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ACTA
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Expediente número: | Órgano Colegiado: |
JGL/2024/010 | Junta de Gobierno Local |
DATOS DE CELEBRACIÓN DE LA SESIÓN | |
Tipo convocatoria | Ordinaria |
Fecha | 15 de julio de 2024 |
Duración | Desde las 9:30 hasta las 11:15 horas. Primera convocatoria. |
Lugar | Alcaldía del Ayuntamiento de Oña |
Asistentes | Dª. Belén Paramio Vila D. Alfredo Ojeda García (Primer Teniente de Alcalde) Dª. Noelia Alonso Abad (Segunda Teniente de Alcalde) |
Observaciones | Ninguna. |
En el Edificio Consistorial del Ayuntamiento de la Villa de Oña, a la hora y fecha indicadas en el encabezamiento, comparecen los miembros de la Junta de Gobierno, que arriba se relacionan, con motivo de la celebración de la sesión para la que habían sido previamente convocados.
Preside el acto la Alcaldesa Dª. Belén Paramio Vila, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Actúa como Secretario el que lo es de la Corporación, con carácter definitivo, D. Emilio Moro Martín, de acuerdo a la Resolución de 27/2/02 de la Dirección General de la Función Pública Local (BOE. de 8/3/02).
Comprobada por Secretaría la existencia de quórum suficiente a tenor de lo establecido en el artículo 113. c) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las EE. LL., aprobado por R. D. 2568/86 de 28 de noviembre, se pasaron a tratar los asuntos incluidos en el orden del día.
A) PREVIA |
1º.- EXPEDIENTE JGL/2024/009 LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 17 DE JUNIO DE 2024.
Preguntados por Presidencia sobre la necesidad de efectuar lectura del acta de la sesión celebrada el día diecisiete de junio de dos mil veinticuatro, manifiestan unánimemente los/as Concejales que no será necesaria al disponerse con anterioridad de una copia de la misma. Seguidamente se procede, en votación ordinaria, a la aprobación del acta por unanimidad de los presentes que asistieron a dicha sesión.
B) PARTE RESOLUTORIA |
2º.- EXPEDIENTES URBANÍSTICOS.
Conforme a la delegación efectuada por la Alcaldía, según Decreto de 17 de julio de 2023, se presentan los expedientes urbanísticos informados y pendientes de resolución. Los mismos son tratados a continuación, adoptándose los acuerdos que se reflejan:
* Expediente 610/18 (NE) incoado por el estado de un edificio en calle Barruso, número 24, de Oña, cuyo titular es herederos de María Rojo según catastro. El expediente de disciplina urbanística incoado fue resuelto por esta Junta de Gobierno el 18/4/23, incluyendo publicación sobre notificación edictal (BOE nº 110 de 9/5/23). En el acuerdo adoptado se incluía la ejecución de actuaciones urgentes de revisión del alero y cerramiento de huecos de fachada. Dichas actuaciones (valoradas en 2.300,00 euros) fueron llevadas a cabo por el Ayuntamiento de forma subsidiaria. Posteriormente y dado el deterioro de la edificación, ésta se ha derrumbado parcialmente. Con fecha 12/3/24 se emite un nuevo informe por el Técnico Municipal sobre el estado actual de la edificación en el que se señalan las actuaciones a realizar de forma inmediata: Acordonar y balizar la zona correspondiente a la fachada del edificio para impedir el tránsito de personas y del tráfico rodado junto a la fachada; desmontar la zona de fachada existente entre la ventana de la cubierta y el alero; retirar la zona de mortero de la fachada con riesgo de desprendimiento, así como asegurar el tendido eléctrico. En una segunda fase de desmontaje se debe proceder a desmontar el resto de la cubierta y forjados con el fin de que estos no afecten al resto del inmueble, en especial a la fachada, empujando y provocando el colapso general del inmueble. A la vista de dicho informe así como el posterior, también emitido por el Técnico Municipal el 8/5/24 y en el que se valoran las actuaciones mínimas necesarias para eliminar los elementos con peligro de desprendimiento (3.025,00 euros IVA incluido), se acuerda por unanimidad de los miembros de derecho:
PRIMERO: Efectuadas por este Ayuntamiento las labores de señalización y cierre de la calle Barruso de Oña para evitar posibles daños a terceros (según consta en las fotografías que obran en el expediente), dado el peligro de derrumbamiento de las partes del edificio señaladas en el informe técnico, y una vez finalizado el correspondiente periodo de audiencia sin que durante el mismo se hayan presentado ninguna alegación por los titulares, proceder a la resolución del expediente para la ejecución subsidiaria de las actuaciones referidas.
SEGUNDO: Como se les señalaba en el acuerdo adoptado el 20/5/24 todos los costes de dichas obras deberán ser sufragados por la propiedad.
TERCERO: Notificar el presente acuerdo a los interesados/as según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.
