6º.- DICTAMEN C.I. EXPEDIENTE 416/25. SOLICITUD BONIFICACIÓN ICIO PRESENTADA POR D. JOSÉ IGNACIO MOLINUEVO. Conforme a lo establecido en el artículo 93 del ROF, por el Secretario se da lectura íntegra del Dictamen emitido por la Comisión Informativa Especial de Cuentas de 19 de septiembre de 2025. El mismo se trascribe a continuación: “De orden de la Presidencia, el Secretario da lectura de la solicitud presentada por D. José Ignacio Molinuevo Beltrán mediante la que se insta a la aplicación de la bonificación del ICIO incluida en la ordenanza municipal respecto a las obras llevadas a cabo (instalación de aerotermia), y objeto de licencia, en una vivienda sita en calle Barruso nº 43 de Oña cuya licencia de obras se concedió por acuerdo de la Junta de Gobierno de 21/9/21. Enterados los/as asistentes y por unanimidad, se dictamina: PRIMERO: Dado que las obras proyectadas (instalación de aerotermia en vivienda) se refieren a actuaciones objeto de bonificación según la ordenanza municipal, artículo 5º (publicación BOP número 13 de 21/1/2016), comunicar al solicitante que se estima la pretensión de bonificación por un importe correspondiente al 20 % de la liquidación del ICIO. SEGUNDO: Adoptado el acuerdo plenario, notificar al interesado/a según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.” Leído el dictamen y no produciéndose ninguna intervención, la Presidenta somete a votación el contenido del mismo resultando aprobado, íntegramente, por unanimidad de los miembros de derecho. 7º.- DICTAMEN C. I. EXPEDIENTE 727/25. MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS 5/25. Conforme a lo establecido en el artículo 93 del ROF, por el Secretario se da lectura íntegra del Dictamen emitido por la Comisión Informativa Especial de Cuentas de 19 de septiembre de 2025. El mismo se trascribe a continuación: “Por la Presidencia se presenta el expediente de modificación de créditos 5/25, referencia expediente general 727/25, incoado por Decreto de la Alcaldía de fecha 17/9/25, según ha sido informado por la intervención, y mediante el que se procede a la modificación del presupuesto inicial. Dicho expediente contempla diversos suplementos en los capítulos primero y segundo así como alguna reestructuración en el capítulo de inversiones. La financiación del expediente proviene, además de compromisos firmes de aportación, por transferencias de créditos (disminución de otras partidas presupuestarias). Expuesto el contenido del expediente, visto el informe de Secretaría-Intervención, y no produciéndose intervenciones, se dictamina por unanimidad: PRIMERO: Aprobar el expediente de modificación de créditos 5/25, referencia expediente general 727/25, de conformidad con lo establecido en el R. D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, artículo 169 y ss. SEGUNDO: Proceder según lo establecido en los artículos referidos a la exposición pública, por espacio de quince días, mediante edictos en el Tablón de Anuncios, Sede Electrónica y BOP.” Leído el dictamen y no produciéndose ninguna intervención, la Presidenta somete a votación el contenido del mismo resultando aprobado, íntegramente, por unanimidad de los miembros de derecho. 8º.- DICTAMEN C. I. EXPEDIENTE 544/25. ADJUDICACIÓN CONTRATO DIRECCIÓN DE OBRA VIVIENDAS SOCIALES (FONDOS NG). Conforme a lo establecido en el artículo 93 del ROF, por el Secretario se da lectura íntegra del Dictamen emitido por la Comisión Informativa de Urbanismo, Obras, Medio Ambiente y Servicios de 19 de septiembre de 2025. El mismo se trascribe a continuación: “De orden de Presidencia, por el Secretario-Interventor se expone que, con fecha 22/5/25, se dicta resolución del Instituto para la Transición Justa, O.A., por la que se resuelve la convocatoria regulada por la Orden TED/1381/2023, de 21 de diciembre, de Ayudas dirigidas a proyectos de infraestructuras ambientales, sociales y digitales en municipios de zonas afectadas por la transición energética en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En dicha resolución se incluye a este Ayuntamiento como beneficiario de una ayuda, por importe de 1.051.459,66 euros, (referencia 2024-C044) para el proyecto “Rehabilitación antiguo Cuartel destinado a viviendas sociales en Oña (Burgos)”. El límite para la realización del proyecto es el 30/6/2026. Para la ejecución de dicho proyecto será necesario tramitar la contratación de los servicios de dirección de obra, coordinación de seguridad y salud etc. De esta forma los pliegos de condiciones económico-administrativas así como la memoria justificativa (artículos 28 y 63 de Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público) fueron aprobados por el Pleno en sesión de 10/7/25. La convocatoria del procedimiento, abierto simplificado, se publicó en la Plataforma de Contratación del Sector Público el 8/8/25. Una vez finalizado el plazo de presentación de ofertas y efectuado el control previo del único licitador, D. Pablo Benito Carrillo, a través de MINERVA, procederá la adjudicación según la propuesta de la mesa de contratación (se trascribe el contenido del acta –sesión2- en su parte dispositiva): “Efectuada la apertura de los sobres (archivos) correspondientes a los criterios evaluables automáticamente, por la mesa se procede a la asignación de los puntos según se señala: – Criterio A. Número de visitas propuestas: Valor introducido por el licitador 5/mes. Valor aportado por la mesa: 30 puntos. – Criterio B. Reducción del precio. Valor introducido por el licitador: 38.066,30 euros. Valor aportado por la mesa: 15 puntos. – Criterio C. Aumento periodo de garantía. Valor introducido por el licitador: +4 años. Valor aportado por la mesa: 10 puntos. Computada la asignación de los puntos, tanto de los sometidos a juicios de valor como los de asignación automática, queda el siguiente resultado: Única oferta: Arquitecto D. Pablo Benito Carrillo. – Medios-equipos digitales/electrónicos. Puntuación: 7 puntos. – Grado de conocimiento del proyecto. Puntuación: 35 puntos. – Número de visitas propuestas: 30 puntos. – Reducción del precio: 15 puntos. – Aumento periodo de garantía: 10 puntos. Total: 97 puntos. A la vista de la asignación de los puntos y al considerar que la propuesta presentada se ajusta a lo requerido en los pliegos de condiciones, la mesa de contratación, por unanimidad, declara como oferta más ventajosa la presentada por el Arquitecto D. Pablo Benito Carrillo, al que se le requerirá para que proceda a la presentación de la documentación establecida en la cláusula décimo novena del pliego de condiciones económico-administrativas.” Con fecha 4/9/25 se presenta la documentación requerida por el único licitante D. Pablo Benito Carrillo. A la vista de la documentación aportada y conforme a la propuesta de la mesa de contratación, se dictamina por unanimidad de los asistentes: PRIMERO: Adjudicar el contrato al arquitecto D. Pablo Benito Carrillo según su oferta por importe de 38.066,30 euros, y demás condiciones establecidas en la misma, para el contrato de servicios referido a la dirección de la obra “Rehabilitación antiguo Cuartel destinado a viviendas sociales en Oña (Burgos)”. SEGUNDO: Requerir al citado profesional para la firma del contrato. TERCERO: Notificar el acuerdo a los interesados según lo establecido en la Ley 39/15, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.” Leído el dictamen y no produciéndose intervenciones, se somete a votación el contenido del mismo que resulta aprobado íntegramente por unanimidad de los miembros de derecho. 9º.- DICTAMEN C. I. EXPEDIENTE 540/25. ADJUDICACIÓN CONTRATO DIRECCIÓN DE OBRA CeId (FONDOS NG). Conforme a lo establecido en el artículo 93 del ROF, por el Secretario se da lectura íntegra del Dictamen emitido por la Comisión Informativa de Urbanismo, Obras, Medio Ambiente y Servicios de 19 de septiembre de 2025. El mismo se trascribe a continuación: “De orden de Presidencia, por el Secretario-Interventor se expone que, con fecha 22/5/25, se dicta resolución del Instituto para la Transición Justa, O.A., por la que se resuelve la convocatoria regulada por la Orden TED/1381/2023, de 21 de diciembre, de Ayudas dirigidas a proyectos de infraestructuras ambientales, sociales y digitales en municipios de zonas afectadas por la transición energética en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En dicha resolución se incluye a este Ayuntamiento como beneficiario de una ayuda, por importe de 603.156,12 euros, (referencia 2024-C023) para el