ACTA

 

 

Expediente número:

Órgano Colegiado:

JGL/2026/006

Junta de Gobierno Local

 

DATOS DE CELEBRACIÓN DE LA SESIÓN

Tipo convocatoria

Ordinaria

Fecha

1 de junio de 2026

Duración

Desde las 9:30 hasta las 10:05 horas.

Lugar

Alcaldía del Ayuntamiento de Oña

Asistentes

Dª. Belén Paramio Vila

D. Alfredo Ojeda García (Primer Teniente de Alcalde)

Dª. Noelia Alonso Abad (Segundo Teniente de Alcalde)

Observaciones

Ninguna

        En el Edificio Consistorial del Ayuntamiento de la Villa de Oña, a la hora y fecha indicadas en el encabezamiento, comparecen los miembros de la Junta de Gobierno,  todos los que arriba se relacionan, con motivo de la celebración de la sesión para la que habían sido previamente convocados. La misma se celebra en la hora indicada previo acuerdo adoptado por dichos miembros.

         Preside el acto la Alcaldesa Dª. Belén Paramio Vila, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Actúa como Secretario el que lo es de la Corporación, con carácter definitivo, D. Emilio Moro Martín, de acuerdo a la Resolución de 27/2/02 de la Dirección General de la Función Pública Local (BOE. de 8/3/02).

        Comprobada por Secretaría la existencia de quórum suficiente a tenor de lo establecido en el artículo 113. c) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las EE. LL., aprobado por R. D. 2568/86 de 28 de noviembre, se pasaron a tratar los asuntos incluidos en el orden del día.

A)  PREVIA

1º.- EXPEDIENTE JGL/2026/005 LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 18 DE MAYO DE 2026.

Preguntados por Presidencia sobre la necesidad de efectuar lectura del acta de la sesión celebrada el día dieciocho de mayo de dos mil veintiséis, manifiestan unánimemente los/as Concejales que no será necesaria al disponerse con anterioridad de una copia de la misma. Seguidamente se procede, en votación ordinaria, a la aprobación del acta por unanimidad de los presentes que asistieron a dicha sesión.

 

B) PARTE RESOLUTORIA

2º.- EXPEDIENTES URBANÍSTICOS.

    Conforme a la delegación efectuada por la Alcaldía, según Decreto de 17 de julio de 2023, se presentan los expedientes urbanísticos informados y pendientes de resolución. Los mismos son tratados a continuación, adoptándose los acuerdos que se reflejan:

* Expediente 452/22 incoado a instancias de I-DE REDES INTELIGENTES S.A.U. para la reforma de línea de alta y media tensión (Calzada de Bureba hasta Barcina de los Montes). Dicho expediente fue tramitado ante la Comisión Territorial de Urbanismo (Servicio Territorial de Movilidad y Transformación Digital) que, con fecha 30/1/24, requiere al promotor la presentación de la documentación que acredite que se ha dado cumplimiento al informe de Medio Ambiente de Burgos. Efectuado requerimiento desde el Ayuntamiento el 31/1/24 (recibida el 2/2/24) no se llegó a presentar la citada documentación. Consecuentemente, con fecha 23/3/26 se acuerda el archivo. No obstante el 21/4/26 se solicita la continuación del expediente remitiendo las siguientes autorizaciones: -Autorización de la Confederación Hidrográfica del Ebro (2022-L-120); -Informe de la Diputación Provincial de Burgos (Vías y Obras 210/2022); – Resolución concesión uso privativo monte 74 del Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León; y Resolución de 7/4/25 sobre informe de impacto ambiental del Delegado Territorial en Burgos de la Junta de Castilla y León. Con fecha 29/4/26 se remite la documentación al Servicio Territorial de Movilidad y Transformación Digital y el 22/5/26 se recibe contestación en la que se señala que el expediente fue archivado sobre la autorización de uso excepcional pero que, a la vista de la documentación aportada estimamos que no precisaría autorización de uso en suelo rústico en la actual redacción de los artículos 25.1.a) y 23.2c) de la Ley de Urbanismo de Castilla y León en relación con el artículo 57 c) del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León. El 27/5/25 se emite informe favorable por el Técnico Municipal. 

