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ACTA
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Expediente número: | Órgano Colegiado: |
JGL/2026/004 | Junta de Gobierno Local |
DATOS DE CELEBRACIÓN DE LA SESIÓN | |
Tipo convocatoria | Extraordinaria |
Fecha | 16 de abril de 2026 |
Duración | Desde las 15:00 hasta las 16:00 horas. |
Lugar | Alcaldía del Ayuntamiento de Oña |
Asistentes | Dª. Belén Paramio Vila D. Alfredo Ojeda García (Primer Teniente de Alcalde) Dª. Noelia Alonso Abad (Segundo Teniente de Alcalde) |
Observaciones | Ninguna |
En el Edificio Consistorial del Ayuntamiento de la Villa de Oña, a la hora y fecha indicadas en el encabezamiento, comparecen los miembros de la Junta de Gobierno, todos los que arriba se relacionan, con motivo de la celebración de la sesión para la que habían sido previamente convocados. La misma se celebra en la hora indicada previo acuerdo adoptado por dichos miembros.
Preside el acto la Alcaldesa Dª. Belén Paramio Vila, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Actúa como Secretario el que lo es de la Corporación, con carácter definitivo, D. Emilio Moro Martín, de acuerdo a la Resolución de 27/2/02 de la Dirección General de la Función Pública Local (BOE. de 8/3/02).
Comprobada por Secretaría la existencia de quórum suficiente a tenor de lo establecido en el artículo 113. c) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las EE. LL., aprobado por R. D. 2568/86 de 28 de noviembre, se pasaron a tratar los asuntos incluidos en el orden del día.
A) PREVIA |
1º.- EXPEDIENTE JGL/2026/003 LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 23 DE MARZO DE 2026.
Preguntados por Presidencia sobre la necesidad de efectuar lectura del acta de la sesión celebrada el día nueve de febrero de dos mil veintiséis, manifiestan unánimemente los/as Concejales que no será necesaria al disponerse con anterioridad de una copia de la misma. Seguidamente se procede, en votación ordinaria, a la aprobación del acta por unanimidad de los presentes que asistieron a dicha sesión. No obstante, se incluye en la aprobación la rectificación del error producido en el expediente 212/26 en el que se recoge que la actuación a realizar es en calle Maza 6 de Oña cuando debe decir en calle Ronda 46.
B) PARTE RESOLUTORIA |
2º.- EXPEDIENTES URBANÍSTICOS.
Conforme a la delegación efectuada por la Alcaldía, según Decreto de 17 de julio de 2023, se presentan los expedientes urbanísticos informados y pendientes de resolución. Los mismos son tratados a continuación, adoptándose los acuerdos que se reflejan:
* Expediente 218/26 incoado para la ejecución de obras de carácter menor en camino de Tamayo de Oña por Dª. Noelia Alonso Abad. Dada la condición de Teniente de Alcalde, con fecha 10/4/26 fue tomada en consideración dicha comunicación y aprobada la liquidación por Decreto de la Alcaldía. Los/as Concejales asistentes, todos los de derecho, se dan por enterados.
* Expediente 223/26 incoado a instancias de Dª. Begoña Arnedo Acebo mediante el que se presenta declaración responsable para la ejecución de obras (cambio de ventanas) de un edificio sito en calle Barruso de Oña. Examinado el mismo, vistos los informes, y por unanimidad de los asistentes, los tres miembros de derecho, se acuerda:
PRIMERO: Dar por efectuado el trámite de comunicación para la ejecución de las obras declaradas (cambio de ventanas) en edificio situado en calle Barruso de Oña, con sujeción a las siguientes condiciones:
-La carpintería deberá ser de madera, barnizada mate o pintada en colores que no imiten la madera.
-Los elementos de oscurecimiento sólo podrán ser persianas enrollables abiertas.
-Se cumplirá lo dispuesto en el R. D. 1627/1997, de 24 de octubre, sobre medidas de seguridad y salud.
-Se cumplirá lo dispuesto en el R. D. 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición.
-No se utilizarán los contenedores de recogida de residuos domiciliarios para el depósito de escombros o restos de obra.
SEGUNDO: Liquidarle el ICIO y tasas según las ordenanzas municipales.
TERCERO: Notificar el presente acuerdo al interesado/a según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.
* Expediente 224/26 incoado a instancias de D. Juan Arnaiz Gómez mediante el que se presenta declaración responsable para la ejecución de obras (tejavana) de una finca situada en Carretera de Oña 40 de Barcina de los Montes. Examinado el mismo, vistos los informes, y por unanimidad de los asistentes, los tres miembros de derecho, se acuerda:
PRIMERO: Dar por efectuado el trámite de comunicación para la ejecución de las obras declaradas (tejavana) en Barcina de los Montes, con sujeción a las siguientes condiciones:
-El portón abrirá hacia el interior de la parcela, no invadiendo espacio público.
-Se cumplirá lo dispuesto en el R. D. 1627/1997, de 24 de octubre, sobre medidas de seguridad y salud.
-Se cumplirá lo dispuesto en el R. D. 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición.
-No se utilizarán los contenedores de recogida de residuos domiciliarios para el depósito de escombros o restos de obra.
SEGUNDO: Liquidarle el ICIO y tasas según las ordenanzas municipales.
TERCERO: Notificar el presente acuerdo al interesado/a según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.
* Expediente 225/26 incoado a instancias de D. Aníbal Cortés Fernández mediante el que se presenta declaración responsable para la ejecución de obras (cambio de bañera por ducha y otras obras interiores) de una vivienda sita en calle Barruso 20 de Oña. Examinado el mismo, vistos los informes, y por unanimidad de los asistentes, los tres miembros de derecho, se acuerda:
PRIMERO: Dar por efectuado el trámite de comunicación para la ejecución de las obras declaradas (cambio de bañera por ducha y otras obras interiores) en edificio situado en calle Barruso 20 de Oña, con sujeción a las siguientes condiciones:
-Se cumplirá lo dispuesto en el R. D. 1627/1997, de 24 de octubre, sobre medidas de seguridad y salud.
-Se cumplirá lo dispuesto en el R. D. 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición.
-No se utilizarán los contenedores de recogida de residuos domiciliarios para el depósito de escombros o restos de obra.