* Expediente 83/21 incoado a instancias de Asteo Red Neutra S. L., mediante el que solicita licencia urbanística para llevar a cabo una instalación de fibra óptica en el Municipio de Oña, población de Hermosilla. Con fecha 8/11/21 se le requiere la presentación de documentación necesaria para la resolución del expediente (documentación gráfica y memoria valorada completa que justifique la adecuación urbanística). El 27/3/23 se le reitera nuevamente el requerimiento al no haberse aportado dicha documentación y mediante acuerdo de 24/7/23 (conteniendo un error en la numeración, figurando con el número 463/22) se acuerda proceder a su archivo. Con fecha 13/6/24 se presenta una nueva declaración responsable pero sin presentar la documentación que le fue requerida: Documentación gráfica sobre el trazado del cableado y documento con mediciones. En base a lo anterior, vistos los informes y por unanimidad de los miembros de derecho, se acuerda:
PRIMERO: Comunicar al interesado que la documentación aportada no da cumplimiento a lo requerido por lo que de no presentar la misma según lo exigido por el Técnico en su informe, se dará por desistido de la declaración responsable presentada, procediéndose al archivo del expediente.
SEGUNDO: Para la presentación de la citada documentación, se le otorga un plazo máximo de diez días. Hasta dicha presentación el expediente quedará en suspenso según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.
* Expediente 383/23 incoado a instancias de D. Diego García Martín para proceder a la tramitación de un expediente de modificación puntual de normas urbanísticas municipales para una reclasificación de unos terrenos situados en Oña, sector SUNC4 según el documento técnico redactado por Cerro Arquitectos & Asociados 2000 SLP. Con posterioridad se presentó un estudio de detalle para desarrollar ese sector en su totalidad, por lo que no procederá la tramitación del expediente de modificación parcial iniciado sobre el citado sector.
En consecuencia, según lo establecido en los artículos 21 y 68 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA.PP, y previo informe, se acuerda por unanimidad de los asistentes, todos los de derecho:
PRIMERO: Conforme a lo establecido en los artículos referidos, y al considerarse que la presentación del estudio de detalle supondrá el desistimiento del expediente anterior referido a la modificación puntual de las normas, dar por desistido de dicha pretensión.
SEGUNDO: Consecuentemente y por aplicación del artículo 84 de la citada Ley, se procede, con el presente acuerdo, a la terminación del procedimiento y el archivo del expediente.
TERCERO: No obstante, con carácter previo a la resolución y según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP. otorgar un periodo de audiencia de diez días.
* Expediente 587/23 incoado por el estado de un edificio en la localidad de Barcina de los Montes, carretera a Oña 41, cuyo titular es D. Florencio Palma Barrasa. En el expediente consta el informe técnico en el que se señala que “…con fecha 12 de julio de 2023 se realiza una visita al inmueble, no pudiendo acceder al interior. En la inspección ocular desde el exterior se ha podido observar que el interior está derruido y la cubierta ha colapsado. Si bien no se observa en un principio que pueda haber desprendimientos de elementos a la vía pública. No obstante según el artículo 8 de la LUCYL, deberes de uso conservación, los propietarios…deberán conservarlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público, accesibilidad y habitabilidad, ejecutando para ello los trabajos y obras necesarios…”.
Con fecha 16/10/23 esta Junta de Gobierno acuerda resolver el expediente y el pasado 1/12/23 se presenta un escrito por el interesado en el que se compromete a ejecutar las obras necesarias. El 17/4/24 se emite informe del Técnico Municipal en el que señala que no existe riesgo de desprendimientos de la edificación sobre la vía pública.
Examinado el mismo, vistos los informes, y por unanimidad de los asistentes, los tres miembros de derecho, se acuerda:
PRIMERO: Dar por ejecutadas la obras necesarias para evitar el peligro de desprendimientos hacia la vía pública.
SEGUNDO: En consecuencia, y sin perjuicio de los deberes de uso, conservación y mantenimiento de la propiedad, proceder al archivo del expediente incoado.
TERCERO: Notificar el presente acuerdo a los interesados/as según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.
* Expediente 877/23 incoado a instancias de Dª. Ana Isabel Puente Martínez mediante el que presenta declaración responsable sobre la ejecución de unas obras (retejado) en Pino de Bureba, calle Lerín 9. Con fecha 4/12/23 se le requiere determinada documentación técnica necesaria para la resolución del expediente sin que hasta la fecha haya sido presentada. En consecuencia, según lo establecido en los artículos 21 y 68 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA.PP, y previo informe, se acuerda por unanimidad de los asistentes, todos los de derecho:
PRIMERO: Conforme a lo establecido en los artículos referidos, y al no haberse presentado la documentación requerida, dar por desistido de su pretensión.
SEGUNDO: Consecuentemente y por aplicación del artículo 84 de la citada Ley, se procede, con el presente acuerdo, a la terminación del procedimiento y el archivo del expediente.
TERCERO: Notificar el presente acuerdo a los/as interesados según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.
