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ACTA
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Expediente número: | Órgano Colegiado: |
JGL/2025/016 | Junta de Gobierno Local |
DATOS DE CELEBRACIÓN DE LA SESIÓN | |
Tipo convocatoria | Ordinaria |
Fecha | 17 de noviembre de 2025 |
Duración | Desde las 9:30 hasta las 10:15 horas. Primera convocatoria. |
Lugar | Alcaldía del Ayuntamiento de Oña |
Asistentes | Dª. Belén Paramio Vila D. Alfredo Ojeda García (Primer Teniente de Alcalde) Dª. Noelia Alonso Abad (Segundo Teniente de Alcalde) |
Observaciones | Ninguna |
En el Edificio Consistorial del Ayuntamiento de la Villa de Oña, a la hora y fecha indicadas en el encabezamiento, comparecen los miembros de la Junta de Gobierno, que arriba se relacionan, con motivo de la celebración de la sesión para la que habían sido previamente convocados.
Preside el acto la Alcaldesa Dª. Belén Paramio Vila, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Actúa como Secretario el que lo es de la Corporación, con carácter definitivo, D. Emilio Moro Martín, de acuerdo a la Resolución de 27/2/02 de la Dirección General de la Función Pública Local (BOE. de 8/3/02).
Comprobada por Secretaría la existencia de quórum suficiente a tenor de lo establecido en el artículo 113. c) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las EE. LL., aprobado por R. D. 2568/86 de 28 de noviembre, se pasaron a tratar los asuntos incluidos en el orden del día.
A) PREVIA |
1º.- EXPEDIENTE JGL/2025/015 LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 3 DE NOVIEMBRE DE 2025.
Preguntados por Presidencia sobre la necesidad de efectuar lectura del acta de la sesión celebrada el día tres de noviembre de dos mil veinticinco, manifiestan unánimemente los/as Concejales que no será necesaria al disponerse con anterioridad de una copia de la misma. Seguidamente se procede, en votación ordinaria, a la aprobación del acta por unanimidad de los presentes que asistieron a dicha sesión.
B) PARTE RESOLUTORIA |
2º.- EXPEDIENTES URBANÍSTICOS.
Conforme a la delegación efectuada por la Alcaldía, según Decreto de 17 de julio de 2023, se presentan los expedientes urbanísticos informados y pendientes de resolución. Los mismos son tratados a continuación, adoptándose los acuerdos que se reflejan:
* Expediente 416/25 incoado a instancias de D. José Ignacio Molinuevo Beltrán mediante el que se solicita la devolución de la fianza depositada para garantizar la gestión de los residuos derivados de las obras de rehabilitación de una vivienda en calle Barruso 43 de Oña. Examinado el mismo y visto el certificado aportado así como el informe del Técnico Municipal, se acuerda proceder a su devolución (1.688,66 euros).
* Expediente 764/25 incoado a instancias de D. Sebastián González Gómez mediante el que presenta declaración responsable (comunicación junto con memoria ambiental) de una actividad ganadera, corral doméstico (15 gallinas), en Pino de Bureba, calle las Eras 30, referencia catastral 4683901VN6248S0001MR. Examinado el mismo, vistos los informes, y según lo establecido en el anexo III del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la de Prevención Ambiental de Castilla y León, se acuerda, por unanimidad de los miembros de derecho:
PRIMERO: Dar por efectuado del trámite de comunicación establecido en la normativa referida respecto a la comunicación efectuada (instalación de gallinas), recordando al solicitante que el trámite realizado estará sujeto al cumplimiento de las siguientes condiciones:
- a) No superar el número de animales referido (15 gallinas).
- b) Ubicar la instalación en el lugar indicado debiendo estar debidamente cercado para impedir su invasión y no ocasionar molestias a las viviendas próximas.
- c) Mantener en adecuadas condiciones higiénico-sanitarias la instalación.
- d) Cumplir los compromisos asumidos en la memoria presentada.
- e) Adoptar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de los límites de los niveles sonoros. Se recuerda que conforme a la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León, artículo 39 “Los propietarios de animales domésticos adoptarán las precauciones necesarias en relación a los mismos para garantizar el cumplimiento de los valores límites de valores sonoros establecidos en esta Ley.”
- f) En el caso de que se vaya a realizar obras se deberá realizar la correspondiente solicitud de licencia o declaración responsable según el tipo de actuación.
- g) Las explotaciones de autoconsumo deberán identificar a un veterinario de referencia al que recurrir en el caso de aparición de problemas sanitarios concretos.
