fija con un mínimo de una por trimestre); extraordinarias (convocadas por el Alcalde por iniciativa propia o a solicitud de al menos una cuarta parte del número de miembros de la corporación); extraordinarias de carácter urgente.

Se requiere la asistencia de un tercio del número de miembros de la corporación, y nunca inferior a tres.

Sus sesiones serán públicas evitando así actuaciones improcedentes. El público puede asistir, presenciar, oír y callar.