DATOS DE CELEBRACIÓN DE LA SESIÓN | |
Tipo convocatoria | Extraordinaria. |
Fecha | 11 de diciembre de 2025 |
Duración | Desde las 13:30 hasta las 14:00 horas |
Lugar | Sala de reuniones del Ayuntamiento de Oña. Sede de la Mancomunidad. Oña (Burgos). |
Asisten: | Dª. Belén Paramio Vila (Presidenta) D. Martín Díez del Hoyo (Vicepresidente) D. Anastasio Ortiz Gómez D. José Antonio Martínez Castro Dª. Mª. Humildad Aliende Gandía D. José Carlos Alonso Aguirre |
No asisten: | D. José Alonso Arnaez D. Joaquín Garmilla Ebro D. Carlos Manuel Mato del Hoyo D. Rubén Saiz Saiz D. José Luis Ruiz García D. Miguel Ángel García Alonso |
Observaciones: | Pendiente el nombramiento del Ayuntamiento de Rublacedo de Abajo. |
En la Villa de Oña, sede de la Mancomunidad, siendo la hora y fecha indicadas en el encabezamiento, en primera convocatoria, reunidos en la sala de reuniones de la Casa Consistorial, comparecen los/las Concejales arriba señalados/as al objeto de celebrar la sesión de la Asamblea para la que habían sido previamente convocados/as, según lo preceptuado en el 82 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las EE. LL., aprobado por R. D. 2568/86, de 28 de noviembre, así como lo establecido en los propios estatutos de la entidad.
Ostenta la Presidencia Dª. Belén Paramio Vila, según la elección efectuada por la Asamblea el 4/9/23 y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Como Secretario actúa el que desempeña la Secretaría-Intervención de la misma, D. Emilio Moro Martín.
Declarado abierto el acto y previa comprobación por parte de Secretaría de la existencia de quórum según lo establecido en el artículo 90 del ROF y artículo 11 de los Estatutos, se pasaron a tratar los asuntos incluidos en el orden del día.
A) PREVIA |
1º.- EXPEDIENTE ASAM/2024/003. LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA EL DÍA 27 DE OCTUBRE DE 2025. Preguntados por la Presidencia sobre la necesidad de efectuar lectura al acta de la sesión celebrada el veintisiete de octubre de dos mil veinticinco, manifiestan los/las Vocales/Concejales unánimemente que puede prescindirse de dicha lectura al haber sido entregada una copia de la misma junto con la convocatoria de la presente. Seguidamente, se procede, con carácter ordinario, a la votación sobre dicho acta, resultando aprobada por unanimidad de los asistentes de los que estuvieron presentes en la citada sesión. |
B) DAR CUENTA |
2º.- ESTADÍSTICA. EXPEDIENTE 28/25. PMP 3T/25. Según lo ordenado por la Presidencia, por el Secretario-Interventor se da cuenta del cumplimiento de la obligación derivada de la aplicación de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera así como de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, respecto al cumplimento del periodo de pago en el tercer trimestre de 2025. De esta forma se ha procedido a la presentación de los datos en la plataforma habilitada por el Ministerio. Efectuada la misma, se verifica el grado de cumplimiento de dicho compromiso. Los/as asistentes a la Asamblea, seis de los trece de derecho, se dan por enterados. 3º.- ESTADÍSTICA. EXPEDIENTE 29/25. EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA 3T/25. Por el Secretario-Interventor, y de acuerdo a lo ordenado por la Presidencia, se da cuenta del cumplimiento de la obligación establecida en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, respecto a la comunicación de datos sobre la ejecución presupuestaria en el tercer trimestre de 2025. De esta forma, según se recoge en la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre se ha procedido a la presentación de los datos en la plataforma habilitada por el Ministerio. Los/as asistentes a la Asamblea, seis de los trece de derecho, se dan por enterados. |
C. PARTE RESOLUTORIA |
4º.- APROBACIÓN DE FACTURAS. De orden de Presidencia, el Secretario da lectura de las últimas facturas presentadas. Las mismas se encuentran ya conformadas y ordenados los correspondientes pagos por la Presidencia al tratarse de importes que no exceden el 10 % de los recursos ordinarios del presupuesto: Proveedor nº factura importe objeto . Angulo Oña S. L. E25/000292 1.181,80 Combustible vehículos Wurth España S. A. 6928 467,37 Aceite hidráulico Vitaly S. L. 05236 385,56 Servicios prevención Campomar suministros SL 03066 42,96 Material/vestuario Campomar suministros SL 02453 37,39 Material MYBUR Asesores SL 802 410,19 Laboral Movistar 050369 27,83 Gastos teléfonos Movistar 035506 40,86 Gastos teléfonos Movistar 050510 27,83 Gastos teléfonos Movistar 035745 40,86 Gastos teléfonos Movistar 077183 12,54 Gastos teléfonos Expuesto el contenido de las mismas, por los Vocales asistentes, seis de los trece de derecho, se dan por enterados/as, mostrando su conformidad con la aprobación de las mismas.
5º.- EXPEDIENTE 32/25. SOLICITUD PROLONGACIÓN VIDA LABORAL DEL TRABAJADOR (CONDUCTOR) D. JUAN CARLOS RUIZ GARCÍA. De orden de la Presidencia, por el Secretario se da cuenta del escrito presentado por el trabajador de esta Mancomunidad, conductor, D. Juan Carlos Ruiz García. En el citado escrito, registrado el 5/11/25, manifiesta su interés en prolongar el servicio activo durante dos años más a partir del 22/1/26, fecha en la que cumple la edad mínima de jubilación. Enterados los/as asistentes, por Secretaría-intervención se informa de lo establecido en el artículo 67 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, así como de diversa jurisprudencia en la que se recoge que el citado derecho a la prolongación del servicio activo es considerado un derecho subjetivo pero condicionado a las necesidades organizativas de la Administración aunque dicha previsión será solo aplicable al personal funcionario. También se informa de que conforme a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, existirá para el personal laboral la posibilidad de no acceder a la jubilación cuando el trabajador alcance la edad mínima (65 años) si bien este derecho vendrá supeditado al tipo de contrato, en este caso de carácter temporal por sustitución. Enterados los/as asistentes, seis de los trece de derecho, y considerando la situación actual de la Mancomunidad, las necesidades de prestación de los servicios y el periodo de tiempo al que quiere prolongar el trabajador el servicio activo, se acuerda: PRIMERO: Comunicar al trabajador de esta Mancomunidad D. Juan Carlos Ruiz García que dada la posibilidad de proceder a la no jubilación en la edad mínima, se mantendrá dicha relación laboral sin perjuicio del carácter temporal de contrato, sustitución, y su supeditación a la cobertura de la plaza mediante el correspondiente procedimiento de selección. SEGUNDO: Sin perjuicio de lo anterior, y dado que según lo comunicado por el trabajador este pretenderá acceder a la jubilación el 22/1/2028, tramitar previamente el procedimiento conforme a lo establecido texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre para la cobertura del puesto (conductor 1) mediante el oportuno procedimiento público conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad. En el caso de cobertura de la plaza, conforme al correspondiente procedimiento de selección, y con anterioridad a dicha fecha (22/1/2028), se dará por finalizado el contrato laboral por sustitución. |
Y no habiendo más asuntos de qué tratar, el Presidente dio por finalizado el acto, levantándose la sesión a la hora indicada en el encabezamiento, de lo que yo, como Secretario, doy fe y reflejo en la presente acta.
Documento firmado digitalmente en sus márgenes por el Secretario, D. Emilio Moro Martín, con el Visto Bueno de la Presidenta Dª. Belén Paramio Vila.