- h) Se garantizará el bienestar animal de acuerdo con los términos establecidos en la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.
El incumplimiento de dichas condiciones dejará sin efecto el trámite de comunicación realizado, pudiendo dar lugar a la incoación del oportuno expediente de clausura sobre la actividad.
SEGUNDO: Liquidarle las tasas según la ordenanza municipal.
TERCERO: Notificar el presente acuerdo al interesado/a según lo establecido en la Ley 39/15, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.
* Expediente 775/25 incoado a instancias de D. Francisco Javier Fernández Saiz mediante el que presenta declaración responsable (comunicación junto con memoria ambiental) de una actividad ganadera, corral doméstico (17 ocas), en Pino de Bureba, zona linares, referencia catastral 09245G5030151380000KD.
Examinado el mismo, vistos los informes, y según lo establecido en el anexo III del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la de Prevención Ambiental de Castilla y León, se acuerda, por unanimidad de los miembros de derecho:
PRIMERO: Dar por efectuado del trámite de comunicación establecido en la normativa referida respecto a la comunicación efectuada (instalación avícola), recordando al solicitante que el trámite realizado estará sujeto al cumplimiento de las siguientes condiciones:
- a) No superar el número de animales referido (17 ocas).
- b) Ubicar la instalación en el lugar indicado debiendo estar debidamente cercado para impedir su invasión y no ocasionar molestias a las viviendas próximas.
- c) Mantener en adecuadas condiciones higiénico-sanitarias la instalación.
- d) Cumplir los compromisos asumidos en la memoria presentada.
- e) Adoptar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de los límites de los niveles sonoros. Se recuerda que conforme a la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León, artículo 39 “Los propietarios de animales domésticos adoptarán las precauciones necesarias en relación a los mismos para garantizar el cumplimiento de los valores límites de valores sonoros establecidos en esta Ley.”
- f) En el caso de que se vaya a realizar obras se deberá realizar la correspondiente solicitud de licencia o declaración responsable según el tipo de actuación.
- g) Las explotaciones de autoconsumo deberán identificar a un veterinario de referencia al que recurrir en el caso de aparición de problemas sanitarios concretos.
- h) Se garantizará el bienestar animal de acuerdo con los términos establecidos en la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.
El incumplimiento de dichas condiciones dejará sin efecto el trámite de comunicación realizado, pudiendo dar lugar a la incoación del oportuno expediente de clausura sobre la actividad.
SEGUNDO: Liquidarle las tasas según la ordenanza municipal.
TERCERO: Notificar el presente acuerdo al interesado/a según lo establecido en la Ley 39/15, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.
* Expediente 776/25 incoado a instancias de D. Alfredo Fernández Saiz mediante el que presenta declaración responsable (comunicación junto con memoria ambiental) de una actividad ganadera, corral doméstico (20 gallinas, 2 ocas y 1 pavo), en Pino de Bureba, Travesía del Río, referencia catastral 4683901VN6248S0001MR. Examinado el mismo, vistos los informes, y según lo establecido en el anexo III del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la de Prevención Ambiental de Castilla y León, se acuerda, por unanimidad de los miembros de derecho:
PRIMERO: Dar por efectuado del trámite de comunicación establecido en la normativa referida respecto a la comunicación efectuada (instalación avícola), recordando al solicitante que el trámite realizado estará sujeto al cumplimiento de las siguientes condiciones:
- a) No superar el número de animales referido (20 gallinas, 2 ocas y 1 pavo).
- b) Ubicar la instalación en el lugar indicado debiendo estar debidamente cercado para impedir su invasión y no ocasionar molestias a las viviendas próximas.
- c) Mantener en adecuadas condiciones higiénico-sanitarias la instalación.
- d) Cumplir los compromisos asumidos en la memoria presentada.
- e) Adoptar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de los límites de los niveles sonoros. Se recuerda que conforme a la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León, artículo 39 “Los propietarios de animales domésticos adoptarán las precauciones necesarias en relación a los mismos para garantizar el cumplimiento de los valores límites de valores sonoros establecidos en esta Ley.”
- f) En el caso de que se vaya a realizar obras se deberá realizar la correspondiente solicitud de licencia o declaración responsable según el tipo de actuación.
- g) Las explotaciones de autoconsumo deberán identificar a un veterinario de referencia al que recurrir en el caso de aparición de problemas sanitarios concretos.