SEGUNDO: Liquidarle el ICIO y tasas según las ordenanzas municipales.
TERCERO: Notificar el presente acuerdo al interesado/a según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.
* Expediente 239/26 incoado a instancias de Dª. Mónica Ruiz Núñez mediante el que presenta declaración responsable (comunicación junto con memoria ambiental) de una actividad ganadera, corral doméstico (1 oveja), en La Parte de Bureba, calle Medina 4, referencia catastral 8453902VN6285S0001KG. Examinado el mismo, vistos los informes, y según lo establecido en el anexo III del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la de Prevención Ambiental de Castilla y León, se acuerda, por unanimidad de los miembros de derecho:
PRIMERO: Dar por efectuado del trámite de comunicación establecido en la normativa referida respecto a la comunicación efectuada (instalación/corral ovina), recordando al/la solicitante que el trámite realizado estará sujeto al cumplimiento de las siguientes condiciones:
- a) No superar el número de animales referido (1 oveja).
- b) Ubicar la instalación en el lugar indicado debiendo estar debidamente cercado para impedir su invasión y no ocasionar molestias a las viviendas próximas.
- c) Mantener en adecuadas condiciones higiénico-sanitarias la instalación.
- d) Cumplir los compromisos asumidos en la memoria presentada.
- e) Adoptar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de los límites de los niveles sonoros. Se recuerda que conforme a la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León, artículo 39 “Los propietarios de animales domésticos adoptarán las precauciones necesarias en relación a los mismos para garantizar el cumplimiento de los valores límites de valores sonoros establecidos en esta Ley.”
- f) En el caso de que se vaya a realizar obras se deberá realizar la correspondiente solicitud de licencia o declaración responsable según el tipo de actuación.
- g) Las explotaciones de autoconsumo deberán identificar a un veterinario de referencia al que recurrir
en el caso de aparición de problemas sanitarios concretos.
- h) Se garantizará el bienestar animal de acuerdo con los términos establecidos en la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.
El incumplimiento de dichas condiciones dejará sin efecto el trámite de comunicación realizado, pudiendo dar lugar a la incoación del oportuno expediente de clausura sobre la actividad.
SEGUNDO: Liquidarle las tasas según la ordenanza municipal.
TERCERO: Notificar el presente acuerdo al interesado/a según lo establecido en la Ley 39/15, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.
* Expediente 240/26 incoado a instancias de Dª. Mónica Ruiz Núñez mediante el que presenta declaración responsable, comunicación de una actividad ganadera, corral doméstico (15 gallinas, sin superar los 20 con sus crías), en La Parte de Bureba, que actualmente se encuentran en Travesía de las Escuelas 13 de La Parte de Bureba (expediente 425/19) y que ahora se comunica su traslado a calle Medina 12, referencia catastral 8453906VN6285S0001IG. Examinado el mismo, vistos los informes, y según lo establecido en el anexo III del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la de Prevención Ambiental de Castilla y León, se acuerda, por unanimidad de los miembros de derecho:
PRIMERO: Dar por efectuado del trámite de comunicación establecido en la normativa referida respecto a la comunicación efectuada (15 gallinas, sin superar las 20 con sus crías), recordando al/la solicitante que el trámite realizado estará sujeto al cumplimiento de las siguientes condiciones:
- a) No superar el número de animales referido (15 gallinas, sin superar las 20 con sus crías).
- b) Ubicar la instalación en el lugar indicado debiendo estar debidamente cercado para impedir su invasión y no ocasionar molestias a las viviendas próximas.
- c) Mantener en adecuadas condiciones higiénico-sanitarias la instalación.
- d) Cumplir los compromisos asumidos en la memoria presentada.
- e) Adoptar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de los límites de los niveles sonoros. Se recuerda que conforme a la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León, artículo 39 “Los propietarios de animales domésticos adoptarán las precauciones necesarias en relación a los mismos para garantizar el cumplimiento de los valores límites de valores sonoros establecidos en esta Ley.”
- f) En el caso de que se vaya a realizar obras se deberá realizar la correspondiente solicitud de licencia o declaración responsable según el tipo de actuación.
- g) Las explotaciones de autoconsumo deberán identificar a un veterinario de referencia al que recurrir en el caso de aparición de problemas sanitarios concretos.
- h) Se garantizará el bienestar animal de acuerdo con los términos establecidos en la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.
El incumplimiento de dichas condiciones dejará sin efecto el trámite de comunicación realizado, pudiendo dar lugar a la incoación del oportuno expediente de clausura sobre la actividad.
SEGUNDO: Liquidarle las tasas según la ordenanza municipal.
TERCERO: Notificar el presente acuerdo al interesado/a según lo establecido en la Ley 39/15, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.
* Expediente 249/26 incoado a instancias de D. Rafael Fernández Santamaría mediante el que presenta solicitud licencia para llevar a cabo una obra (sustitución de depósito de gasoil por otro de gas) en un terreno que anteriormente era de su propiedad y que pasó a ser parte del vial de cesión obligatoria en calle Burruso de Oña, junto a la instalación de panadería. Examinado el mismo, vistos los informes, y por unanimidad de los miembros de derecho se acuerda:
PRIMERO: Dada la existencia del depósito, comunicar al interesado que podrá concederse la licencia municipal para el cambio del mismo, si bien, con carácter previo deberá presentar un proyecto técnico en el que se acredite el cumplimiento de las condiciones de seguridad impuestas por la normativa sectorial sobre este tipo de instalaciones, se asegure también en dicho documento la capacidad portante del viario y el paso por encima de vehículos, y se garantice la reposición del pavimento.
SEGUNDO: Notificar el presente acuerdo al interesado/as según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.
* Expediente 255/26 incoado a instancias de D. Jesús García Martínez para proceder a la ejecución de obras (instalación fotovoltaica de autoconsumo) en una parcela sita en caminos Los Llanos 9 de Oña, referencia catastral 6017605VN6361N0001AT según la documentación técnica presentada por Electricidad y Domótica S. L. Examinado el mismo, vistos los informes, y por unanimidad de los asistentes, los tres miembros de derecho, se acuerda:
PRIMERO: Dar por efectuado el trámite de comunicación respecto a las obras referidas.