* Expediente 139/24 incoado a instancias de D. Estanislao Bardeci Albo mediante el que presenta declaración responsable sobre la ejecución de unas obras (acometida de aguas) en Hermosilla, calle Trasera Mayor 2. Con fecha 15/2/24 se le requiere determinada documentación técnica necesaria para la resolución del expediente sin que hasta la fecha haya sido presentada. En consecuencia, según lo establecido en los artículos 21 y 68 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA.PP, y previo informe, se acuerda por unanimidad de los asistentes, todos los de derecho:
PRIMERO: Conforme a lo establecido en los artículos referidos, y al no haberse presentado la documentación requerida, dar por desistido de su pretensión.
SEGUNDO: Consecuentemente y por aplicación del artículo 84 de la citada Ley, se procede, con el presente acuerdo, a la terminación del procedimiento y el archivo del expediente.
TERCERO: Notificar el presente acuerdo a los/as interesados según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.
* Expediente 266/24 incoado a instancias de D. Jesús García García mediante el que presenta declaración responsable sobre la instalación de un corral doméstico en Tamayo, Oña. Con fecha 4/4/24 se le requiere determinada documentación técnica necesaria para la resolución del expediente sin que hasta la fecha haya sido presentada. En consecuencia, según lo establecido en los artículos 21 y 68 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA.PP, y previo informe, se acuerda por unanimidad de los asistentes, todos los de derecho:
PRIMERO: Conforme a lo establecido en los artículos referidos, y al no haberse presentado la documentación requerida, dar por desistido de su pretensión.
SEGUNDO: Consecuentemente y por aplicación del artículo 84 de la citada Ley, se procede, con el presente acuerdo, a la terminación del procedimiento y el archivo del expediente.
TERCERO: Notificar el presente acuerdo a los/as interesados según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.
* Expediente 470/24 incoado a instancias de D. Ángel Azpiliaga Salcedo mediante el que comunica que va a proceder a la ejecución de obras (reparación de tejado) en una edificación sita en calle Paralela Mayor 19 de Hermosilla. Examinado el mismo, vistos los informes, y por unanimidad de los asistentes, los tres miembros de derecho, se acuerda:
PRIMERO: Dar por efectuado el trámite de comunicación respecto a las obras referidas.
SEGUNDO: Sin perjuicio de la comprobación posterior, se recuerdan las condiciones que deberán cumplirse durante la ejecución de las obras:
-Cumplimiento del R. D. 1627/97, de 24 de octubre, sobre medidas de seguridad y salud.
-Cumplimiento del R. D. 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición.
-No se depositarán residuos de obras en los contenedores de recogida de residuos sólidos ni se realizarán vertidos por lo sumideros y canalizaciones de saneamiento.
-El material de cobertura será teja cerámica roja u otros materiales y texturas similares.
-En el caso de modificación de elementos estructurales de la edificación deberá presentarse el correspondiente proyecto técnico.
Se significa que, sin el cumplimiento de las condiciones referidas, no podrán llevarse a cabo las obras objeto de comunicación.
TERCERO: Liquidarle el ICIO y tasas según las ordenanzas municipales.
CUARTO: Notificar el presente acuerdo al interesado/a según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.
* Expediente 511/24 incoado a instancias de Dª. Verónica Lorenzo Polo mediante el que comunica que va a proceder a la ejecución de obras (cambio de ventanas) en un piso situado en el edificio, carretera Tamayo 3 de Oña. Examinado el mismo, vistos los informes, y por unanimidad de los asistentes, los tres miembros de derecho, se acuerda:
PRIMERO: Dar por efectuado el trámite de comunicación respecto a las obras referidas.
SEGUNDO: Sin perjuicio de la comprobación posterior, se recuerdan las condiciones que deberán cumplirse durante la ejecución de las obras:
-Cumplimiento del R. D. 1627/97, de 24 de octubre, sobre medidas de seguridad y salud.
-Cumplimiento del R. D. 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición.
-No se depositarán residuos de obras en los contenedores de recogida de residuos sólidos ni se realizarán vertidos por lo sumideros y canalizaciones de saneamiento.
Se significa que, sin el cumplimiento de las condiciones referidas, no podrán llevarse a cabo las obras objeto de comunicación.
TERCERO: Liquidarle el ICIO y tasas según las ordenanzas municipales.
CUARTO: Notificar el presente acuerdo al interesado/a según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.
* Expediente 529/24 incoado a instancias de D. Clemente Puente Peña mediante el que comunica que va a proceder a la ejecución de obras (reparación de tejado en bodega), edificación sita en Travesía Real 4 de Terminón. Examinado el mismo, vistos los informes, y por unanimidad de los asistentes, los tres miembros de derecho, se acuerda:
PRIMERO: Dar por efectuado el trámite de comunicación respecto a las obras referidas.
SEGUNDO: Sin perjuicio de la comprobación posterior, se recuerdan las condiciones que deberán cumplirse durante la ejecución de las obras:
-Cumplimiento del R. D. 1627/97, de 24 de octubre, sobre medidas de seguridad y salud.
-Cumplimiento del R. D. 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición.