  Conforme a los anteriores antecedentes, vistos los informes y por unanimidad de los asistentes, todos los de derecho, se acuerda:

PRIMERO: Dada la documentación aportada así como los escritos presentados el 7/7/25 (2025-E-RE-427) y 21/4/26 /2026-E-RE-272) estimar el recurso interpuesto ante el acuerdo de la Junta de Gobierno de 23/3/26 no procediendo al archivo del expediente.

SEGUNDO: A la vista de la documentación aportada, informes sectoriales así como el escrito del Servicio Territorial de Movilidad y Transformación Digital (Urbanismo) de 22/5/26, conceder la licencia de obras solicitada con sujeción al cumplimiento de las condiciones señaladas por los diferentes organismos que han quedado relacionados.

  Sin el cumplimiento de las condiciones referidas la licencia perderá su eficacia procediéndose a su revocación sin que haya lugar a ningún tipo de indemnización.

TERCERO: Liquidar el ICIO y tasas según las ordenanzas municipales.

CUARTO: Notificar el presente acuerdo al interesado según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.

 

* Expediente 104/25 incoado por denuncia sobre el estado de un edificio en la localidad de La Molina del Portillo de Busto, Carretera Cubilla nº 6 cuyos titular es Dª. Marcela Baldiviezo Gonzales. En el expediente consta el informe técnico en el que se señala que, entre otras actuaciones, se exige las siguientes: -Limpieza del solar y retirada de maleza; -Vallado del solar, conforme a lo establecido en las Normas Urbanísticas Municipales de Oña…los solares no edificados deberán cerrarse con una cerca o pared de material resistente de 2 metros de altura como mínimo, en acabado y colores que se ajusten a las características estéticas de la ordenanza de aplicación. El cerramiento se situará sobre la alineación oficial.

 En el caso de derribo de edificaciones el cerramiento se deberá ejecutar de manera inmediata… Incoado el expediente, con fecha 14/5/25 se presenta, mediante correo electrónico, un escrito en el que, por las circunstancias familiares que expone, solicita un aplazamiento. Posteriormente, el 13/5/26 se presenta un escrito por la interesada al que adjunta fotos sobre el estado del solar. Con fecha 27/5/26 se emite un nuevo informe por el técnico municipal en el que señala que se ha procedido a la limpieza del solar aunque no su cerramiento. No obstante, concluye que procede dar por comunicada la limpieza de la parcela archivar el expedienteDicho cerramiento, en su caso, sería objeto de otro expediente.

    Examinado el mismo, vistos los informes, y por unanimidad de los miembros de derecho, se acuerda:

PRIMERO: Dar por efectuada la limpieza del solar y, sin perjuicio de mantener dicho inmueble en adecuadas condiciones de limpieza, proceder a la resolución del expediente y, consecuentemente, efectuar el archivo del mismo.

SEGUNDO: Notificar el presente acuerdo al interesado según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.

 

* Expediente 354/25 incoado a instancias de D. Fernando Esteban Fontaleche mediante el que presenta declaración responsable para llevar a cabo una obra (Construir porche en patio con estructura de hierro) en una terreno situado en calle Convento 42 de Hermosilla. Con fechas 24/6/25 y 7/8/25, y previa suspensión del expediente, se presenta documentación adicional. El pasado 20/8/25 se emite un nuevo informe por el Técnico Municipal en el que se señala que la solicitud (expediente de legalización) se refiere a una edificación que no cumple con los retranqueos exigidos en las Normas Urbanísticas. A la vista de dichos antecedentes la Junta de Gobierno el 22/9/25 desestima la solicitud de legalización.

  Posteriormente se presenta documentación técnica suscrita por el arquitecto D. Jaime Saiz García junto con una nueva solicitud de licencia (tanto de legalización como de algunas actuaciones complementarias) el 4/5/26 (queda como un nuevo expediente referencia NA-354/25). Examinado el mismo, vistos los informes, y por unanimidad de los miembros de derecho se acuerda:

PRIMERO: Vista la nueva solicitud de legalización presentada el 4/5/26, así como la inclusión de algunas actuaciones complementarias, conforme a la documentación técnica suscrita por el arquitecto D. Jaime Saiz García (firmada el 21/11/25), conceder la licencia solicitada con sujeción a las siguientes condiciones:

-Se cumplirá lo dispuesto en el R. D. 1627/1997, de 24 de octubre, sobre medidas de seguridad y salud.