SEGUNDO: Sin perjuicio de la comprobación posterior, se recuerdan las condiciones que deberán cumplirse durante la ejecución de las obras:
-La instalación y los paneles deberán cumplir con el retranqueo obligatorio de 3 metros a todos los linderos de la parcela.
-Cumplimiento del R. D. 1627/97, de 24 de octubre, sobre medidas de seguridad y salud.
-Cumplimiento del R. D. 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición.
-No se depositarán residuos de obras en los contenedores de recogida de residuos sólidos ni se realizarán vertidos por lo sumideros y canalizaciones de saneamiento.
Se significa que, sin el cumplimiento de las condiciones referidas, no podrán llevarse a cabo las obras objeto de comunicación.
TERCERO: Liquidarle el ICIO y tasas según las ordenanzas municipales.
CUARTO: Notificar el presente acuerdo al interesado/a según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.
* Expediente 260/26 incoado a instancias de D. Eduardo Martínez Hoz mediante el que se solicita autorización para la segregación de una parcela en Terminón, calle Capitán Rueda 8 según el documento técnico redactado por la Arquitecto T. Dª. Lourdes Moreno Redondo. Examinado el mismo, vistos los informes y por unanimidad de los asistentes, todos los de derecho, se acuerda:
PRIMERO: Aprobar la licencia de segregación según el documento referido. Se trascribe a continuación la finca matriz así como las fincas resultantes:
- a) FINCA MATRIZ: El inmueble situado en la calle Capitán Rueda nº 8 en Terminón, está situada en el casco urbano consolidado del pueblo, tal y como se puede apreciar en los planos P01: SITUACIÓN Y EMPLAZAMIENTO Y P02: SITUACIÓN. CLASIFICACIÓN DEL SUELO.
En la Dirección General del Catastro figura la dirección como Calle Real nº 8 y 10, aunque la dirección postal actual es Calle Capitán Rueda nº 8.
Se encuentra en suelo urbano consolidado, de acuerdo con la normativa municipal vigente.
La parcela tiene una superficie de 623,44 m² y se encuentra perfectamente delimitada y vallada. La parcela está compuesta por 2 edificios y un patio abierto.
A continuación, se describen las características principales de las construcciones según catastro:
- Edificio principal: consta de 2 plantas más bajocubierta, con uso residencial y hotelero, con 140 m² por planta. Es un edificio exento, situado a 2 metros del límite con la parcela urbana noroeste.
- Construcción de aparcamientos: edificio de una sola planta, con una superficie de 105 m².
- Resto de parcela: patio abierto.
El acceso se realiza desde la calle Capitán Rueda, disponiendo de los siguientes elementos:
- Puerta de acceso directo al edificio con uso aparcamiento según catastro.
- Un portón metálico abatible de 3,50 m de ancho que da acceso al patio. A la derecha se encuentra el edificio de uso aparcamiento.
- Un acceso peatonal al jardín, situada a la derecha del edificio residencial, con puerta metálica de doble hoja y dintel de piedra en forma de arco de medio punto.
- Acceso directo al edificio residencial.
- Una cancela situada a la izquierda del edificio residencial, que permite el acceso al patio por un lateral.
La parcela matriz objeto del presente proyecto de segregación está definida gráficamente en los siguientes planos:
P03. PARCELA ORIGINAL. PARCELARIO CATASTRAL.
P04. PARCELA MATRIZ. COTAS Y COORDENADAS UTM
A continuación se describen las características de la finca según los datos existentes en la Dirección General del Catastro:
INFORMACIÓN CATASTRAL | REF. CATASTRAL | 3201803VN6330S0001LU |
LOCALIZACIÓN | CL REAL 10 – 0953 TERMINÓN OÑA | |
CLASE | URBANO | |
USO PRINCIPAL | RESIDENCIAL | |
SUPERFICIE GRAFIADA | 624 m² | |
SUPERFICIE CONSTRUIDA | 527 m² – Vivienda planta 0 – 140m² Vivienda planta 1 – 84 m² Vivienda planta 2 – 58 m² Almacén – planta 2- 84 m² Aparcamiento – 105 m² | |
PROPIETARIOS | D. Eduardo Martínez Hoz y Dª. Alicia García Torres |
Los linderos de la parcela son:
- Noreste: 2 fincas rústicas del polígono 1, parcela 128 y 129, con referencia catastral 09245H001001280000DP y 09245H001001290000DL respectivamente.
- Sureste: inmuebles urbanos con el número 6 y 2 de la misma calle con referencia catastral 3201805VN6330S0001FU y 3201806VN6330S0001MU respectivamente y calle de situación.
- Noroeste: Finca urbana con el número 12 de la misma calle con referencia catastral 3201802VN6330S0001PU.
- Suroeste: Calle de situación.
Vértices en coordenadas UTM:
Punto Coordenada X Coordenada Y
1 463146.3600 4729897.1000
2 463141.7539 4729899.7333
3 463135.9000 4729903.0800
4 463135.8800 4729903.1000
5 463126.9300 4729909.1500
6 463127.8500 4729910.3900
7 463126.6900 4729911.2500
8 463141.8400 4729930.9900
9 463161.5900 4729914.2700
10 463159.3100 4729912.0500
11 463153.7000 4729905.2200
12 463149.6900 4729900.3300
13 463147.7500 4729897.1000
- b) FINCAS RESULTANTES:
- DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS RESULTANTES TRAS LA SEGREGACIÓN.
FINCA 1. MATRIZ.- (Parcela 3201803VN6330S0001LU en el Informe de Validación Gráfica)
Localización: Calle Capitán Rueda 8. 09593 Terminón. T.M. Oña (Burgos).
Clase: Urbano
Uso principal: Residencial
Superficie construida: 366 m²
Superficie inmueble: 399,06 m²
Propiedad: E. M. H.
- G. T.
Vértices en coordenadas UTM:
Punto Coordenada X Coordenada Y
1 463126.6900 4729911.2500
2 463141.8400 4729930.9900
3 463154.1182 4729920.5956
4 463138.5139 4729901.5856
5 463135.9000 4729903.0800
6 463135.8800 4729903.1000
7 463126.9300 4729909.1500
8 463127.8500 4729910.3900
Linderos:
- Noreste: 2 fincas rústicas del polígono 1, parcelas 128 y 129, con referencia catastral 09245H001001280000DP y 09245H001001290000DL respectivamente.