-No se depositarán residuos de obras en los contenedores de recogida de residuos sólidos ni se realizarán vertidos por lo sumideros y canalizaciones de saneamiento.
-El material de cobertura será teja cerámica roja u otros materiales y texturas similares.
-En el caso de modificación de elementos estructurales de la edificación deberá presentarse el correspondiente proyecto técnico.
Se significa que, sin el cumplimiento de las condiciones referidas, no podrán llevarse a cabo las obras objeto de comunicación.
TERCERO: Liquidarle el ICIO y tasas según las ordenanzas municipales.
CUARTO: Notificar el presente acuerdo al interesado/a según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.
* Expediente 543/24 incoado a instancias de D. Luis Ortiz Villarías mediante el que comunica que va a proceder a la ejecución de obras (enyesar techos y paredes) en un piso situado en la edificación, carretera de Penches nº 5 de Oña. Examinado el mismo, vistos los informes, y por unanimidad de los asistentes, los tres miembros de derecho, se acuerda:
PRIMERO: Dar por efectuado el trámite de comunicación respecto a las obras referidas.
SEGUNDO: Sin perjuicio de la comprobación posterior, se recuerdan las condiciones que deberán cumplirse durante la ejecución de las obras:
-Cumplimiento del R. D. 1627/97, de 24 de octubre, sobre medidas de seguridad y salud.
-Cumplimiento del R. D. 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición.
-No se depositarán residuos de obras en los contenedores de recogida de residuos sólidos ni se realizarán vertidos por lo sumideros y canalizaciones de saneamiento.
Se significa que, sin el cumplimiento de las condiciones referidas, no podrán llevarse a cabo las obras objeto de comunicación.
TERCERO: Liquidarle el ICIO y tasas según las ordenanzas municipales.
CUARTO: Notificar el presente acuerdo al interesado/a según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.
* Expediente 570/24 incoado a instancias de D. José Ignacio Redondo Navarro mediante el que comunica que va a proceder a la ejecución de obras (reparación de tejado) en una edificación sita en Plaza del Horno 15 de Cornudilla. Examinado el mismo, vistos los informes, y por unanimidad de los asistentes, los tres miembros de derecho, se acuerda:
PRIMERO: Dar por efectuado el trámite de comunicación respecto a las obras referidas.
SEGUNDO: Sin perjuicio de la comprobación posterior, se recuerdan las condiciones que deberán cumplirse durante la ejecución de las obras:
-Cumplimiento del R. D. 1627/97, de 24 de octubre, sobre medidas de seguridad y salud.
-Cumplimiento del R. D. 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición.
-No se depositarán residuos de obras en los contenedores de recogida de residuos sólidos ni se realizarán vertidos por los sumideros y canalizaciones de saneamiento.
-El material de cobertura será teja cerámica roja u otros materiales y texturas similares.
-En el caso de modificación de elementos estructurales de la edificación deberá presentarse el correspondiente proyecto técnico.
Se significa que, sin el cumplimiento de las condiciones referidas, no podrán llevarse a cabo las obras objeto de comunicación.
TERCERO: Liquidarle el ICIO y tasas según las ordenanzas municipales.
CUARTO: Notificar el presente acuerdo al interesado/a según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.
3º.- SOLICITUDES DIVERSAS (INSTANCIAS, RECURSOS RECLAMACIONES Y COMUNICACIONES).
De orden de Presidencia, según el Decreto de delegación de competencia de la Alcaldía, de fecha 17 de julio de 2023 y al amparo de lo establecido en el artículo 53.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por R. D. 2568/86 de 28 de noviembre, el Secretario da lectura a las diversas solicitudes, comunicaciones y recursos presentados en este Ayuntamiento. Sobre los mismos se adoptan, en su caso, los acuerdos que se reflejan a continuación:
* Expediente 925/22 incoado para la ejecución de un proyecto destinado a la instalación de contenedores soterrados en el centro histórico de Oña. Con fecha 01/07/24 se presenta escrito por D. José María Cruz García Alonso de Armiño en el que, además de solicitar una cita con la nueva arquitecta, muestra su disconformidad con la ubicación planteada en la calle Agua de Oña, junto al centro de guardias médicas. Enterados los/as asistentes y por unanimidad de los mismos, todos los de derecho, se acuerda comunicar al solicitante que aunque efectivamente se ha planteado esta nueva ubicación, aún se están estudiando otras posibles alternativas.
* Expediente 35/24 incoado para la organización de una nueva edición de El Jardín Secreto, así como el I certamen de jóvenes artistas “Talento Secreto 2024”. Sobre dicho certamen, y una vez finalizado el plazo de inscripciones, se han presentado nueve participantes. Los/as Concejales asistentes, todos los de derecho, se dan por enterados.
* Expediente 75/24 incoado por la creación de una oficina digital con el programa ELPEX. Por la técnica de la oficina se han presentado diversas propuestas tendentes a la realización de actividades que puedan contribuir al desarrollo económico y turístico del municipio. Los/as Concejales asistentes, todos los de derecho, se dan por enterados.