-Se cumplirá lo dispuesto en el R. D. 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición.

-No se utilizarán los contenedores de recogida de residuos domiciliarios para el depósito de escombros o restos de obra.

  Sin el cumplimiento de cualquiera de las anteriores condiciones la licencia concedida perderá su eficacia pudiendo ser revocada sin que haya lugar a ningún tipo de indemnización.

SEGUNDO: Liquidarle el ICIO y tasas según las ordenanzas municipales.

TERCERO: Notificar el presente acuerdo al interesado/as según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.

 

* Expediente 340/26 incoado a instancias de Dª. Nuria González Orive mediante el que presenta solicitud de licencia (declaración responsable) para realizar limpieza de parcela en el números 7/9 de Travesía de la Iglesia de Cornudilla. Examinado el mismo, vistos los informes, y por unanimidad de los asistentes, los tres miembros de derecho, se acuerda:

PRIMERO: Dar por efectuado el trámite de comunicación para la ejecución de obras (limpieza de parcela) en Travesía La Iglesia nº 7/9 de Cornudilla, con sujeción a las siguientes condiciones:

-Se debe cumplir con la resbaladicidad de las zonas según el DB-SUA: Exigencias básicas de seguridad de utilización y accesibilidad.

-Se cumplirá lo dispuesto en el R. D. 1627/1997, de 24 de octubre, sobre medidas de seguridad y salud.

-Se cumplirá lo dispuesto en el R. D. 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición.

-No se utilizarán los contenedores de recogida de residuos domiciliarios para el depósito de escombros o restos de obra.

  Sin el cumplimiento de cualquiera de las anteriores condiciones no podrán llevarse a cabo las obras objeto de comunicación.

SEGUNDO: Liquidarle el ICIO y tasas según las ordenanzas municipales.

TERCERO: Notificar el presente acuerdo al interesado/a según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.

 

* Expediente 341/26 incoado a instancias de Dª. Mar Fernández Medrano mediante el que se presenta declaración responsable para la ejecución de obras, vallado de finca, calle Torcaz 9 de Hermosilla. Examinado el mismo, vistos los informes, y por unanimidad de los asistentes, los tres miembros de derecho, se acuerda:

PRIMERO: Dar por efectuado el trámite de comunicación para la ejecución de obras declaradas, con sujeción a las siguientes condiciones:

-Se cumplirá lo dispuesto en el R. D. 1627/1997, de 24 de octubre, sobre medidas de seguridad y salud.

-Se cumplirá lo dispuesto en el R. D. 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición.

-No se utilizarán los contenedores de recogida de residuos domiciliarios para el depósito de escombros o restos de obra.

-El cerramiento se ajustará a las normas urbanísticas municipales.

-El portón deberá abrir hacia el interior de la parcela.

-No podrá invadirse en ningún caso terreno público cuya titularidad corresponda a la Junta Vecinal de Hermosilla.

  Sin el cumplimiento de cualquiera de las anteriores condiciones no podrán llevarse a cabo las obras objeto de comunicación.

SEGUNDO: Liquidarle el ICIO y tasas según las ordenanzas municipales.

TERCERO: Notificar el presente acuerdo al interesado/a según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.

 

* Expediente 366/26 incoado a instancias del Presidente de la Excmª. Diputación Provincial de Burgos mediante el que se presenta declaración responsable para la ejecución de obras, acondicionamiento de acceso a sala de caldera con biomasa de la Residencia San Salvador de Oña, según el documento técnico redactado por la Arquitecta Dª. Ana Belén Cabezón Santa Ana. Examinado el mismo, vistos los informes, y por unanimidad de los asistentes, los tres miembros de derecho, se acuerda:

PRIMERO: Dar por efectuado el trámite de comunicación para la ejecución de obras referidas, con sujeción a las siguientes condiciones:

-Se cumplirá lo dispuesto en el R. D. 1627/1997, de 24 de octubre, sobre medidas de seguridad y salud.

-Se cumplirá lo dispuesto en el R. D. 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición.

-No se utilizarán los contenedores de recogida de residuos domiciliarios para el depósito de escombros o restos de obra.

  Sin el cumplimiento de cualquiera de las anteriores condiciones no podrán llevarse a cabo las obras objeto de comunicación.