- h) Se garantizará el bienestar animal de acuerdo con los términos establecidos en la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.
El incumplimiento de dichas condiciones dejará sin efecto el trámite de comunicación realizado, pudiendo dar lugar a la incoación del oportuno expediente de clausura sobre la actividad.
SEGUNDO: Liquidarle las tasas según la ordenanza municipal.
TERCERO: Notificar el presente acuerdo al interesado/a según lo establecido en la Ley 39/15, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.
* Expediente 819/25 incoado a instancias de Dª. Ana Belén Pérez Soto mediante el que presenta declaración responsable para llevar a cabo una obra de carácter menor (cambio de ventanas y construcción de baño) en un inmueble situado en calle Avenida La Bureba nº 29 de La Parte de Bureba. Examinado el mismo, vistos los informes, y por unanimidad de los miembros de derecho se acuerda:
PRIMERO: Dar por efectuado el trámite de comunicación mediante declaración responsable con sujeción a las siguientes condiciones:
-Se cumplirá lo dispuesto en el R. D. 1627/1997, de 24 de octubre, sobre medidas de seguridad y salud.
-Se cumplirá lo dispuesto en el R. D. 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición.
-La carpintería será de madera barnizada en colores claros. También se admite aluminio lacado y pvc con acabado en tonos ocres.
Sin el cumplimiento de cualquiera de las anteriores condiciones, no podrán llevarse a cabo las obras objeto de comunicación.
SEGUNDO: Liquidarle el ICIO y tasas según las ordenanzas municipales.
TERCERO: Notificar el presente acuerdo al interesado/as según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.
3º.- SOLICITUDES DIVERSAS (INSTANCIAS, RECURSOS RECLAMACIONES Y COMUNICACIONES).
De orden de Presidencia, según el Decreto de delegación de competencia de la Alcaldía, de fecha 17 de julio de 2023 y al amparo de lo establecido en el artículo 53.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por R. D. 2568/86 de 28 de noviembre, el Secretario da lectura a las diversas solicitudes, comunicaciones y recursos presentados en este Ayuntamiento. Sobre los mismos se adoptan, en su caso, los acuerdos que se reflejan a continuación:
* Expediente 769/25 incoado mediante escrito sobre la reapertura de la línea Madrid-Aranda de Duero-Burgos. Los/as Concejales asistentes, todos los de derecho, se dan por enterados.
* Expediente 822/25 incoado a instancias de Dª. Laura Argos Ortiz mediante el que solicita el arreglo de unos electrodomésticos situados en el piso municipal que tiene alquilado. Los/as Concejales asistentes se dan por enterados acordando cursar las órdenes para proceder a su reparación.
* Expediente 823/25 incoado a instancias de Dª. Amaia Zubieta Garciandía por la estancia en el albergue municipal. Examinado el mismo y visto el informe del personal encargado se acuerda devolver la fianza depositada.
* Expediente 826/25 incoado a instancias de D. Francisco Javier Martínez González mediante el que presenta reclamación patrimonial motivada por los daños sufridos en un su vivienda como consecuencia, según su escrito, de los desprendimientos de piedras y tierras provenientes de unas fincas municipales situadas en cota superior.
Examinado el mismo y por unanimidad de los miembros de derecho, se acuerda admitir a trámite dicha reclamación según lo establecido en el artículo 67 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP. y artículo 45 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dando traslado a la compañía de seguros con la que este Ayuntamiento tiene concertada una póliza de responsabilidad civil. Así mismo se acuerda nombrar como instructor/a del procedimiento a la titular de la Alcaldía, Dª. Belén Paramio Vila, procediendo a la apertura de un período de prueba de treinta días (artículo 77 de la Ley 39/2015).
* Expediente 827/25 incoado de oficio para ofrecer a las Juntas Vecinales de este Municipio los servicios de fiscalización, mecanización y rendición de cuentas respecto al ejercicio 2025. Como en años anteriores se les ofrecerá de forma flexible los diferentes servicios además de la posibilidad de publicar las cuentas elaboradas en la sede electrónica de este Ayuntamiento. Enterados los/as asistentes y, por unanimidad de los mismos, los tres de derecho, se acuerda aprobar la propuesta y ofrecer dichos servicios a las Juntas Vecinales.