- Sureste: parcela segregada.
- Noroeste: Finca urbana con el número 12 de la misma calle con referencia catastral 3201802VN6330S0001PU.
- Suroeste: Calle de situación.
Frente a vial público: 14,04 m al frente y 3,00 m en la esquina.
FINCA 2. SEGREGADA- (Parcela 3201803VN6330S0001LU_1 en el informe de validación gráfica).
Localización: Calle Capitán Rueda 8. 09593 Terminón. T.M. Oña (Burgos).
Clase: Urbano
Uso principal: Residencial
Superficie construida: 105 m2
Superficie Inmueble: 225,44 m2
Propiedad: E. M. H.
- G. T.
Vértices en coordenadas UTM:
Punto Coordenada X Coordenada Y
9 463138.5139 4729901.5856
10 463154.1183 4729920.5956
11 463161.5900 4729914.2700
12 463159.3100 4729912.0500
13 463153.7000 4729905.2200
14 463149.6900 4729900.3300
15 463147.7500 4729897.1000
16 463146.3600 4729897.1000
SEGUNDO: Liquidarle las tasas según la ordenanza municipal.
TERCERO: Notificar el presente acuerdo al interesado/a según lo establecido en la Ley 39/15, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.
* Expediente 278/26 incoado a instancias de D. Sergio Pérez García mediante el que presenta declaración responsable (comunicación junto con memoria ambiental) de una actividad ganadera, corral doméstico (6 gallinas), en Oña, parcela 1.335 del polígono 9. Examinado el mismo, vistos los informes, y según lo establecido en el anexo III del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la de Prevención Ambiental de Castilla y León, se acuerda, por unanimidad de los miembros de derecho:
PRIMERO: Dar por efectuado del trámite de comunicación establecido en la normativa referida respecto a la comunicación efectuada (instalación avícola/corral), recordando al/la solicitante que el trámite realizado estará sujeto al cumplimiento de las siguientes condiciones:
- a) No superar el número de animales referido (6 gallinas).
- b) Ubicar la instalación en el lugar indicado debiendo estar debidamente cercado para impedir su invasión y no ocasionar molestias a las viviendas próximas.
- c) Mantener en adecuadas condiciones higiénico-sanitarias la instalación.
- d) Cumplir los compromisos asumidos en la memoria presentada.
- e) Adoptar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de los límites de los niveles sonoros. Se recuerda que conforme a la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León, artículo 39 “Los propietarios de animales domésticos adoptarán las precauciones necesarias en relación a los mismos para garantizar el cumplimiento de los valores límites de valores sonoros establecidos en esta Ley.”
- f) En el caso de que se vaya a realizar obras se deberá realizar la correspondiente solicitud de licencia o declaración responsable según el tipo de actuación.
- g) Las explotaciones de autoconsumo deberán identificar a un veterinario de referencia al que recurrir
en el caso de aparición de problemas sanitarios concretos.
- h) Se garantizará el bienestar animal de acuerdo con los términos establecidos en la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.
El incumplimiento de dichas condiciones dejará sin efecto el trámite de comunicación realizado, pudiendo dar lugar a la incoación del oportuno expediente de clausura sobre la actividad.
SEGUNDO: Liquidarle las tasas según la ordenanza municipal.
TERCERO: Notificar el presente acuerdo al interesado/a según lo establecido en la Ley 39/15, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.
* Expediente 302/26 incoado por denuncia sobre el estado de un edificio en la localidad de Oña, calle Pan nº 19 cuyos titulares son Dª. María Carolina Tejada Gómez y otros. En el expediente consta el informe técnico se señala que con fecha 8 de abril de 2026 se realiza visita al inmueble no pudiendo acceder al interior. En la inspección ocular desde el exterior se han podido observar las siguientes patologías graves: El alero de la edificación se encuentra con elementos muy dañados, con posibilidad real de desprendimiento a la vía pública….Por tanto debido al estado de deterioro del alero… es necesario notificar a los propietarios del inmueble para que realicen, al menos, las siguientes actuaciones: Proceder al desmontaje de los elementos del alero y cubierta en mal estado. Sustitución de los elementos desmontados. Siendo aconsejable realizar una inspección de toda la cubierta con el fin de comprobar el estado de la misma.
Examinado el mismo, vistos los informes, y por unanimidad de los asistentes, los tres miembros de derecho, se acuerda:
PRIMERO: Incoar expediente, al amparo de lo establecido en los artículos 8 y 106 de la Ley 5/99, de Urbanismo de Castilla y León y artículos 14 y 319 del Reglamento aprobado por Decreto 22/2004, de 29 de enero, destinado a la adopción de las medidas necesarias para la eliminación del peligro existente y recobrar las condiciones de seguridad, salubridad, y ornato público. Todo ello según la orden de ejecución que ha quedado detallada en el informe técnico de fecha referido de 8/4/26.
SEGUNDO: Previa a la resolución definitiva sobre las medidas de ejecución señaladas, otorgar un periodo de audiencia de quince días a los interesados. Dicho acuerdo también será trasladado a la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural al tratarse de un edificio, situado dentro del Plan Especial del Centro Histórico, sujeto a protección ambiental.
TERCERO: Requerir a la propiedad para que, de forma inmediata, se proceda a la adopción de las medidas necesarias sobre dicho muro para evitar daños a terceros (señalización, eliminación de elementos que amenacen con desprenderse, vallado o encintado para evitar el acceso de personas etc.).
3º.- SOLICITUDES DIVERSAS (INSTANCIAS, RECURSOS RECLAMACIONES Y COMUNICACIONES).