SEGUNDO: Liquidarle el ICIO y tasas según las ordenanzas municipales.

TERCERO: Notificar el presente acuerdo al interesado/a según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.

 

* Expediente 371/26 incoado a instancias de Dª. Carmen Dos Ramos mediante el que se presenta declaración responsable para la ejecución de obras, raseo y pintado de fachada de un edificio situado en Travesía Río Oca 15 de Hermosilla. Examinado el mismo, vistos los informes, y por unanimidad de los asistentes, los tres miembros de derecho, se acuerda:

PRIMERO: Dar por efectuado el trámite de comunicación para la ejecución de obras referidas, con sujeción a las siguientes condiciones:

-Se cumplirá lo dispuesto en el R. D. 1627/1997, de 24 de octubre, sobre medidas de seguridad y salud.

-Se cumplirá lo dispuesto en el R. D. 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición.

-No se utilizarán los contenedores de recogida de residuos domiciliarios para el depósito de escombros o restos de obra.

-El color a emplear será un color tradicional (ocre/tierra/marrones).

-No se puede colocar gres.

  Sin el cumplimiento de cualquiera de las anteriores condiciones no podrán llevarse a cabo las obras objeto de comunicación.

SEGUNDO: Liquidarle el ICIO y tasas según las ordenanzas municipales.

TERCERO: Notificar el presente acuerdo al interesado/a según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.

 

* Expediente 379/26 incoado a instancias de D. Santiago Saiz Manrique (I-DE Redes Eléctricas Inteligentes) mediante el que se presenta solicitud de licencia para la colocación de un poste de hormigón en calle Río, número 7, de Pino de Bureba. Examinado el mismo, vistos los informes, y por unanimidad de los asistentes, los tres miembros de derecho, se acuerda:

PRIMERO: Conceder la licencia solicitada con sujeción a las siguientes condiciones:

-Se deberá previamente obtener la autorización de la Junta Vecinal de Pino de Bureba.

-El apoyo se instalará en un lugar en el que no suponga un obstáculo para el tráfico peatonal o rodado.

-Se cumplirá lo dispuesto en el R. D. 1627/1997, de 24 de octubre, sobre medidas de seguridad y salud.

-Se cumplirá lo dispuesto en el R. D. 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición.

-No se utilizarán los contenedores de recogida de residuos domiciliarios para el depósito de escombros o restos de obra.

  Sin el cumplimiento de las condiciones referidas la licencia perderá su eficacia procediéndose a su revocación sin que haya lugar a ningún tipo de indemnización.

SEGUNDO: Liquidarle el ICIO y tasas según las ordenanzas municipales.

TERCERO: Notificar el presente acuerdo al interesado/a según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.

 

* Expediente 391/26 incoado a instancias de D. Isidro Serrano Martín mediante el que se presenta declaración responsable para la ejecución de obras, rehabilitación de fachada trasera del edificio situado en Plaza del Ayuntamiento nº 5 de Oña. Examinado el mismo, vistos los informes, y por unanimidad de los asistentes, los tres miembros de derecho, se acuerda:

PRIMERO: Dar por efectuado el trámite de comunicación para la ejecución de obras referidas, con sujeción a las siguientes condiciones:

-Se cumplirá lo dispuesto en el R. D. 1627/1997, de 24 de octubre, sobre medidas de seguridad y salud.

-Se cumplirá lo dispuesto en el R. D. 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición.

-No se utilizarán los contenedores de recogida de residuos domiciliarios para el depósito de escombros o restos de obra.

-El color de la pintura será en un tono no disonante y textura lisa. El tono deberá ser color ocre/tierra/beige, no pudiendo ser blanco.

-En el caso de afectar a la zona de afección de la travesía (N-232) deberá solicitarse la correspondiente autorización.

  Sin el cumplimiento de cualquiera de las anteriores condiciones no podrán llevarse a cabo las obras objeto de comunicación.

SEGUNDO: Liquidarle el ICIO y tasas según las ordenanzas municipales.

TERCERO: Notificar el presente acuerdo al interesado/a según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.