* Expediente 837/25 incoado por denuncia de la Guardia Civil, puesto de Oña, recibida el 05/11/25 respecto al incumplimiento por parte de Don M. K. R. de la normativa sobre consumo y comercio y venta ambulante, al haber sido sorprendido ejerciendo la venta ambulante el 19/10/25 en la población de Terminón (Oña) y no contar con la correspondiente autorización. Examinado el mismo y por unanimidad de los miembros de derecho, se acuerda tramitar el expediente sancionador quedando la titular de la Alcaldía como instructora.
* Expediente 838/25 incoado por denuncia de la Guardia Civil, puesto de Oña, recibida el 05/11/25 respecto al incumplimiento por parte de Don E. A. G. de la normativa sobre consumo y comercio y venta ambulante, al haber sido sorprendido ejerciendo la venta ambulante el 19/10/25 en Terminón (Oña) y no contar con la autorización municipal. Examinado el mismo y dado que dicho denunciado ya había solicitado autorización al Ayuntamiento (expediente 734/25) considerar la no procedencia de la tramitación de dicho expediente.
* Expediente 842/25 incoado mediante escrito del Registro de la Propiedad de Briviesca respecto a la inmatriculación de una finca en Cornudilla. Los/as Concejales asistentes, todos los de derecho, se dan por enterados.
* Expediente 843/25 incoado por el Registro de la Propiedad de Briviesca sobre modificación registral, conforme a catastro, de una finca situada en Oña a favor de la Diputación Provincial de Burgos. Los/as Concejales asistentes, todos los de derecho, se dan por enterados.
* Expediente 844/25 incoado mediante escrito del Registro de la Propiedad de Briviesca respecto a la inmatriculación de una vivienda en calle Santa Clara 15 de Penches. Los/as Concejales asistentes, todos los de derecho, se dan por enterados.
* Expediente 852/25 incoado mediante escrito de la Directora del CEIP de San Salvador de Oña respecto al servicio de limpieza. Los/as Concejales asistentes, todos los de derecho, acuerdan cursar las órdenes para la mejorar la prestación de dicho servicio.
4º.- CONTRATACIONES, ORDENACIONES Y APROBACIONES DE PAGOS.
Conforme a la delegación efectuada por la Alcaldía, según Decreto de 17 de julio de 2023, y referida a la contratación, ordenación de pagos y aprobación de facturas que no excedan del 10 % de los recursos ordinarios del presupuesto en vigor, se procede a tratar los/las que se indican recogiendo los acuerdos que también se detallan a continuación.
Con carácter previo y según ya se informó por Secretaría-Intervención en la anterior legislatura, respecto a las exigencias derivadas de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el presente punto se estructura teniendo en cuenta los expedientes de contratación (distinguiendo cuales son de carácter menor), las facturas derivadas de dichos expedientes, y los presupuestos o facturas sin expediente previo. También se informa de los nuevos límites y requisitos de los contratos menores, y la no tipificación como menores de los contratos de servicios que exceden de una anualidad así como los referidos a los suministros habituales. A continuación, se procede al examen de los expedientes de gastos y facturas. Tanto los compromisos de gastos como las facturas, son aprobados por unanimidad de los asistentes.
4.1. EXPEDIENTES DE CONTRATACIÓN:
4.1.1. CARÁCTER MENOR (artículo 118, Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratación del Sector Público)
EXP. | ADJUDICATARIO | OBJETO SEGÚN PRESUPUESTOS | OBSERVACIONES | IMPORTE ADJUDICACIÓN (IVA INCLUIDO) | CODIGO PRESUPUESTARIO | DEPARTAMENTO RESPONSABLE |
| Ninguno |
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4.1.2. EXCEDEN DE LOS LÍMITES del artículo 118.
EXP. | ADJUDICATARIO | OBJETO | DURACION | IMPORTE ADJUDICACIÓN (IVA INCLUIDO) | CODIGO PRESUPUESTARIO | DEPARTAMENTO RESPONSABLE |
| Ninguno |
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4.2. FACTURAS DERIVADAS DE EXPEDIENTES DE CONTRATACIÓN.