De orden de Presidencia, según el Decreto de delegación de competencia de la Alcaldía, de fecha 17 de julio de 2023 y al amparo de lo establecido en el artículo 53.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por R. D. 2568/86 de 28 de noviembre, el Secretario da lectura a las diversas solicitudes, comunicaciones y recursos presentados en este Ayuntamiento. Sobre los mismos se adoptan, en su caso, los acuerdos que se reflejan a continuación:
* Expediente 216/23 referido al Plan de Sostenibilidad turística de Garoña. En el expediente consta, entre otras actuaciones, la instalación de una vía ferrata en el M.U.P. Nº 86 “Portillo Amargo”. Con fecha 4/3/26 se remite la conformidad sobre las actuaciones programadas y el pasado 18/4/26 se recibe el informe del Servicio Territorial de Medio Ambiente respecto al uso social y privativo del citado monte en relación con la vía ferrata. Los/as Concejales asistentes, todos los de derecho, se dan por enterados acordando remitir a SODEBUR para que puedan contemplarse las medidas indicadas.
* Expediente 954/23 incoado para formar parte del proyecto promovido por la Diputación Provincial de Burgos para la mejora de eficiencia del ciclo urbano del agua (PERTE digitalización) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En el expediente consta la documentación elaborada según la auditoría realizada así como las propuestas de mejoras. Los/as Concejales asistentes, todos los de derecho, se dan por enterados.
* Expediente 626/25 incoado a instancias de D. Luis María Morales Bárcena mediante el que presenta reclamación patrimonial motivada por los daños sufridos en un local como consecuencia, según su escrito, de una avería de la red municipal de agua. Con fecha 3/11/25 esta Junta de Gobierno acuerda admitir a trámite dicha reclamación según lo establecido en el artículo 67 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP. y artículo 45 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dando traslado a la compañía de seguros con la que este Ayuntamiento tiene concertada una póliza de responsabilidad civil. Así mismo se acordó nombrar como instructora del procedimiento a la titular de la Alcaldía, Dª. Belén Paramio Vila. Efectuado el periodo probatorio consta en el expediente los informes recabados, la comunicación a compañía de seguros, así como la finalización del periodo de audiencia y la propuesta de la instrucción. Dicha propuesta señala:
“Del expediente instruido se desprende:
PRIMERO: Las reclamación presentada, en cuanto a la solicitud cumple los requisitos para su admisión a trámite según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, incluso la evaluación económica que fue presentada por el interesado (1.119,25 euros).
SEGUNDO: Por el Ayuntamiento se han recabado informes de Secretaría y del encargado de los servicios municipales. También se ha dado traslado a la compañía de seguros. De los mismos se desprende lo siguiente:
- En el informe de Secretaría se señala la tramitación y otros aspectos jurídicos sobre este tipo de reclamaciones.
- Informe del encargado de los servicios municipales (D. José María Gómez Aparicio, fecha 23/1/26) en el que se señala que efectivamente se produjo una fuga en la red de agua pública y ocasionó los daños que menciona el reclamante. La cuantificación de los daños considero que se ha realizado de manera objetiva y correcta.
TERCERO: Por el/la reclamante no se han presentado en el periodo probatorio más pruebas que las referidas con anterioridad.
CUARTO: Se ha efectuado el trámite de audiencia durante el que se ha puesto de manifiesto el expediente a los interesados con los informes y pruebas practicadas. En dicho trámite no se han efectuado alegaciones.
Por lo anterior, al haberse acreditado el daño ocasionado y su relación directa con la fuga de agua de la red de abastecimiento municipal, procederá, a juicio de esta instrucción, estimar la reclamación presentada y proceder al pago de la cantidad reclamada (1.119,25 euros). Todo ello sin perjuicio de comunicar dicha estimación a la compañía de seguros para que proceda a su pago en la cantidad correspondiente, una vez descontada el importe de la franquicia.”
En base a lo anterior, y por unanimidad de los asistentes, los tres miembros de derecho, se acuerda:
PRIMERO: Vista la propuesta redactada por la instrucción, proceder a la estimación de la reclamación presentada al haber quedado acreditado que el daño ocasionado en el local de D. Luis María Morales Bárcena se produjo como consecuencia de una avería en la red de abastecimiento de agua.
SEGUNDO: Comunicar la presente resolución estimatoria a la compañía de seguros con la que este Ayuntamiento tiene concertada la correspondiente póliza de responsabilidad civil.
TERCERO: El Ayuntamiento asumirá el pago del importe de la franquicia para lo que el/la reclamante deberá de comunicar el número de cuenta donde hacer efectiva dicha cantidad.
CUARTO: Conforme a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, notificar el presente acuerdo a los/as interesados.
* Expediente 826/25 incoado a instancias de D. Francisco Javier Martínez González mediante el que presenta reclamación patrimonial motivada por los daños sufridos en un su vivienda como consecuencia, según su escrito, de los desprendimientos de piedras y tierras provenientes de unas fincas municipales situadas en cota superior. Sobre el mismo se acuerda su admisión a trámite el 17/11/25 y se nombra instructora a la titular de la Alcaldía. Realizado el periodo probatorio y abierto el periodo de audiencia, se dicta propuesta por la citada instructora con fecha 9/4/26 en el que se motiva que, debido a los trámites realizado y a la necesidad de recabar el dictamen del Consejo Consultivo de Castilla y León, se propone la ampliación del plazo de resolución por un periodo de tres meses. Examinado el mismo y por unanimidad de los miembros de derecho, se acuerda:
PRIMERO: Dado el estado del expediente, los trámites pendientes, y considerando que ello no perjudicará los derechos de terceros, proceder conforme a lo establecido en el artículo 32 la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP., a la ampliación del procedimiento por un periodo de tres meses.
SEGUNDO: Notificar a los interesados/as significándoles que los acuerdos sobre ampliación de plazos o sobre su denegación no serán susceptibles de recurso, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento.
* Expediente 123/26 incoado para la organización de una nueva edición del evento expositivo “El Jardín Secreto”. Dentro de la programación elaborada se incluyen un festival para la infancia, la ventana cultural, un programa específico para mayores (Regreso), la fusión tortilla rock y “julio musical”. Enterados los asistentes y por unanimidad de los mismos, se acuerda:
PRIMERO: Aprobar la memoria técnica elaborada para llevar a cabo la programación cultural 2026 “El jardín secreto”.
SEGUNDO: Solicitar a la entidad provincial el apoyo económico para la financiación del mismo.