 

* Expediente 399/26 incoado a instancias de D. Jesús María Pérez López mediante el que se presenta declaración responsable para la ejecución de obras, cambio de ventanas, de un edificio situado en calle Agua nº 27 de Oña. Examinado el mismo, vistos los informes, y por unanimidad de los asistentes, los tres miembros de derecho, se acuerda:

PRIMERO: Dar por efectuado el trámite de comunicación para la ejecución de obras referidas, con sujeción a las siguientes condiciones:

-Se cumplirá lo dispuesto en el R. D. 1627/1997, de 24 de octubre, sobre medidas de seguridad y salud.

-Se cumplirá lo dispuesto en el R. D. 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición.

-No se utilizarán los contenedores de recogida de residuos domiciliarios para el depósito de escombros o restos de obra.

-La carpintería no podrá ser de PVC. Será de madera, barnizada, mate o pintada en colores que no imiten madera.

-Los elementos de oscurecimiento solo podrán ser persianas enrollables abiertas.

  Sin el cumplimiento de cualquiera de las anteriores condiciones no podrán llevarse a cabo las obras objeto de comunicación.

SEGUNDO: Liquidarle el ICIO y tasas según las ordenanzas municipales.

TERCERO: Notificar el presente acuerdo al interesado/a según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.

 

* Expediente 411/26 incoado a instancias de D. Antolín Linaje Pérez mediante el que se presenta declaración responsable para la ejecución de obras, colocación de toldo, en una vivienda (2º B) del edificio situado en Calle Torrejón nº 6, de Oña. Examinado el mismo, vistos los informes, y por unanimidad de los asistentes, los tres miembros de derecho, se acuerda:

PRIMERO: Dar por efectuado el trámite de comunicación para la ejecución de obras referidas, con sujeción a las siguientes condiciones:

-Se cumplirá lo dispuesto en el R. D. 1627/1997, de 24 de octubre, sobre medidas de seguridad y salud.

-Se cumplirá lo dispuesto en el R. D. 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición.

-No se utilizarán los contenedores de recogida de residuos domiciliarios para el depósito de escombros o restos de obra.

-El toldo deberá ser móvil y quedará recogido en el mirador.

-Deberá cumplir con las condiciones estéticas: color blanco-marfil u ocre claro. No podrá ser rígido ni de material plástico.

  Sin el cumplimiento de cualquiera de las anteriores condiciones no podrán llevarse a cabo las obras objeto de comunicación.

SEGUNDO: Liquidarle el ICIO y tasas según las ordenanzas municipales.

TERCERO: Notificar el presente acuerdo al interesado/a según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.

 

3º.- SOLICITUDES DIVERSAS (INSTANCIAS, RECURSOS RECLAMACIONES Y COMUNICACIONES).

    De orden de Presidencia, según el Decreto de delegación de competencia de la Alcaldía, de fecha 17 de julio de 2023 y al amparo de lo establecido en el artículo 53.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por R. D. 2568/86 de 28 de noviembre, el Secretario da lectura a las diversas solicitudes, comunicaciones y recursos presentados en este Ayuntamiento. Sobre los mismos se adoptan, en su caso, los acuerdos que se reflejan a continuación:

* Expediente 151/26 incoado de oficio para la organización de la III edición de la “Carrera de los Desfiladeros”. Enterados los/as asistentes y por unanimidad de los mismos, todos los de derecho, se acuerda proceder a la convocatoria y organización de esta III edición.

 

* Expediente 196/26 incoado a instancias de Dª. María Dolores Martínez Fernández mediante el que reclama por unos daños ocasionados a un edificio situado en Travesía la Calleja nº 6 de Castellanos de Bureba adjuntando unas fotografías mediante correo electrónico. En uno de los correos electrónicos señala que el siniestro fue ocasionado por la constructora contratada por el Ayuntamiento que realizó obras en enero de 2026. Con fecha 11/3/26 se emite informe por el Arquitecto Municipal, Director de las obras realizadas en esa localidad, en el que señala que las obras fueron ejecutadas por la empresa Excavaciones Mikel S. L. Por ello, el 12/3/26 se le da traslado a la citada empresa de conformidad con lo establecido en la cláusula novena del pliego de condiciones correspondiente a la citada actuación (expediente 182/25). Posteriormente, el 29/4/26, se recibe escrito de la citada empresa descartando que dichos daños pudieran ser producidos durante la ejecución de las obras contratadas con esa empresa (obra denominada “Ejecución de canalización de abastecimiento en Castellanos de Bureba”). El 27/5/26 se emite un nuevo informe del Arquitecto Municipal, Director de las obras, en el que se señala que como Director de la obra no se detectó ninguno de los daños señalados durante la ejecución de la misma. No obstante, se indica que el supuesto daño se habría realizado por parte de una empresa, Excavaciones Mikel S.L., con lo cual la reclamante se deberá dirigir a la citada empresa.