EXP. |
ADJUDICATARIO | OBJETO | Nº FACTURA | IMPORTE ADJUDICACIÓN (IVA INCLUÍDO) | DEPARTAMENTO RESPONSABLE |
148/14 | SOMACYL | MANTENIMIENTO OCTUBRE | 0090027238 | 6.287,51€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 21251103030001207 | 18,16€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 21251103030000756 | 44,56€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 21251103030001675 | 63,03€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 21251103030000760 | 20,84€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 21251112010218898 | 12,43€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 21251112010218896 | 103,95€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 21251112010218893 | 52,30€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 21251103030000754 | 4,44€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 21251103030000745 | 7,74€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 21251103030000750 | 19,17€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 21251103030000755 | 27,60€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 21251103030000749 | 78,96€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 21251103030000748 | 53,28€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 21251103030000753 | 7,74€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 21251103030000759 | 33,35€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 21251103030000334 | 219,83€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 21251103030000746 | 129,72€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 21251103030000270 | 302,25€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 2125110303000752 | 17,02€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 2125110303000761 | 25,13€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 21251103030000235 | 226,90€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 2125110303000757 | 45,29€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 21251103030000758 | 12,57€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 21251103030000744 | 64,98€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 21251103030000743 | 93,44€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 21251103030000751 | 51,04€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 21251103030000747 | 174,92€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 21251103030000320 | 56,13€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 21251103030000290 | 208,20€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 21251103030000430 | 18,78€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 21251103030000331 | 148,30€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 21251103030000360 | 133,97€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 21251103030000154 | 338,18€ | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | FACTURA CONSUMO ELÉCTRICO | 21251103030000340 | 71,16€ | ALCALDÍA |
4.3. FACTURAS Y PRESUPUESTOS SIN EXPEDIENTE PREVIO.
4.3.1. PRESUPUESTOS.
PROVEEDOR | OBJETO | Nº PRESUP. | IMPORTE (IVA INCLUIDO) | DEPARTAMENTO RESPONSABLE |
AMAQ ALQUILERES | PRESUPUESTO DE REPARACIÓN MANITOU | 0000002354 | 4.738,82€ | ALCALDÍA |
AMAQ ALQUILERES | PRESUÙESTO PLATAFORMAS ELEVADORA Y PORTES | 0000002373 | 1.113,20€ | ALCALDÍA |
AMABAR | PRESUPEUSTO CARPETAS TROQUELADAS | I/101367 | 667,29€ | ALCALDÍA |
4.3.2. FACTURAS.
PROVEEDOR | OBJETO | Nº FACTURA | IMPORTE (IVA INCLUIDO) | DEPARTAMENTO RESPONSABLE |
AMAQ ALQUILERES | FRA ALQUILER MATERIAL Y TRABAJOS REALIZADOS | RE25000880 | 2008,60€ | ALCALDÍA |
CERRAJERÍA FREIJO | FRA COPIAS DE LLAVES | 428/F25 | 31,80€ | ALCALDÍA |
PABLO BENITO CARRILLO | FRA MEMORIA VALORADA CANALIZACIÓN ABASTECIMIENTO | 47-25 | 412,25€ | ALCALDÍA |
EINFOMER | FRA DOS RATONES | A15517 | 10,00€ | ALCALDÍA |