* Expediente 234/26 incoado a instancias de D. Juan Carlos Gómez Sires mediante el que solicita autorización para la colocación de un puesto en el mercadillo semanal que se celebra en la plaza del Mercado de Oña. Examinado el mismo y dado que dicho mercadillo se encuentra pendiente de reordenación, se acuerda por unanimidad de los miembros de derecho comunica al interesado que en este momento no se podrá otorgar nueva autorización.
* Expediente 243/26 incoado a instancias de D. Vicente Hava Pérez y Dª. María Elena Giró Córdoba mediante el que solicitan les sean aplicadas las tasas en el centro deportivo según su condición de jubilados. Enterados los asistentes, todos los de derecho, se acuerda estimar la solicitud y proceder a la devolución del importe correspondiente.
* Expediente 273/26 incoado mediante escrito del Registro de la Propiedad sobre la inscripción de una casas en Calle Encimera 13 de Bentretea. Los/as Concejales asistentes, todos los de derecho, se dan por enterados.
* Expediente 274/26 incoado mediante escrito del Registro de la Propiedad sobre la inscripción diversas fincas de la Diputación Provincial de Burgos dentro de la localidad de Oña. Los/as Concejales asistentes, todos los de derecho, se dan por enterados.
* Expediente 294/26 incoado a instancias de la Asociación FSHD SPAIN cuyas acciones se centran en el apoyo a las personas con distrofia muscular facioescapulohumeral, solicitando la colaboración municipal para la noche del 20 al 21 de junio, día de la enfermedad. Enterados los asistentes y por unanimidad de los miembros de derecho se acuerda, como el pasado año, acceder a lo solicitado cursando las instrucciones para que ese día se ilumine en color naranja la fachada municipal. De dicha actuación se dará difusión a través de las redes sociales municipales.
* Expediente 300/26 incoado de oficio para la organización de la VIII edición del festival de magia “Ilusioñate” que en esta ocasión se celebrará del 24-26 de abril. Enterados los asistentes y por unanimidad de los miembros de derecho, se acuerda la organización del mismo de conformidad con la resolución de la Alcaldía 8/4/26 así como aprobar el proyecto presentado por D. Jesús María García Linaje por importe de 9.460,00 euros (IVA incluido).
* Expediente 304/26 incoado a instancias del Presidente de la Junta Vecinal de Cornudilla mediante el que solicita los servicios de los operarios municipales. Enterados los/as asistentes y todos los de derecho, se acuerda organizar los servicios para facilitar los mismos a las Juntas Vecinales del Municipio.
* Expediente 307/26 incoado para la suscripción de un nuevo convenio para el desarrollo del programa “Conciliamos”. Enterados los/as asistentes y por unanimidad de los miembros de derecho se acuerda otorgar la conformidad del mismo sin prejuicio de su aprobación plenaria.
* Expediente 309/26 incoado mediante escrito del Registro de la Propiedad respecto al traslado registral de una finca a Cornudilla. Los/as Concejales asistentes, todos los de derecho, se dan por enterados.
* Expediente 311/26 incoado a instancias de D. Jorge Oliva Corrales por el que se solicita autorización para el estacionamiento de seis vehículos antiguos en la Plaza del Conde Sancho el día 9 de junio de 2026. Enterados los asistentes, todos los de derecho, se acuerda autorizar dicho estacionamiento.
* Expediente 318/26 incoado por la solicitud de la brigada incluida en el Plan MONTEL 2025 de la Diputación Provincial de Burgos. Los/as Concejales asistentes, todos los de derecho, se dan por enterados de la solicitud efectuada.
* Expediente 320/26 incoado a instancias de la Subdelegación del Gobierno de Burgos por el que se comunica que el jueves 28 de Mayo de 2026 está prevista una sesión formativa en Oña a la que acudirá personal de la administración del estado con el fin de facilitar la obtención de certificados digitales a los vecinos. Los/as Concejales asistentes se dan por enterados procediendo a la adhesión del convenio entre la AGE y la FEMP para la puesta en marcha de un proyecto de acercamiento de la administración a la ciudadanía del mundo rural.
4º.- CONTRATACIONES, ORDENACIONES Y APROBACIONES DE PAGOS.
Conforme a la delegación efectuada por la Alcaldía, según Decreto de 17 de julio de 2023, y referida a los expedientes de contratación, así como a la ordenación de pagos y a la aprobación de facturas que no excedan del 10 % de los recursos ordinarios del presupuesto en vigor, se procede a tratar los/las que se indican recogiendo los acuerdos que también se detallan a continuación.
Con carácter previo y según ya se informó por Secretaría-Intervención en la anterior legislatura, respecto a las exigencias derivadas de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el presente punto se estructura teniendo en cuenta los expedientes de contratación (distinguiendo cuales son de carácter menor), las facturas derivadas de dichos expedientes, y los presupuestos o facturas sin expediente previo. También se informa de los nuevos límites y requisitos de los contratos menores, y la no tipificación como menores de los contratos de servicios que exceden de una anualidad así como los referidos a los suministros habituales. A continuación, se procede al examen de los expedientes de gastos y facturas. Tanto los compromisos de gastos como las facturas, son aprobados por unanimidad de los asistentes.
4.1. EXPEDIENTES DE CONTRATACIÓN:
4.1.1. CARÁCTER MENOR (artículo 118, Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratación del Sector Público)
EXP. | ADJUDICATARIO | OBJETO SEGÚN PRESUPUESTOS | OBSERVACIONES | IMPORTE ADJUDICACIÓN (IVA INCLUIDO) | CODIGO PRESUPUESTARIO | DEPARTAMENTO RESPONSABLE |
253/25 | RALLASA S. L. | Retirada árboles del cauce del río Oca | Máximo dos días | 3.811,50 euros/jornada | 2026.1710.21001.ODS11 | ALCALDÍA |
2/26
| SIMECAL S.L. | Inspección ascensor | Presupuesto O/04115/01 | 127,05 (+ tasas) | 2026.9200.22704.ODS16 | ALCALDÍA |
288/26 |
MOGOSA S. L.