 Enterados los/as asistentes, todos los de derecho, y por unanimidad, se acuerda:

PRIMERO: Dado que en el supuesto de producirse los daños señalados por la reclamante estos serían debidos, en su caso, a la actuación del contratista, empresa Excavaciones Mikel S.L., comunicar al/la interesado que no procederá la admisión de la reclamación presentada ante este Ayuntamiento dado que, como se recoge en el artículo 196 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Públicos, así como en la cláusula novena del pliego de condiciones que sirvió de base para la contratación de la obra referida, “El contrato se efectuará a riesgo y ventura para el contratista, siendo este además el responsable de los daños y perjuicios que se causen a terceros durante la ejecución del mismo…”

SEGUNDO: Notificar el presente acuerdo a los interesados según lo establecido en la Ley 39/2016, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

* Expediente 367/26 incoado a instancias de D. Santiago Gálvez Rodríguez mediante el que solicita la devolución de una fianza por el uso del albergue. Examinado el mismo y visto el informe del encargado del albergue se acuerda, por unanimidad de los miembros de derecho, proceder a su devolución (80,00 euros).

* Expediente 410/26 incoado mediante escrito del Registro de la Propiedad de Briviesca referido a la inscripción de un inmueble en Terminón, Plaza Mayor nº 1. Los/as Concejales asistentes, todos los de derecho, se dan por enterados.

* Expediente 413/26 incoado a instancias de D. Hugo Martínez Fernández mediante el que solicita la reparación de una boca de incendios y la puerta del pabellón de bomberos. Examinado el mismo y por unanimidad de los miembros de derecho, se acuerda proceder a su reparación.

* Expediente 416/26 incoado para la modificación de la jornada laboral de las trabajadoras de la guardería municipal. Por la Presidencia se informa de que según lo demandado por dichas trabajadoras ante el número de niños/as inscritos, se ha procedido a la ampliación de la jornada laboral en una hora diaria a cada una de las trabajadoras durante los meses de junio y julio. Los/as Concejales asistentes, todos los de derecho, se dan por enterados.

* Expediente 418/26 incoado a instancias de Dª. Mª. Cormenzana Ruiz Capillas mediante el que solicita la reparación de un agujero que se ha producido en la acera a la altura del edificio situado en calle Agua nº. 38 de Oña. Examinado el mismo y por unanimidad de los miembros de derecho, se acuerda cursar las órdenes para proceder a su reparación.

* Expediente 422/26 incoado por escrito enviado por Ovapiscis S.A. mediante el que comunica la realización de una jornada de puertas abiertas de la piscifactoría el 18/6/26. Los/as Concejales asistentes, todos los de derecho, se dan por enterados.

 

* Expediente 425/26 incoado de oficio para la convocatoria del procedimiento público y abierto destinado a la adjudicación de la explotación del quiosco-bar existente en las piscinas municipales. Enterados los/as asistentes, y por unanimidad de los miembros de derecho, se acuerda la aprobación de los pliegos de condiciones económico-administrativos elaborados y proceder a su convocatoria a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público. 

 

* Expediente 427/26 incoado mediante escrito del Registro de la Propiedad de Briviesca por el que se comunica la declaración de obra nueva (vivienda) en Pino de Bureba, diseminado número 4. Los/as Concejales asistentes, todos los de derecho, se dan por enterados.

 

4º.- CONTRATACIONES, ORDENACIONES Y APROBACIONES DE PAGOS.

  Conforme a la delegación efectuada por la Alcaldía, según Decreto de 17 de julio de 2023, y referida a la contratación, ordenación de pagos y aprobación de facturas que no excedan del 10 % de los recursos ordinarios del presupuesto en vigor, se procede a tratar los/las que se indican recogiendo los acuerdos que también se detallan a continuación.