* Expediente 441/24 incoado a instancias de D. Guillermo Cairo Rojas en relación con unos problemas surgidos en la red de saneamiento en la Plaza del Mercado de Oña. Enterados los/as asistentes, todos los de derecho, se acuerda recabar informe de la Arquitecta Municipal.
* Expediente 503/24 incoado a instancias del Director del CEIP San Salvador de Oña mediante el que solicita que se lleven a cabo diversas reparaciones en el centro. Enterados los/as asistentes, todos los de derecho, y por unanimidad, se acuerda cursar las órdenes para proceder a dichas reparaciones.
* Expediente 516/24 incoado de oficio para la organización de unos campamentos de verano destinados a niños/as durante las tres primeras semanas del mes de julio. Efectuadas las adjudicaciones de los contratos se da cuenta de las actuaciones realizadas y de la resolución sobre los niños/as admitidos.
* Expediente 533/24 incoado mediante escrito del Servicio Territorial de Sanidad por la que se remite una reclamación respecto al funcionamiento del establecimiento Dulcipay en Oña. Enterados los/as asistentes y por unanimidad, se acuerda recabar informe de la Arquitecta Municipal.
* Expediente 538/24 incoado a instancias de Dª. Margarita García Castaños mediante el que solicita la devolución de una fianza por el uso del albergue municipal. Examinado el mismo y visto el informe favorable del personal responsable, se acuerda proceder a su devolución (80,00 euros).
* Expediente 539/24 incoado a instancias de Miribilla BTT Elkartea mediante el que solicita la devolución de una fianza por el uso del albergue municipal. Examinado el mismo y visto el informe favorable del personal responsable, se acuerda proceder a su devolución (80,00 euros).
* Expediente 544/24 incoado mediante escrito del Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León sobre la solicitud de ocupación para el uso privativo de una vía pecuaria por la empresa Asteo Red Neutra (Gestioniza). Los/as Concejales asistentes, todos los de derecho, se dan por enterados acordando remitir a las Juntas Vecinales por cuyos términos pasan las vías pecuarias afectadas.
* Expediente 547/24 incoado a instancias de D. Guillermo García Dávila mediante el que solicita mayor limpieza en el servicio de calles y papeleras de Oña. Enterados los/as asistentes, todos los de derecho, se acuerda adoptar las medidas necesarias para la mejora del servicio.
* Expediente 548/24 incoado a instancias de D. Isaac García Cubillo mediante el que solicita autorización para volar un dron el día 7 de septiembre en las escalinatas de la iglesia de San Salvador, entre las 11:30 y las 14:00 horas, con motivo de una celebración de una ceremonia. Enterados los/as y por unanimidad de los mismos, todos los de derecho, se acuerda autorizar el mismo únicamente sobre el casco urbano sin que se pueda afectar a la zona del espacio natural, en cuyo caso precisará autorización especificada de la administración de dicho espacio natural.
* Expediente 549/24 incoado mediante comunicación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico por la que se traslada resolución sobre las liquidaciones asignadas emitidas de lo dispuesto en la Orden IET/458/2015, de 11 de marzo, en beneficio de los municipios definidos como afectados por la Central Nuclear Santa María de Garoña. Los/as Concejales asistentes, todos los de derecho, se dan por enterados.
* Expediente 551/24 incoado a instancias de D. Raimundo Martínez Íñiguez por el que se solicita un duplicado de la placa de vado para el inmueble situado en calle Ronda 17 de Oña. Examinado el mismo y por unanimidad, se acuerda entregar dicho duplicado previo pago de la tasa (25,00 euros).
* Expediente 560/24 incoado a instancias de D. Guzmán Rodríguez Sánchez, concesionario del bar/quisco de las piscinas municipales mediante el que presenta reclamación de daños y solicita el pago del importe de los helados existentes en las cámaras (950,08 euros) que se le estropearon por los problemas de suministro eléctrico originados como consecuencia del estado de las instalaciones. Examinado el mismo, visto el informe emitido por el personal municipal sobre el estado de dichas instalaciones, y sin perjuicio dar traslado a la compañía con la que este Ayuntamiento tiene contratado un seguro de responsabilidad civil, estimar la reclamación presentada y proceder a su pago.
* Expediente 564/24 incoado de oficio para llevar a cabo una nueva edición del “Festival de Títeres las Merindades” en colaboración con la Asociación Cultural Betelgeuse. El importe de la colaboración para esta 13ª edición, asciende a 750,00 euros y comprende una representación de títeres en Oña dentro de la programación prevista entre el 6 y el 8 de agosto de 2024. Enterados los/as asistentes, y por unanimidad de los mismos, los tres miembros de derecho, se acuerda la aprobación de la propuesta así como el gasto referido.
* Expediente 571/24 incoado a instancias de Dª. Elena Bañón Gómez mediante el que señala el estadio de suciedad de las tumbonas existentes en las piscinas municipales. Examinado el mismo y por unanimidad de los miembros de derecho, se acuerda cursar las órdenes para mejorar la prestación del servicio en dichas instalaciones.