proyecto “Rehabilitación y acondicionamiento parcial del colegio público destinado al emprendimiento y a la innovación digital en Oña (Burgos) –CeId-”. El límite para la realización del proyecto es el 30/6/2026. Para la ejecución de dicho proyecto será necesario tramitar la contratación de los servicios de dirección de obra, coordinación de seguridad y salud etc. De esta forma los pliegos de condiciones económico-administrativas así como la memoria justificativa (artículos 28 y 63 de Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público) fueron aprobados por el Pleno en sesión de 10/7/25. La convocatoria del procedimiento, abierto simplificado, se publicó en la Plataforma de Contratación del Sector Público el 8/8/25. Una vez finalizado el plazo de presentación de ofertas y efectuado el control previo del único licitador, D. Pablo Benito Carrillo, a través de MINERVA, procederá la adjudicación según la propuesta de la mesa de contratación (se trascribe el contenido del acta –sesión2- en su parte dispositiva): “Efectuada la apertura de los sobres (archivos) correspondientes a los criterios evaluables automáticamente, por la mesa se procede a la asignación de los puntos según se señala: – Criterio A. Número de visitas propuestas: Valor introducido por el licitador 5/mes. Valor aportado por la mesa: 30 puntos. – Criterio B. Reducción del precio. Valor introducido por el licitador: 23.342,67 euros. Valor aportado por la mesa: 15 puntos. – Criterio C. Aumento periodo de garantía. Valor introducido por el licitador: +4 años. Valor aportado por la mesa: 10 puntos. Computada la asignación de los puntos, tanto de los sometidos a juicios de valor como los de asignación automática, queda el siguiente resultado: Única oferta: Arquitecto D. Pablo Benito Carrillo. – Medios-equipos digitales/electrónicos. Puntuación: 7 puntos. – Grado de conocimiento del proyecto. Puntuación: 35 puntos. – Número de visitas propuestas: 30 puntos. – Reducción del precio: 15 puntos. – Aumento periodo de garantía: 10 puntos. Total: 97 puntos. A la vista de la asignación de los puntos y al considerar que la propuesta presentada se ajusta a lo requerido en los pliegos de condiciones, la mesa de contratación, por unanimidad, declara como oferta más ventajosa la presentada por el Arquitecto D. Pablo Benito Carrillo, al que se le requerirá para que proceda a la presentación de la documentación establecida en la cláusula décimo novena del pliego de condiciones económico-administrativas.” Con fecha 4/9/25 se presenta la documentación requerida por el único licitante D. Pablo Benito Carrillo. A la vista de la documentación aportada y conforme a la propuesta de la mesa de contratación, se dictamina por unanimidad de los asistentes: PRIMERO: Adjudicar el contrato al arquitecto D. Pablo Benito Carrillo según su oferta por importe de 23.342,67 euros, y demás condiciones establecidas en la misma, para el contrato de servicios referido a la dirección de la obra “Rehabilitación y acondicionamiento parcial del colegio público destinado al emprendimiento y a la innovación digital en Oña (Burgos) –CeId-”. SEGUNDO: Requerir al citado profesional para la firma del contrato. TERCERO: Notificar el acuerdo a los interesados según lo establecido en la Ley 39/15, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.” Leído el dictamen y no produciéndose intervenciones, se somete a votación el contenido del mismo que resulta aprobado íntegramente por unanimidad de los miembros de derecho. 10º.- DICTAMEN C. I EXPEDIENTE 5/24. CENTRO SOCIAL EN ZANGANDEZ EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN. Conforme a lo establecido en el artículo 93 del ROF, por el Secretario se da lectura íntegra del Dictamen emitido por la Comisión Informativa de Urbanismo, Obras, Medio Ambiente y Servicios de 19 de septiembre de 2025. El mismo se trascribe a continuación: “Por la Presidencia se informa de que según fue acordado en la sesión plenaria de 17/4/24, se solicitó, a través de ENRESA, y al amparo de la Orden IET/458/2015, de 11 de marzo (modificada por la Orden TED/295/2023, de 23 de marzo), por la que se regulan las asignaciones a los municipios del entorno de las instalaciones nucleares con cargo al Fondo para la Financiación