  Con carácter previo y según ya se informó por Secretaría-Intervención en la anterior legislatura, respecto a las exigencias derivadas de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el presente punto se estructura teniendo en cuenta los expedientes de contratación (distinguiendo cuales son de carácter menor), las facturas derivadas de dichos expedientes, y los presupuestos o facturas sin expediente previo. También se informa de los nuevos límites y requisitos de los contratos menores, y la no tipificación como menores de los contratos de servicios que exceden de una anualidad así como los referidos a los suministros habituales. A continuación, se procede al examen de los expedientes de gastos y facturas. Tanto los compromisos de gastos como las facturas, son aprobados por unanimidad de los asistentes.

4.1. EXPEDIENTES DE CONTRATACIÓN:

4.1.1. CARÁCTER MENOR (artículo 118, Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratación del Sector Público)

EXP.

ADJUDICATARIO

OBJETO

SEGÚN PRESUPUESTOS

OBSERVACIONES

IMPORTE ADJUDICACIÓN  (IVA INCLUIDO)

CODIGO PRESUPUESTARIO

DEPARTAMENTO RESPONSABLE

 

Ninguno

 

 

 

 

 

4.1.2. EXCEDEN DE LOS LÍMITES del artículo 118.

EXP.

ADJUDICATARIO

OBJETO

DURACION

IMPORTE ADJUDICACIÓN  (IVA INCLUIDO)

CODIGO PRESUPUESTARIO

DEPARTAMENTO RESPONSABLE

 

Ninguno

 

 

 

 

 

4.2. FACTURAS DERIVADAS DE EXPEDIENTES DE CONTRATACIÓN.

EXP.

 

ADJUDICATARIO

OBJETO

Nº FACTURA

IMPORTE

ADJUDICACIÓN

(IVA INCLUÍDO)

DEPARTAMENTO

RESPONSABLE

355/26

EVOLK INNOVATION SLU

FRA ADQUISICIÓN DE IMPRESORA

01-2610753

5.179,10€

ALCALDÍA

161/26

CONSTRUCCIONES OJEMBARRENA S.L.

FRA OBRAS DESPLAZAMIENTO DEPÓSITO COLEGIO

2026/175

7.176,33€

ALCALDÍA

149/26

CONSTRUCCIONES OJEMBARRENA S.L.

FRA REPARACIÓN ALBERGUE

2026/173

7.973,90€

ALCALDÍA

194/26

CONSTRUCCIONES OJEMBARRENA S.L.

FRA REPARACIONES FUGA COLEGIO

2026/174

8.136,24€

ALCALDÍA

 

4.3. FACTURAS Y PRESUPUESTOS SIN EXPEDIENTE PREVIO.

4.3.1. PRESUPUESTOS.

PROVEEDOR

OBJETO

Nº PRESUP.

IMPORTE

 (IVA INCLUIDO)

DEPARTAMENTO RESPONSABLE

MOHAMED AKHAZZAN ALLOUL

TRABAJOS DE DESBROCE

E-RC-1183

5.227,20€

ALCALDÍA

 

4.3.2. FACTURAS.

PROVEEDOR

OBJETO

Nº FACTURA

IMPORTE

(IVA INCLUIDO)

DEPARTAMENTO RESPONSABLE

EVOLK INNOVATION SLU

FRA SERVICIOS PRESTADOS

01-2610252

161,76€

ALCALDÍA

FERNANDO VELASCO ORTIZ

FRA SERVICIO PRESTADO

26/216

336,26€

ALCALDÍA

GAMMA ALDAMU

FRA PRODUCTOS DIVERSOS

260100358

238,35€

ALCALDÍA

AMAQ ALQUILERES

FRA ARREGLO MANITOU

RE26000447

831,50€

ALCALDÍA

GRAFOTEC ARLANZÓN S.L.

FRA PRODUCTOS DIVERSOS

26/807

85,79€

ALCALDÍA

GASOLEOS OÑA S.L.