* Expediente 574/24 expediente incoado sobre la situación generada por la inactividad de algunos miembros de la Agrupación Municipal de Bomberos Voluntarios de Oña. Así se desprende de las últimas liquidaciones anuales. Examinado el mismo y por unanimidad de los miembros de derecho, se acuerda incoar los oportunos expedientes de expulsión según lo establecido en el artículo 8º del Reglamento Municipal publicado en el BOP de 23/11/21.
* Expediente 586/24 incoado a instancias de la Asociación Deportiva U.D La Parte mediante el que solicita la cesión de uso de 90 sillas y tablones para la realización de un evento el día 24 de agosto de 2024. Examinado el mismo y por unanimidad de los miembros de derecho, se acuerda autorizar el uso supeditado a la disponibilidad existente considerando la fecha para la que se solicita. Verificadas las necesidades municipales se procederá a la autorización concreta del número de unidades disponibles.
A continuación se procede a la resolución de los expedientes incoados para solicitar para la concesión de ayudas destinadas a la obtención de los certificados digitales por los vecinos/as según lo acordado por el Pleno en sesión de 31/01/2024 (expediente 75/24):
Expediente solicitante Ayuda
137/24 Rosa María de Prado Zabala 3,62 €
138/24 Félix Ángel Martín Puente 3,62 €
180/24 Mª Jesús Pérez González 3,62 €
198/24 Milagros Amenábar Calvo 3,62 €
459/24 Francisco Alonso Catalina 3,62 €
486/24 Ana María Martínez Ortiz 3,62 €
535/24 José Antonio Gómez Alonso 3,62 €
561/24 Josué Martín Martínez 3,62 €
4º.- CONTRATACIONES, ORDENACIONES Y APROBACIONES DE PAGOS.
Conforme a la delegación efectuada por la Alcaldía, según Decreto de 17 de julio de 2023, y referida a la contratación, ordenación de pagos y aprobación de facturas que no excedan del 10 % de los recursos ordinarios del presupuesto en vigor, se procede a tratar los/las que se indican recogiendo los acuerdos que también se detallan a continuación.
Con carácter previo y según ya se informó por Secretaría-Intervención en la anterior legislatura, respecto a las exigencias derivadas de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el presente punto se estructura teniendo en cuenta los expedientes de contratación (distinguiendo cuales son de carácter menor), las facturas derivadas de dichos expedientes, y los presupuestos o facturas sin expediente previo. También se informa de los nuevos límites y requisitos de los contratos menores, y la no tipificación como menores de los contratos de servicios que exceden de una anualidad así como los referidos a los suministros habituales. A continuación, se procede al examen de los expedientes de gastos y facturas. Tanto los compromisos de gastos como las facturas, son aprobados por unanimidad de los asistentes.
4.1. EXPEDIENTES DE CONTRATACIÓN:
4.1.1. CARÁCTER MENOR (artículo 118, Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratación del Sector Público)
EXP. | ADJUDICATARIO | OBJETO SEGÚN PRESUPUESTOS | OBSERVACIONES | IMPORTE ADJUDICACIÓN (IVA INCLUIDO) | CODIGO PRESUPUESTARIO | DEPARTAMENTO RESPONSABLE |
| Ninguno |
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4.1.2. EXCEDEN DE LOS LÍMITES del artículo 118.
EXP. | ADJUDICATARIO | OBJETO | DURACION | IMPORTE ADJUDICACIÓN (IVA INCLUIDO) | CODIGO PRESUPUESTARIO | DEPARTAMENTO RESPONSABLE |
| Ninguno |
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4.2. FACTURAS DERIVADAS DE EXPEDIENTES DE CONTRATACIÓN.