de las Actividades del Plan General de Residuos Radioactivos, la inclusión del proyecto destinado a la reforma del edificio conocido como “Rehabilitación inmueble antiguas escuelas como centro social en Zangandez (Oña-Burgos)”. Con este proyecto, generador de empleo y encuadrado dentro de los objetivos de la Agenda 2030, se posibilitará una mejora en los índices económicos y de empleo de la localidad. El citado proyecto ha sido aprobado según la resolución de 28/11/24 de la Dirección General de Planificación y Coordinación Energética (Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico). En la misma se contempla, con la referencia E/08/2024/002083 el citado proyecto con una ayuda por importe de 45.739,50 euros para su ejecución en los años 2025, 2026 y 2027. Enterados los/as asistentes y por unanimidad de los mismos, se dictamina: PRIMERO: Aprobar el expediente de contratación en el que se incluyen los pliegos de condiciones económico-administrativas y técnicas para la contratación del citado proyecto que ha sido sometido a un periodo de exposición pública de veinte días según lo establecido en el artículo 86 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP. SEGUNDO: Dada la cuantía del contrato, éste se tramitará, de forma electrónica a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público, mediante procedimiento abierto simplificado, de conformidad con lo establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. TERCERO: La convocatoria del procedimiento se efectuará una vez realizada la aportación, o en su caso el compromiso firme de aportación, por parte de la Junta Vecinal de Zangandez. CUARTO: El gasto derivado de dicha actuación se imputará al código presupuestario 2025.4320.62200. ODS 08.” Leído el dictamen y no produciéndose intervenciones, se somete a votación el contenido del mismo que resulta aprobado íntegramente por unanimidad de los miembros de derecho. 11º.- DICTAMEN C. I. EXPEDIENTE 654/25. APROVECHAMIENTOS FORESTALES MONTES 2026. Conforme a lo establecido en el artículo 93 del ROF, por el Secretario se da lectura íntegra del Dictamen emitido por la Comisión Informativa de Urbanismo, Obras, Medio Ambiente y Servicios de 19 de septiembre de 2025. El mismo se trascribe a continuación: “Por la Presidencia, se expone que por parte de la Junta de Castilla y León, Servicio Territorial de Medio Ambiente, se ha remitido escrito sobre la necesidad de formalizar la solicitud de los aprovechamientos de pastos y leñas para el 2026. En consecuencia, y como ya es tradicional, se hace preciso aprobar por el pleno el aprovechamiento en los montes de esta Entidad para el citado ejercicio. En este sentido se ha efectuado comunicación a los ganaderos y se van a solicitar los aprovechamientos de leñas para todos aquellos que han mostrado interés. No obstante, y en cuanto a los pastos se refiere, desde la Junta de Castilla y León se considerará que aquellos ganaderos que excedan de 15 UGM dispondrán de una licencia individual de pastos, siendo la tasación mínima de 2,54 €/UGM mes. Para los aprovechamientos de leñas vecinal se mantiene la tasación en 4,73 €/estéreo. No obstante, y dado que se han generado problemas estos últimos años debido a que hay vecinos/as que solicitan las leñas y luego no van a cortarla, se ha previsto exigir, como el año pasado, el ingreso de una fianza de 50 euros que les será devuelta una vez comprobado que se ha realizado la corta. En base a los anteriores antecedentes y tras exponerse por el Concejal D. Jose Ruiz Fernández la conveniencia de efectuar los aprovechamientos en zonas próximas a los caminos y aprovechar para la limpieza de estos, se propone el siguiente acuerdo: PRIMERO: Solicitar a la Junta de Castilla y León los aprovechamientos para el año 2026 según se ha concretado con los ganaderos y vecinos del Municipio. Los mismos quedarán como se señala a continuación: * Leñas, Monte Pando, con la inclusión de las nuevas demandas efectuadas por los vecinos. Se incluirá el boj para los vecinos que los han solicitado para uso particular. Se les exigirá una fianza previa de 50,00 euros. * Pastos: – Monte Pando: Rafael Plaza Bárcena 228 cabezas de ganado ovino (12 meses); SAT. Santa Paulina aprovechamiento para 160 