FRA CALEFACCION AYUNTAMIENTO

00226/2026

2.120,88€

ALCALDÍA

CAMPSA ESTACIONES DE SERVICIO S.A

FRA COMBUSTIBLE VEHÍCULO

096170/4/26/000718

134,44€

ALCALDÍA

TELEFONICA EMPRESAS

FRA CONSUMO TELEFÓNICO

TA7JS0140957

17,40€

ALCALDÍA

TELEFONICA EMPRESAS

FRA CONSUMO TELEFÓNICO

TA7JS0140958

17,40€

ALCALDÍA

TELEFONICA EMPRESAS

FRA CONSUMO TELEFÓNICO

TA7JS0140959

17,40€

ALCALDÍA

TELEFONICA EMPRESAS

FRA CONSUMO TELEFÓNICO

TA7JS0140960

87,62€

ALCALDÍA

TELEFONICA EMPRESAS

FRA CONSUMO TELEFÓNICO

TA7JS0140961

17,40€

ALCALDÍA

TELEFONICA EMPRESAS

FRA CONSUMO TELEFÓNICO

TA7JS0140962

585,02€

ALCALDÍA

TELEFONICA EMPRESAS

FRA CONSUMO TELEFÓNICO

TA7JS0140967

31,70€

ALCALDÍA

TELEFONICA EMPRESAS

FRA CONSUMO TELEFÓNICO

TA7ME0143609

88,40€

ALCALDÍA

TELEFONICA EMPRESAS

FRA CONSUMO TELEFÓNICO

TA7ME0143606

17,40€

ALCALDÍA

TELEFONICA EMPRESAS

FRA CONSUMO TELEFÓNICO

TA7ME0143616

25,17€

ALCALDÍA

TELEFONICA EMPRESAS

FRA CONSUMO TELEFÓNICO

TA7ME0143610

17,40€

ALCALDÍA

TELEFONICA EMPRESAS

FRA CONSUMO TELEFÓNICO

TA7ME0143608

17,40€

ALCALDÍA

TELEFONICA EMPRESAS

FRA CONSUMO TELEFÓNICO

TA7ME0143607

17,40€

ALCALDÍA

TELEFONICA EMPRESAS

FRA CONSUMO TELEFÓNICO

TA7ME0143611

595,56€

ALCALDÍA

TELEFONICA EMPRESAS

FRA CONSUMO TELEFÓNICO

TA7ME0143613

79,40€

ALCALDÍA

TELEFONICA EMPRESAS

FRA CONSUMO TELEFÓNICO

TA7ME0143604

40,00€

ALCALDÍA

TELEFONICA EMPRESAS

FRA CONSUMO TELEFÓNICO

TA7ME0143605

79,40€

ALCALDÍA

TELEFONICA EMPRESAS

FRA CONSUMO TELEFÓNICO

TA7ME0143612

104,40€

ALCALDÍA

TELEFONICA EMPRESAS

FRA CONSUMO TELEFÓNICO

TA7ME0143614

83,40€

ALCALDÍA

TELEFONICA EMPRESAS

FRA CONSUMO TELEFÓNICO

TA7ME0143615

36,18€

ALCALDÍA

TELEFONICA EMPRESAS

FRA CONSUMO TELEFÓNICO

TA7ME0143617

36,18€

ALCALDÍA

TELEFONICA EMPRESAS

FRA CONSUMO TELEFÓNICO

TA7ME0143603

255,92€

ALCALDÍA

GRUPO DE COMUNICACIÓN PROMECAL S.L.

FRA FESTIVAL MAGIA

PDB04/260074

423,50€

ALCALDÍA

MANCOMUNIDAD RAICES DE CASTILLA

APORTACIÓN CUOTA ÈXTRAORDINARIA

E-RC-1189

2.000€

ALCALDÍA

 

 

 

C) PARTICIPACIÓN Y ASISTENCIA

5º.- RUEGOS, PROPUESTAS Y PREGUNTAS.

      Por la Presidencia y dentro de las funciones de asistencia de este órgano, cede la palabra a los/as Concejales para que presenten las propuestas, formulen ruegos, preguntas  etc. que estimen pertinentes.

    Cedido el turno no se realiza ninguna intervención.

   Y no habiendo más asuntos de qué tratar, la Presidencia dio por terminado el acto, levantándose la sesión a la hora indicada al inicio, de lo que yo, como Secretario doy fe y reflejo en la presente acta.

     Documento firmado digitalmente al margen por el Secretario, D. Emilio Moro Martín, con el Visto Bueno de la Alcaldesa-Presidenta Dª. Belén Paramio Vila.

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