EXP. | ADJUDICATARIO | OBJETO | Nº FACTURA | IMPORTE ADJUDICACIÓN (IVA INCLUIDO) | DEPARTAMENTO RESPONSABLE |
488/24 | JON GARCÍA BAYONA | DESBROCE PEDANÍAS | Rect-Emit-3 | 6.897,00 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240603030000188 | 376,31 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240603030000272 | 246,84 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240603030000320 | 288,88 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240603030000340 | 402,58 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240603030000378 | 87,23 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240603030000389 | 156,22 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240603030000393 | 694,81 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240603030000405 | 280,56 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240603030000431 | 139,33 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240603030000518 | 20,75 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240603030001008 | 350,14 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240603030001009 | 12,62 € | ALCALDÍA |
634/17 | BERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240603030001010 | 316,90 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240603030001011 | 60,34 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 2124060303000012 | 7,44 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240603030001013 | 187,90 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240603030001014 | 201,54 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240603030001015 | 60,68 € | ALCALÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240603030001016 | 23,68 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240603030001017 | 20,72 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240603030001018 | 54,32 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240603030001019 | 17,25 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240603030001020 | 7,44 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240603030001021 | 4,20 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240603030001022 | 44,04 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240603030001023 | 13,65 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240603030001024 | 36,92 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240603030001025 | 12,11 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240603030001026 | 35,11 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240603030001027 | 9,97 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240603030001028 | 36,28 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240603030001564 | 17,39 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | COSNUMO ELÉCTRICO | 21240603030002104 | 285,92 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240613010285324 | 12,11 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240613010285322 | 60,28 € | ALCALDÍA |
634/17 | IBERDROLA | CONSUMO ELÉCTRICO | 21240613010285320 | 54,53 € | ALCALDÍA |
433/24 | BRAMA TEATRO | PIPIRIOÑA | BRA/001224 | 1.453,50 € | ALCALDÍA |
472/24 | ESTUDIO NEBREDA JAVIER NEBREDA MARISCAL | MEMORIA CAMINOS | 37/24 | 786,50 € | ALCALDÍA |
472/24 | ESTUDIO NEBREDA JAVIER NEBREDA MARISCAL | MEMORIA DEPÓSITO AGUA | 38/24 | 447,70 € | ALCALDÍA |
148/14 | SOMACYL | MANTENIMIENTO DEPURADORA | 0090015288 | 6.178,77 € | ALCALDÍA |
534/22 | ASOC. RADIO ESPINOSA MERINDADES | SERVICIOS RADIOFÓNICOS | 24/-221 | 712,50 € | ALCALDÍA |
4.3. FACTURAS Y PRESUPUESTOS SIN EXPEDIENTE PREVIO.
4.3.1. PRESUPUESTOS.
PROVEEDOR | OBJETO | Nº PRESUP. | IMPORTE (IVA INCLUIDO) | DEPARTAMENTO RESPONSABLE |
CAMPOMAR SUMINISTROS S.L. | CARPAS PISCINAS MUNICIPALES | 240392 | 987,36 € | ALCALDÍA |
4.3.2. FACTURAS.
PROVEEDOR | OBJETO | Nº FACTURA | IMPORTE (IVA INCLUIDO) | DEPARTAMENTO RESPONSABLE |
PILAR SAIZ ESTRADA AUTOSERVICIO PILAR | TUTA Y RANA SAN JUAN | 25 | 118,70 € | ALCALDÍA |
PILAR SAIZ ESTRADA AUTOSERVICIO PILAR | CARRERA LOS DESFILADEROS | 26 | 188,15 € | ALCALDÍA |
PILAR SAIZ ESTRADA | MATERIAL LIMPIEZA | 27 | 182,50 € | ALCALDÍA |
PILAR SAIZ ESTARDA AUTOSERVICIO PILAR | BOTELLINES DE AGUA | 23 | 5,40 € | ALCALDÍA |