cabezas de ganado vacuno y unos 30 terneros (12 meses). – Monte Portillo Amargo: Rafael Plaza Bárcena 228 cabezas de ganado ovino (12 meses). *Aprovechamientos cinegéticos según el plan de ordenación y contrato de arrendamiento. SEGUNDO: En su defecto, proceder a la elaboración de unos pliegos de condiciones económico-administrativas para convocar los correspondientes procedimientos de contratación. TERCERO: Facultar a la Alcaldía para proceder, en su momento, a la distribución de las superficies entre los ganaderos adjudicatarios a efectos de las ayudas comunitarias. CUARTO: Tras la aprobación plenaria remitir a la Junta de Castilla y León para la expedición de las licencias y autorizaciones correspondientes. QUINTO: Comunicar a los ganaderos que lo han solicitado que, para poder acceder a la adjudicación, deberán proceder al pago de las correspondientes tasas y encontrarse al corriente de los pagos por dichos conceptos. SEXTO: Notificar el presente acuerdo a los interesados según lo establecido en la Ley 39/15, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.” Leído el dictamen y no produciéndose intervenciones, se somete a votación el contenido del mismo que resulta aprobado íntegramente por unanimidad de los miembros de derecho. 12º.- DICTAMEN C. I. EXPEDIENTE 708/25. SOLICITUD SUBVENCIÓN FONDOS DE COHESIÓN TERRITORIAL 2025. Conforme a lo establecido en el artículo 93 del ROF, por el Secretario se da lectura íntegra del Dictamen emitido por la Comisión Informativa de Urbanismo, Obras, Medio Ambiente y Servicios de 19 de septiembre de 2025. El mismo se trascribe a continuación: “Por la Presidencia se expone que en el Boletín Oficial de la Provincia de 12 de septiembre de 2025 (corrección de errores de 16 de septiembre), se ha publicado la convocatoria efectuada por parte de la Diputación Provincial de Burgos, por la que se anuncia el Fondo de Cohesión Territorial ejercicio 2025 para municipios de la provincia de Burgos con población inferior o igual a 1.000 habitantes. En cuanto a la asignación a este Municipio, le ha correspondido, según las estimaciones publicadas por dicha entidad un presupuesto total de 29.191,76 euros, de los que una subvención de 14.595,88 euros correrá a cargo de la Junta de Castilla y León y una subvención de 7.297,94 de la Diputación Provincial de Burgos. El resto, 7.297,94 euros, se deberán financiar con fondos municipales. Por lo anterior se propone acudir a dicha convocatoria para la ejecución de un proyecto elaborado denominado “Mejora de infraestructuras en Oña: aparcamiento e iluminación del parque de la Presa en Oña (Burgos)” según el documento redactado por el Arquitecto D. Pablo Benito Carrillo. Enterados los asistentes interviene el Concejal D. Jose Ruiz Fernández señalando que podría destinarse esta ayuda a otra parte del Municipio que no fuera Oña. Recuerda que este fondo de cohesión tiene como destino el Municipio en su conjunto. En lo que se refiere al proyecto presentado en esta convocatoria comenta que se debería valorar la realización de algún acceso desde el exterior a los baños del centro deportivo. Por la Presidencia se contesta que en esta convocatoria ya se ha formulado la propuesta y que se cuenta con el correspondiente documento técnico, pero que, no obstante, se tendrá en cuenta lo expuesto por dicho Concejal para la elaboración del proyecto en la convocatoria de 2026. En lo que se refiere al acceso al centro deportivo comenta que no le parece una solución adecuada. Por el Concejal D. Manuel Oña de la Fuente señala que también podría aprovecharse para fijar algunos asientos de la pérgola que se han levantado. La Presidenta le responde que esa actuación se llevará a cabo directamente con el personal municipal. Finalizadas las intervenciones, y por unanimidad de los asistentes, se dictamina: PRIMERO: Acudir a la convocatoria efectuada por la Diputación Provincial de Burgos, solicitando la inclusión del proyecto “Mejora de infraestructuras en Oña: aparcamiento e iluminación del parque de la Presa en Oña (Burgos)” según el documento redactado por el Arquitecto D. Pablo Benito Carrillo. SEGUNDO: Asumir los compromisos establecidos en la convocatoria, destinar la subvención a la finalidad solicitada, asumiendo el