HOSTALIA ACENS | FRA CUOTA | TSOLAUTO/1650602 | 9,67€ | ALCALDÍA |
DESAFIO BANDAS SL | FRA PAELLA | 25149 | 1320,00€ | ALCALDÍA |
BIG MAT | FRA MATERIAL DIVERSO | 2025/21/002701 | 40,38€ | ALCALDÍA |
TELEFÓNICA EMPRESAS | FRA CONSUMO TELEFÓNICO | 28-K5U1-062687 | 6,53€ | ALCALDÍA |
TELEFÓNICA EMPRESAS | FRA CONSUMO TELEFÓNICO | 28-K5U1-018547 | 98,01€ | ALCALDÍA |
TELEFÓNICA EMPRESAS | FRA CONSUMO TELEFÓNICO | 28-K5M0-036122 | 39,93€ | ALCALDÍA |
FERNIÑAN CUCHILLERÍA | FRA PIROTECNIA | F2025-988 | 911,01€ | ALCALDÍA |
LUIS ROJO DIEZ | FRA PRODUCTO CÁRNICOS | 21 | 223,60€ | ALCALDÍA |
CAROLINA LORENZO POLO | FRA PRODUCTO TEXTIL | 004211 | 32,40€ | ALCALDÍA |
CAROLINA LORENZO POLO | FRA PRODUCTO TEXTIL | 004212 | 19,00€ | ALCALDÍA |
PILAR SAIZ ESTRADA | FRA PRODUCTOS TORTILLA ROCK | 26 | 105,15€ | ALCALDÍA |
PILAR SAIZ ESTRADA | FRA COMIDA FERIA | 46 | 594,82€ | ALCALDÍA |
PILAR SAIZ ESTRADA | FRA PAELLADA | 28 | 360,85€ | ALCALDÍA |
PILAR SAIZ ESTRADA | FRA PRODUCTOS LIMPIEZA | 38 | 170,00€ | ALCALDÍA |
PILAR SAIZ ESTRADA | FRA MATERIAL CAFETERA | 40 | 24,25€ | ALCALDÍA |
PILAR SAIZ ESTRADA | FRA CHOCOLATA FERIA | 41 | 204,35€ | ALCALDÍA |
PILAR SAIZ ESTRADA | FRA PREMIOS FERIA | 45 | 27,00€ | ALCALDÍA |
PILAR SAIZ ESTRADA | FRA PRODUCTOS LIMPIEZA | 47 | 41,95€ | ALCALDÍA |
PILAR SAIZ ESTRADA | FRA PRODUCTOS VARIOS | 48 | 41,10€ | ALCALDÍA |
PILAR SAIZ ESTRADA | FRA PREMIOS BEER PONG | 50 | 71,60€ | ALCALDÍA |
PILAR SAIZ ESTRADA | FRA PREMIOS TUTA Y RANA SANTA PAULINA | 51 | 124,25€ | ALCALDÍA |
PILAR SAIZ ESTRADA | FRA PREMIOS MUS SANTA PAULINA | 52 | 65,70€ | ALCALDÍA |
PILAR SAIZ ESTRADA | FRA PREMIOS PUCHERAS | 53 | 57,50€ | ALCALDÍA |
PILAR SAIZ ESTRADA | FRA MONENAJE 90 AÑOS | 54 | 63,60€ | ALCALDÍA |
PILAR SAIZ ESTRADA | FRA PRODCUTOS VARIOS | 55 | 52,50€ | ALCALDÍA |
ASOCIACIÓN CULTURAL EL CRONICON | FACTURAS VISITAS TEATRALIZADAS | 6/2025 | 2.000€ | ALCALDÍA |
LAMUSA Y SERVICIOS S.L. | FRA PRODUCTOS | 64FRA/252 | 152,48€ | ALCALDÍA |
RODRIGUEZ PEREDA HNOS S.C. | FRA PRODUCTOS DIVERSOS | 002160 | 505,05€ | ALCALDÍA |
CARLOS SAIZ ESTRADA | FRA PREMIOS FESTIVIDADES Y FERIA ARTESANÍA | 040/25 | 339,12€ | ALCALDÍA |
CAMPOMAR SUMINISTROS S.L. | FRA PRODUCTOS DIVERSOS | 2502694 | 91,91€ | ALCALDÍA |
JORGE LINAGE MADRO | FRA APERTURAS DE PUERTAS Y CAMBIOS DE BOMBIN | 25/25 | 556,60€ | ALCALDÍA |
ALDAMU | FRA PRODUCTOS DIVERSOS | 250100694 | 99,10€ | ALCALDÍA |
A continuación se da cuenta de las resoluciones de la Alcaldía que, por resultar urgente su aprobación, han sido incluidos en resoluciones de la Alcaldía dictadas desde la última sesión de la Junta de Gobierno:
* Expediente 828/25 incoado para la solicitud de una ayuda dentro de la convocatoria destinada a entidades adscritas a los Planes de Emergencia Nuclear 2025. En concreto el expediente, en el que se dicta la Resolución de 06/11/ 25 por la que se resuelve acudir a dicha convocatoria, figura el presupuesto emitido por Campomar Suministros S.L. por un importe de 15.504,29 euros para la adquisición de elementos mobiliarios para actuaciones de protección civil y emergencia en el Municipio de Oña. Los/as Concejales asistentes, todos los de derecho, se dan por enterados.
C) PARTICIPACIÓN Y ASISTENCIA |
5º.- RUEGOS, PROPUESTAS Y PREGUNTAS. Por la Presidencia y dentro de las funciones de asistencia de este órgano, cede la palabra a los/as Concejales para que presenten las propuestas, formulen ruegos, preguntas etc. que estimen pertinentes. Cedido el turno no se realiza ninguna intervención. |
Y no habiendo más asuntos de qué tratar, la Presidencia dio por terminado el acto, levantándose la sesión a la hora indicada al inicio, de lo que yo, como Secretario doy fe y reflejo en la presente acta.
Documento firmado digitalmente al margen por el Secretario, D. Emilio Moro Martín, con el Visto Bueno de la Alcaldesa-Presidenta Dª. Belén Paramio Vila.