PILAR SAIZ ESTRADA AUTOSERVICIO PILAR | MATERIAL CAFETERA | 28 | 21,15 € | ALCALDÍA |
BIGMAT ISLA MEDINA | MATERIAL | 2024/21/001608 | 1.314,36 € | ALCALDÍA |
IMPRENTA GARCIA, S.A. | ENTRADAS PISCINAS | 440111 | 111,01 € | ALCALDÍA |
ELECTRO CAOR | REVISIÓN PANELES CLORO PISCINAS | 2024/01/01050 | 481,36 € | ALCALDÍA |
GRUPO DE COMUNICACIÓN PROMECAL S.L. | ANUNCIO EXPDTE 1021/23 | PDB06/240097 | 344,85 € | ALCALDÍA |
FARMACIA LDO. FCO DE LUCAS DE ROSE | BOTIQUÍN PISCINAS | 362 | 54,58 € | ALCALDÍA |
ATISAECAL | ITV VEHÍCULO 4305GTN | 1380667503 | 58,06 € | ALCALDÍA |
ALDAMU | MATERIAL | 24010359 | 268,55 € | ALCALDÍA |
ALDAMU | MATERIAL | 24010406 | 167,61 € | ALCALDÍA |
EMILIO MORO MARTÍN | PARTE DE KILOMETRAJE |
| 74,85 € | ALCALDÍA |
TELEFÓNICA EMPRESAS | CONSUMO TELEFÓNICO | 28-G4U1-020233 | 98,01 € | ALCALDÍA |
TELEFÓNICA EMPRESAS | CONSUMPO TELEFÓNICO | 28-G4U1-073090 | 6,23 € | ALCALDÍA |
TELEFÓNICA EMPRESAS | CONSUMO TELEFÓNICO | 28-G4M0-039323 | 39,93 € | ALCALDÍA |
TELEFÓNICA EMPRESAS | CONSUMO TELEFÓNICO | TA74G0062371 | 17,40 € | ALCALDÍA |
TELEFÓNICA EMPRESAS | CONSUMO TELEFÓNICO | TA7AG0062372 | 17,40 € | ALCALDÍA |
TELEFÓNICA EMPRESAS | CONSUMO TELEFÓNICO | TA74G0062368 | 40,00 € | ALCALDÍA |
TELEFÓNICA EMPRESAS | CONSUMO TELEFÓNICO | TA7AG0062374 | 17,40 € | ALCALDÍA |
TELEFÓNICA EMPRESAS | CONSUMO TELEFÓNICO | TA74G0062370 | 17,60 € | ALCALDÍA |
TELEFÓNICA EMPRESAS | CONSUMO TELEFÓNICO | TA74G0062377 | 41,90 € | ALCALDÍA |
TELEFÓNICA EMPRESAS | CONSUMO TELEFÓNICO | TA74G0062376 | 74,40 € | ALCALDÍA |
TELEFÓNICA EMPRESAS | CONSUMO TELEFÓNICO | TA74G0062369 | 74,40 € | ALCALDÍA |
TELEFÓNICA EMPRESAS | CONSUMO TELEFÓNICO | TA74G0062373 | 83,40 € | ALCALDÍA |
TELEFÓNICA EMPRESAS | CONSUMO TELEFÓNICO | TA74G0062375 | 99,40 € | ALCALDÍA |
TELEFÓNICA EMPRESAS | CONSUMO TELEFÓNICO | TA7AG0062367 | 151,88 € | ALCALDÍA |
TELEFÓNICA EMPRESAS | CONSUMO TELEFÓNICO | TA7DM0115500 | 461,62 € | ALCALDÍA |
EINFOMER S.L. | ARREGLOS ORDENADOR | A 12582 | 576,99 € | ALCALDÍA |
JOSE LUIS LLANOS DE VAL EL RINCÓN DEL CONVENTO | ACTUACIONES PROTOCOLARIAS | 240046 | 221,00 € | ALCALDÍA |
CEDER MERINDADES | CUOTA SOCIO |
| 4.314,69 € | ALCALDÍA |
RODRIGUEZ PEREDA HNOS S.C. | TUTA S. IÑIGO | 002004 | 37,15 € | ALCALDÍA |
RODRIGUEZ PEREDA HNOS S.C. | CARRERA LOS DESFILADEROS | 002003 | 110,67 € | ALCALDÍA |
RODRIGUEZ PEREDA HNOS S.C. | TUTA S. JUAN | 002005 | 19,98 € | ALCALDÍA |
RODRIGUEZ PEREDA HNOS S.C. | LIMPIEZA PISCINAS | 002001 | 34,43 € | ALCALDÍA |
RODRIGUEZ PEREDA HNOS S.C. | VARIOS | 002002 | 87,19 € | ALCALDÍA |
ALVARO PLAZA VELA BAR EL LUGAR | TORTILLAS | 2 | 48,00 € | ALCALDÍA |
LUIS ROJO DIEZ CARNICERIA CASI | PRODUCTO CÁRNICO | 21/24 | 97,58 € | ALCALDÍA |
CAMPOMAR SUMINISTROS S.L. | MATERIAL | 2401743 | 189,39 € | ALCALDÍA |
RAFAEL FERNÁNDEZ SANTAMARÍA PANADERÍA RAMÓN | GALLETAS | 24/06/2024 | 65,85 € | ALCALDÍA |
ANGULO OÑA S.L. | GASOIL VEHÍVULOS Y MÁQUINAS | E24/000134 | 317,26 € | ALCALDÍA |
ALKURE GASTEIZ S.L. | VESTUARIO CARRERA LOS DESFILADEROS | 24/421 | 644,66 € | ALCALDÍA |
EVOLK INNOVATION S.L.U. | COPIAS FOTOCOPIADORA | 01-2408786 | 226,79 € | ALCALDÍA |
EUROPE PROFESSIONAL TOOLS S.L. | MATERIAL | A/4717 | 255,55 € | ALCALDÍA |
PROQUIMBUR | PRODUCTOS QUÍMICOS | BR-4542 | 2.478,08 € | ALCALDÍA |
PROQUIMBUR | PRODUCTOS QUÍMICOS | BR-4555 | 2.462,96 € | ALCALDÍA |
DISTRIBUCIONES & BEBIDAS | BEBIDAS CARRERA DESFILADEROS (colaboración en la carrera sin cargo) | 24F0411 | 0,00 € | ALCALDÍA |
FAGONSA SEGURIDAD | MANTENIMIENTO EXTINTORES | FVPCI24/3046 | 1.501,97 € | ALCALDÍA |
RENTOKIL INITIAL | DESRATIZACIÓN ALBERGUE | 101052960 | 261,98 € | ALCALDÍA |
RENTOKIL INITIAL | CONTROL PLAGAS AYTO | 101052961 | 1.024,39 € | ALCALDÍA |
ORONA | MANTENIMIENTO ASCENSOR | 2404226980 | 696,63 € | ALCALDÍA |
Y no habiendo más asuntos de qué tratar, la Presidencia dio por terminado el acto, levantándose la sesión a la hora indicada al inicio, de lo que yo, como Secretario doy fe y reflejo en la presente acta.
Documento firmado digitalmente al margen por el Secretario, D. Emilio Moro Martín, con el Visto Bueno de la Alcaldesa-Presidenta Dª. Belén Paramio Vila.