compromiso de consignación presupuestaria adecuada y suficiente para llevar a cabo dicha actuación. TERCERO: Comunicar a la entidad provincial que este Ayuntamiento tendrá plena disponibilidad sobres los inmuebles sobre los que recae el proyecto asumiendo los compromisos para obtener, en su caso, las autorizaciones de particulares o administraciones públicas que sean exigibles según la normativa aplicable. CUARTO: Así mismo la Corporación responderá de los daños y perjuicios que pudiera causar a terceros con motivo de los actos y pactos en los que no intervenga la Diputación y que se deriven de la ejecución del proyecto. Documento técnico que deberá aportarse en los plazos indicados en la convocatoria. QUINTO: Proceder a la exposición pública del documento técnico según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.” Leído el dictamen y no produciéndose intervenciones, se somete a votación el contenido del mismo que resulta aprobado íntegramente por unanimidad de los miembros de derecho. 13º.- DICTAMEN C. I. EXPEDIENTE 203/25. CONVENIO CON EL ARZOBISPADO SOBRE EL CEMENTERIO. Conforme a lo establecido en el artículo 93 del ROF, por el Secretario se da lectura íntegra del Dictamen emitido por la Comisión Informativa de Urbanismo, Obras, Medio Ambiente y Servicios de 19 de septiembre de 2025. El mismo se trascribe a continuación: “Por la Presidencia se expone que, como ya se expuso en la sesión plenaria de 26/3/25, dada la inexistencia de un cementerio municipal que dependa del Ayuntamiento de Oña, y considerando las grandes dificultades que implicará la construcción de uno nuevo, se planteó la posibilidad de que, transitoriamente, el actual cementerio de titularidad de la Iglesia, pueda ser cedido al Ayuntamiento. De esta forma se podría prestar ese servicio dentro de unas instalaciones que, a esta fecha, aún disponen de capacidad suficiente para llevar cabo enterramientos en función de las necesidades de la actual población. Sobre el documento remitido desde la Parroquia en el que se incluían diversas cláusulas con la determinación de las diferentes obligaciones, la asunción de los gastos que conlleve el mantenimiento de las instalaciones, el respecto de los derechos adquiridos, etc., este Ayuntamiento envió un escrito comunicando la disponibilidad municipal para la formalización de un convenio si bien, con el establecimiento de algunas condiciones, como la reducción del plazo de vigencia, la competencia para emitir las autorizaciones de enterramientos o la necesidad de que quedase abierta la posibilidad de efectuar enterramientos de personas que puedan profesar otras religiones o creencias. Expuesto el contenido del convenio propuesto interviene el Concejal D. Manuel Oña de la Fuente señalando sus reparos a esta solución y anticipando que en el pleno dejarán constancia de esta posición. Por la Presidenta se comenta que en todo caso se trata de una solución provisional para poder dar respuesta a las posibles necesidades que se planteen a corto plazo. Por ello en el documento quedará reflejado que el convenio quedará sin efecto cuando el Ayuntamiento disponga de unas instalaciones propias. Expuestas las intervenciones que han quedado reflejadas y previo informe de Secretaría-Intervención sobre las obligaciones municipales (artículo 26 de Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local), la situación urbanística, y otras consideraciones respecto al convenio de cesión, por unanimidad se dictamina: PRIMERO: Aprobar la suscripción de un convenio de cesión temporal del actual cementerio, cuya titularidad corresponde a la Iglesia, asumiendo las obligaciones derivadas de dicho servicio. Para la prestación del mismo, además de la formalización del convenio entre los representantes del Ayuntamiento y la Parroquia de Oña, deberá procederse previamente a la elaboración y aprobación de un Reglamento para la gestión de dichas instalaciones, determinación de obligaciones etc. El convenio, en todo caso, quedará sin efecto tan pronto el Ayuntamiento disponga de unas instalaciones propias según lo establecido en la normativa sobre régimen local. SEGUNDO: Notificar el presente acuerdo a la Parroquia de Oña conforme a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de