| Desbroces, limpieza caminos | Presupuesto 06/2026 | 2.915,00 | 2026.1710.21001.ODS11 | ALCALDIA |
254/26
| A. Acosta Martínez | Asesoramiento, verificación y apoyo reclamaciones sobre las empresas sujetas al 1,5% | Presupuesto presentado 29/3/26 | 995,00 | 2026.9200.22604.ODS16 | ALCALDÍA |
298/26
| AMAQ alquileres | Reparación elevadora | Presupuesto 2634 | 7.397,00 | 2026.1700.21304.ODS11 | ALCALDÍA |
4.1.2. EXCEDEN DE LOS LÍMITES del artículo 118.
EXP. | ADJUDICATARIO | OBJETO | DURACION | IMPORTE ADJUDICACIÓN (IVA INCLUIDO) | CODIGO PRESUPUESTARIO | DEPARTAMENTO RESPONSABLE |
| Ninguno |
|
|
|
|
|
4.2. FACTURAS DERIVADAS DE EXPEDIENTES DE CONTRATACIÓN.
EXP. |
ADJUDICATARIO | OBJETO | Nº FACTURA | IMPORTE ADJUDICACIÓN (IVA INCLUÍDO) | DEPARTAMENTO RESPONSABLE |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260401030000393 | 191,19€ | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260401030000772 | 137,86€ | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260401030000771 | 127,74€ | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260401030000786 | 37,54€ | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260401030000769 | 63,82€ | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260401030000471 | 19,20€ | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260401030000278 | 249,62€ | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260401030000311 | 327,32€ | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260401030000357 | 84,29€ | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260401030000368 | 184,97€ | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260401030000782 | 29,35€ | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260401030000785 | 18,17€ | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260401030000784 | 39,93€ | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260401030000770 | 6,94€ | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260401030000779 | 4,06€ | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260401030000778 | 6,94€ | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260401030000373 | 165,92€ | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260401030000201 | 441,01€ | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260401030000243 | 45,75€ | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260401030001747 | 171,18€ | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260401030000774 | 56,30€ | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260401030000775 | 18,08€ | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260401030000777 | 14,40€ | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260401030000768 | 431,89€ | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260401030000773 | 45,97€ | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260401030000776 | 34,39€ | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260401030000780 | 27,23€ | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260401030000783 | 10,03€ | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260401030000366 | 159,27€ | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260401030000329 | 364,23€ | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260401030000781 | 36,16 | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260410010208580 | 45,71€ | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260410010208585 | 10,66€ | ALCALDÍA |
733/25 | IBERDROLA | FRA CONSUMO ELÉCTRICO | 21260410010208581 | 78,62€ | ALCALDÍA |
4.3. FACTURAS Y PRESUPUESTOS SIN EXPEDIENTE PREVIO.
4.3.1. PRESUPUESTOS.
PROVEEDOR | OBJETO | Nº PRESUP. | IMPORTE (IVA INCLUIDO) | DEPARTAMENTO RESPONSABLE |
PROMECAL | Publicidad según presupuesto | Registro 839 | Según programas 2026 | ALCALDIA |
4.3.2. FACTURAS.
PROVEEDOR | OBJETO | Nº FACTURA | IMPORTE (IVA INCLUIDO) | DEPARTAMENTO RESPONSABLE |
RENTOKIL INITIAL ESPAÑA S.A. | FRA MANTENIMIENTO PLAGAS | 101222954 | 1046,92€ | ALCALDÍA |
ANGULO OÑA S.L. | FRA COMBUSTIBLE | E26/0000055 | 106,00€ | ALCALDÍA |
ANGULO OÑA S.L. | FRA COMBUSTIBLE | E26/0000051 | 186,80€ | ALCALDÍA |
GASOLEOS OÑA S.L. | FRA GASOIL HOGAR DEL JUBILADO | 00180/2026 | 916,35€ | ALCALDÍA |
GASOLEOS OÑA S.L. | FRA GASOIL COLEGIO | 00179/2026 | 2308,01€ | ALCALDÍA |
PABLO BENITO CARRILLO | FRA PRESTACIÓN DE SERVICIOS TRIMESTRE | 19-26 | 1939,80€ | ALCALDÍA |
HOSTALIA | FRA CUOTA | TSOLAUTO/1823146 | 9,67€ | ALCALDÍA |
ALDAMU | FRA MATERIALES | 260100215 | 33,38€ | ALCALDÍA |
CAMPOMAR SUMINISTROS S.L. | FRA MATERIALES | 2600619 | 191,43€ | ALCALDÍA |
SGAE | FRA DERECHOS DE AUTOR | 1260174392 | 1392,54€ | ALCALDÍA |
OESIA NETWORKS, S.L. | FRA SERVICIOS REALIZADOS | 2610101804 | 2101,72€ | ALCALDÍA |
ELECTRODOMÉSTICOS PEÑA | FRA ELECTRODOÉSTICOS | 20260257 | 885,01€ | ALCALDÍA |
ELENA ROJO DIEZ | FRA SELLOS JUZGADO DE PAZ | FC-01-0001487 | 2,50€ | ALCALDÍA |
ELENA ROJO DIEZ | FRA SELLOS AYUNTAMIENTO | FC-01-0001486 | 2,50€ | ALCALDÍA |
ELENA ROJO DIEZ | FRA SELLOS AYUNTAMIENTO | FC-01-0001495 | 150,00€ | ALCALDÍA |
TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA | FRA CONSUMO TELEFÓNICO | 28-D6U1-017674 | 98,01€ | ALCALDÍA |
TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA | FRA CONSUMO TELEFÓNICO | 28-D6M0-035497 | 98,01€ | ALCALDÍA |
TELEFÓNICA DE ESPAÑA S.A.U. | FRA CONSUMO TELEFÓNICO | TA7JT0140487 | 88,40€ | ALCALDÍA |
TELEFÓNICA DE ESPAÑA S.A.U. | FRA CONSUMO TELEFÓNICO | TA7JT0140484 | 17,40€ | ALCALDÍA |
TELEFÓNICA DE ESPAÑA S.A.U. | FRA CONSUMO TELEFÓNICO | TA7JT0140494 | 51,00€ | ALCALDÍA |
TELEFÓNICA DE ESPAÑA S.A.U. | FRA CONSUMO TELEFÓNICO | TA7JT0140488 | 17,40€ | ALCALDÍA |