AA. PP. quedando facultada la Alcaldesa-Presidenta para la firma del mismo. TERCERO: Dar traslado al pleno como órgano competente para la aprobación del presente dictamen.” Tras la lectura del dictamen solicita la palabra el Concejal D. Manuel Oña de la Fuente señalando que, como ya indicó en la Comisión Informativa, su grupo no ve adecuada la solución propuesta por el grupo de gobierno. En este sentido, y una vez leído el contenido del borrador del convenio recibido, quiere dejar constancia de la posición de su grupo y justificar su voto en contra del dictamen. (se trascribe en literal el contenido del documento al que se le da lectura por el citado Concejal): “El grupo PSOE del Ayuntamiento de Oña, a la vista del documento aportado por el grupo Popular del Ayuntamiento de Oña, que está encabezado por la Parroquia de San Salvador de Oña, denominado: DOCUMENTO DE CESIÓN DE LA GESTIÓN ECONÓMICA DEL CEMENTERIO PARROQUIAL, A FAVOR DE LA JUNTA VECINAL/AYUNTAMIENTO. Señala: ANTECEDENTES: 1.- Que en la anterior legislatura y a la vista de la dificultades de la Parroquia para enterrar a una vecina, el entonces Ayuntamiento se interesó por ese hecho, y se nos trasladó en la reunión que se mantuvo entre miembros del equipo de gobierno, el párroco y un representante del Arzobispado, que el problema estaba en que el cementerio parroquial estaba lleno y no se podían hacer más enterramientos a no ser que el fallecido/a tuviera nicho adquirido con anterioridad. 2.- Esa circunstancia podía afectar a las personas que fallecieran sin disponer de esos nichos ya construidos. Advirtiendo también, por parte de la Parroquia, la imposibilidad de construir nuevos nichos. 3.-Todo ello llevó al equipo de gobierno de entonces a plantear a la Diputación provincial una solución temporal, mientras se buscaba una definitiva. Tras las reuniones celebradas con la entidad provincial, se nos concede el permiso de enterramiento en el cementerio propiedad de la Diputación en precario, provisionalmente, por un año prorrogable a tres. (15/02/23). 4.- La disposición de un cementerio es una responsabilidad municipal, prevista en la Ley de Bases. En su Artículo 26 establece su existencia como un servicio municipal obligatorio, que los ayuntamientos deben prestar en todos los municipios. La gestión y administración del mismo corresponde al Ayuntamiento, que puede gestionarlo directamente o través de otras entidades en su caso. 5.- A la vista de todo ello, el pleno del consistorio, por unanimidad, decidió iniciar las acciones necesarias para la construcción de un cementerio, comenzando por la adquisición de un inmueble que cumpliera las condiciones técnicas prescritas. 6.- Según el Programa Electoral presentado por el PP en la última elecciones: “Desde nuestra candidatura somos conscientes de la problemática surgida por la falta de espacio en el cementerio parroquial de Oña y de la necesidad de instalar un nuevo cementerio que sea exclusivamente de competencia municipal. Tenemos conocimiento de que la actual corporación municipal ha comenzado negociaciones con Diputación para la cesión provisional de una parcela y que ha dado los pasos necesarios para subsanar este tema tan preocupante para todos los vecinos. Nos comprometemos firmemente a dar prioridad a este asunto y continuar con las gestiones ya iniciadas por la actual corporación.” (Palabras textuales). Como consecuencia la actual propuesta del equipo de gobierno nos sorprende: -se va a asumir una gestión económica sobre un cementerio que, en todo caso, con independencia de quien sea la entidad gestora, sólo se podrán enterrar en él los propietarios de los nichos. -que, según palabras del párroco, no se podrá ampliar y por tanto no servirá para nuevos enterramientos. (El documento aportado no se desdice de lo anterior). -para colmo, nos consta que habría que retirar los nichos que se encuentran adosados al muro norte del monasterio y que están causando humedades a dicho muro y a la sillería. Por tanto, ¿Qué nos ofrece esta propuesta, al margen de que el equipo de gobierno esté tranquilo y sin hacer el esfuerzo de estar pensando en una solución definitiva?. Tendría cabida, a nuestro entender, la colaboración del Ayuntamiento con la parroquia en materia de mantenimiento básico, limpieza, e incluso la presencia de un sepulturero que facilitara esta gestión a los vecinos y vecinas sin necesidad de asumir una gestión económica global como señala la propuesta del párroco. En base a todo lo arriba expuesto, NUESTRO GRUPO DEFIENDE: Continuar con las gestiones para hacer un cementerio de titularidad municipal, cumpliendo con nuestra obligación. Y mientras tanto, seguir facilitando el enterramiento en el actual cementerio, o, llegado el caso, prorrogar el permiso de la Diputación para usar el anexo al cementerio parroquial. GRUPO DEL PSOE AYUNTAMIENTO DE OÑA.” Finalizada la lectura del documento, el citado Concejal, D. Manuel Oña de la Fuente, reitera que no tiene sentido asumir la gestión de un cementerio en el que no se pueden hacer más nichos y, como dijo el Párroco, no hay capacidad para nuevos enterramientos. La Alcaldesa le responde subrayando que el grupo de gobierno no renuncia a la construcción de un cementerio propio como señala la Ley (obligación existente desde 1985) pero que el convenio propuesto puede suponer una solución temporal. La construcción de un cementerio conllevará una gran inversión que el Ayuntamiento en estos momentos no podrá acometer. Además comenta que sí se podrán realizar nuevos enterramientos. El Concejal D. Manuel Oña de la Fuente interviene nuevamente señalando que el convenio solo tiene ventajas para la iglesia. El Concejal D. Jose Ruiz Fernández apunta la importancia de saber si se pueden o no realizar enterramientos de personas que no cuenten ya con un nicho o una sepultura. La Presidenta le responde que según tiene conocimiento es posible realizar nuevos enterramientos. A continuación, y finalizado el debate, la Presidenta somete a votación el contenido del dictamen resultando aprobado, íntegramente, por cinco votos a favor y los dos en contra del grupo municipal socialista. 14º.- EXPEDIENTE 730/25. SEGUNDA OPERACIÓN DE TESORERÍA. TRAMITACIÓN. RATIFICACIÓN. Conforme a lo establecido en el artículo 93 del ROF, y previa ratificación adoptada por unanimidad de los miembros de derecho, por el Secretario se da lectura íntegra de la Propuesta de la Alcaldía de 19 de septiembre de 2025. La misma se trascribe a continuación: “Antecedentes: * El Artículo 87 en relación con lo preceptuado en el artículo 82.3, ambos del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las EE. LL. aprobado por R. D. 2568/86, de 28 de noviembre, faculta a la Alcaldía para la presentación al pleno de la presente propuesta. El presente asunto debería haber sido dictaminado por la Comisión Informativa, por lo que requerirá su ratificación previa por el Pleno. * Por Tesorería se ha informado de las necesidades de disponer de suficiente liquidez para afrontar las obligaciones derivadas de las prestaciones de servicios, así como las obras recientemente adjudicadas, habiendo sido insuficiente en el presente ejercicio la operación de tesorería concertada por 120.000,00 euros. * En el presupuesto para el año 2025, bases de ejecución, se contempla la previsión de la concertación de este tipo de operaciones hasta los 180.000,00 euros. * La nueva operación planteada no supondrá la cancelación de la existente por importe total de 120.000,00 euros. En base a dichos antecedentes, se propone la adopción del siguiente acuerdo: PRIMERO: Dada la previsión existente en el presupuesto municipal y lo establecido en las bases de ejecución, convocar procedimiento para la concertación de nueva operación de crédito, a corto plazo, por importe de 60.000,00 euros. SEGUNDO: Para la concertación del mismo, se remitirá solicitud de oferta a las dos entidades bancarias que disponen de sucursal en la localidad. En las condiciones económicas, además del interés (variable referenciado al Euribor), gastos etc., se tendrán en cuenta otras circunstancias como los posibles convenios de colaboración suscritos con este Ayuntamiento u otras ayudas culturales, sociales etc. TERCERO: Dar traslado al Pleno como órgano competente para la aprobación de la presente propuesta.” Leída la propuesta y no produciéndose ninguna intervención, se somete a votación el contenido de la misma resultando aprobada íntegramente por unanimidad de los miembros de derecho. |