TELEFÓNICA DE ESPAÑA S.A.U. | FRA CONSUMO TELEFÓNICO | TA7JT0140486 | 17,40€ | ALCALDÍA |
TELEFÓNICA DE ESPAÑA S.A.U. | FRA CONSUMO TELEFÓNICO | TA7JT0140485 | 17,40€ | ALCALDÍA |
TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA | FRA CONSUMO TELEFÓNICO | 28-D6U1-059130 | 6,29€ | ALCALDÍA |
TELEFÓNICA DE ESPAÑA S.A.U. | FRA CONSUMO TELEFÓNICO | TA7JT0140489 | 595,56€ | ALCALDÍA |
CLUNY IBÉRICA SITIOS CLUNIACENSES | FRA CUOTA ANUAL | E-RC-827 | 600€ | ALCALDÍA |
EVOLK INNOVATION SLU | FRA MANTENIMIENTO | 01-2606192 | 361,84€ | ALCALDÍA |
EVOLK INNOVATION SLU | FRA MANTEMIENTO | 01-2606767 | 284,85€ | ALCALDÍA |
ADIF | FRA ALQUILER | 2601015051 | 1512,50€ | ALCALDÍA |
RODRIGUEZ PERESA HNOS S.C. | RFA PRODUCTOS DIVERSOS | 002200 | 219,33€ | ALCALDÍA |
* Expediente 5/24 tramitado al amparo de la Orden IET/458/2015, de 11 de marzo (modificada por la Orden TED/295/2023, de 23 de marzo), por la que se regulan las asignaciones a los municipios del entorno de las instalaciones nucleares con cargo al Fondo para la Financiación de las Actividades del Plan General de Residuos Radioactivos, la inclusión del proyecto destinado a la reforma del edificio conocido como “Rehabilitación inmueble antiguas escuelas como centro social en Zangandez (Oña-Burgos)”. Con fecha 26/11/25 se procedió por el Pleno a la aprobación del expediente de contratación para la convocatoria del procedimiento destinado a la adjudicación de la obra. El 14/1/26 fue publicado el anuncio en la Plataforma de Contratación del Sector Público y el 4/2/26 se procede a la apertura de ofertas con el siguiente resultando:
LICITANTES ECONÓMICA REDUCCIÓN PLAZO PERIODO GARANTÍA (Aumento)
(IVA incluido)
ECOMADE VIDA S.C. 87.353,88 € 5 días 6 M
JUAN CARLOS BARREDO SLU 80.216,61 € 0 12 M
Declarada la oferta presentada por Juan Carlos Barredo Cnes. SLU como la más ventajosa, se le requirió la documentación establecida en los pliegos de condiciones, habiendo procedido a su presentación así como a la constitución de la garantía definitiva.
Por lo anterior, resultando conveniente la ejecución de la obra en atención a los plazos previstos en las normas reguladoras, además de las necesidades planteadas por la Junta Vecinal, por la Alcaldía, considerando que el importe de la obra no excede del 10 % de los recursos ordinarios, propone proceder a la resolución del expediente.
Enterados los/as asistentes y por unanimidad de los mismos, todos los de derecho, se acuerda:
PRIMERO: Adjudicar el contrato referido al proyecto “Rehabilitación inmueble antiguas escuelas como centro social en Zangandez (Oña-Burgos)” a la empresa Juan Carlos Barredo Cnes. SLU según su oferta por importe, IVA incluido, de 80.216,61 euros.
SEGUNDO: Requerir a la citada empresa para la firma del contrato administrativo.
TERCERO: Notificar el presente acuerdo a los interesados según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP.
* Expediente 98/26 incoado de oficio para la convocatoria del procedimiento de adjudicación del contrato de arrendamiento del Monte Maza y Sierra de Oña, número 84 del catálogo de utilidad pública, para su aprovechamiento ganadero (pastos). Con fecha 26/1/26 esta Junta de Gobierno aprueba los pliegos de condiciones económico-administrativas, así como los de carácter facultativo elaborados por la Junta de Castilla y León. El procedimiento abierto fue publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público el 11/3/26 y la mesa de contratación se reunió el 27/3/26. Declarada como oferta más ventajosa (única presentada) la correspondiente a la SAT Santa Paulina 1851 –NIF0V09039090- (representante D. Roberto Miguel Andrés González) se le requirió para que procediese a la presentación exigida en los pliegos de condiciones. Dicha documentación, así como la garantía definitiva ha sido presentada. Enterados los asistentes, todo los de derecho, y por unanimidad, se acuerda:
PRIMERO: Adjudicar el contrato de arrendamiento a la oferta presentada por SAT Santa Paulina 1851 (representante D. Roberto Miguel Andrés González) por importe de 11.111,00 euros (anuales), por un periodo de cinco años (límite el 31/12/2030).
SEGUNDO: Comunicar a la Junta de Castilla y León dicha adjudicación al tratarse del aprovechamiento sobre un monte incluido en el catálogo de utilidad pública.
TERCERO: Notificar el presente acuerdo al interesado/a según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP. y requerirle para la firma del contrato.
A continuación se da cuenta de las resoluciones dictadas por la Alcaldía sobre aquellos expedientes que, por la urgencia han sido aprobados por dicho órgano previa avocación de la competencia delegada en esta Junta de Gobierno:
* Decreto de 8 de abril por el que se aprueba el presupuesto presentado por D. Francisco de Borja Marín Fernández (Home visual) por importe de 5.299,51 euros para el suministro de un telón destinado al Centro Cultural Nazaret. Los/as Concejales asistentes, todos los de derecho, se dan por enterados.
* Decreto de 10 de abril por el que se aprueba el presupuesto presentado por la empresa Cnes. Ojembarrena S. L., referencia 0102/26, para la reparación del albergue municipal, con un importe total de 7.973,90 euros.
C) PARTICIPACIÓN Y ASISTENCIA |
No procede en la presente sesión. |
Y no habiendo más asuntos de qué tratar, la Presidencia dio por terminado el acto, levantándose la sesión a la hora indicada al inicio, de lo que yo, como Secretario doy fe y reflejo en la presente acta.
Documento firmado digitalmente al margen por el Secretario, D. Emilio Moro Martín, con el Visto Bueno de la Alcaldesa-Presidenta Dª. Belén